Teniendo en cuenta la obligación legal del empleo de la declaración responsable para llevar a cabo la comprobación urbanística municipal,
¿qué sistemas opcionales consideraría incluir para incrementar la seguridad jurídica de la persona que la presenta?
La mayor seguridad jurídica que se puede aportar al proceso es solicitar siempre PROYECTO redactado por Técnico Competente. Dejar en manos de una persona física la cumplimentación de una simple DR para solicitar Licencia, es una temeridad y conlleva un gran riesgo. Igualmente existe una buena opción consistente en solicitar Informe de Viabilidad Técnica a las Entidades Colaboradoras de Licencias Urbanísticas.
El sistema de declaraciones responsables ha sido esencial para avanzar en la agilización de permisos de actividad de las actividades. Sin embargo, la lentitud en la comprobación de las mismas por parte del Ayuntamiento es un problema. Recibir declaraciones de ineficacia a los cuatro años de haberse presentado la declaración es injustificable. Una formula para paliar esta situación es la de consolidar la validez jurídica de los certificados de conformidad de las ECU. Pensamos que la solución pasa por dar mayor protagonismo a las Ecu, por ejemplo para que asuman la comprobación material de las obras realizadas, y ayudar al Ayuntamiento consiguiendo agilizar los plazos. Por último, es importante mantener el sistema de cambios de titularidad, ya que aportar mucha seguridad jurídica empresarial para la puesta en marcha de nuevos proyectos en locales, no funcionaríamos sin esta posibilidad, aunque hay que conseguir que su resolución no sea un problema para la obtención de las terrazas
Las Declaraciones Responsables son un procedimiento de tramitación rápido que ha servido para dar mayor agilidad a un proceso anteriormente tedioso y largo. No obstante, la mayoría de los titulares desconocen qué implica esta figura y cuál es la normativa que están declarando cumplir. Una forma de dotarlas de mayor seguridad jurídica, tanto para la Administración como para los ciudadanos, sería exigir que la documentación vaya suscrita por un técnico habilitado por un Colegio Profesional.
Ante la evidente escasez de medios humanos, se puede modificar la obligación de comprobar las DR: si la documentación viene firmada por Técnico Competente o revisada por una ECU, se pueden hacer las comprobaciones por muestreo, en el resto de los casos, en el menor tiempo posible, no se puede recibir un requerimiento 2,,5 años después de la visita. El responsable de la DR es el propio solicitante y la comprobación debe acotarse a aspectos básicos y esenciales, incluso orientando al interesado en las deficiencias a corregir.La mayor garantía es cuando la documentación está elaborada por Técnico Competente, si además tiene el respaldo de una ECU, es doble garantía, ambos tienen seguros de RC y no es de recibo que a posteriori el técnico municipal revoque el trabajo profesional con estimaciones personales (comunicándolas verbalmente).Se les debería exigir competencia profesional, como libre ejerciente o asalariados y cualquier revocación debe ser justificada y supervisada por superior.
La intervención de las entidades colaboradoras mediante una consulta previa o el informe de adecuación a la normativa emitido por dichas entidades proporciona suficiente seguridad jurídica. Del mismo modo la exigencia de proyecto garantiza que la actuación se ajuste a la normativa vigente.,
1º Que el solicitante elija si quiere tramitar su expediente por Declaración Responsable (Mayor celeridad) o por Licencia (Mayor seguridad jurídica) 2º Que los expedientes de Declaración Responsable incorporen un proyecto firmado por técnico competente. El ciudadano no tiene por que saber si su local cumple los recorridos de evacuación o dispone de las adecuadas instalaciones accesibles.
Para que una declaración responsable tenga mayor seguridad jurídica debería estar redactada por un técnico competente, o bien, disponer de un informe de verificación previa firmada por la Entidad Colaboradora Urbanística, o en su caso, por el Ayuntamiento. Este informe evitaría que se realizaran actuaciones en el local contrarios a la normativa vigente, generando como resultado un informe desfavorable en la visita de comprobación material, con el perjuicio que conlleva al declarar su declaración responsable ineficaz y sin poder abrir en el plazo de un año.
Consolidar la validez jurídica de los certificados de conformidad de las ECU, exigir proyectos técnicos firmados por técnicos colegiados y cualificados, y tasar los plazos máximos que operan los silencios positivos.