¿Qué requisitos considera que deberían primar en los procesos públicos realizados por el Ayuntamiento de Madrid a la hora de elegir a las entidades con las que colabora?
Los requisitos deberían ajustarse al tipo de colaboración que se busca. Pero creo que debería primar la transparencia en las cuentas y en la actividad, la horizontalidad en la toma de decisiones y la adecuación de la actividad a las propuestas del ayuntamiento.
Con toda seguridad aquellas iniciativas (entidades, grupos o colectivos ciudadados) que desean realizar una actividad van asociadas a personas concienciadas con la actividad que corresponda a cada caso y que en su mayoría reúnen capacidades y experiencia en las labores que pretende co-participar. Un elemento clave es generar la suficiente confianza manifestada a través de la responsabilidad, y destrezas para coordinarse y el trabajo colaborativo y en equipo.
Coincidiendo con los criterios establecidos en el actual reglamento de cooperación público-social (por cierto, innovador en su concepto y marco de actuación): Transparecnia y publicidad, concurrencia, responsabilidad, sostenibilidad, autonomía, cooperación, confianza mutua, avance en la accesibilidad universal, equidad, coherencia y coordinación.
Es evidente que el conocimiento del entorno tanto ambiental, como social debe primar sobre otros factores. No solo el garantismo económico que lo que garantiza es que los adjudicatarios serán grandes empresas. Ya hemos visto como empresas de construciión y similares se han lanzado a sectores de intervención social sin experiencia, conocimiento, vocación ni interés
a) Transparencia y publicidad b) Concurrencia c) Responsabilidad: d) Sostenibilidad: e) Autonomía: f) Cooperación: g) Confianza mutua h) Avance en la accesibilidad universal. i) Equidad j) Coherencia k) Coordinación