¿Cómo valora o considera la posibilidad de que los actuales servicios para personas mayores y personas con discapacidad se puedan ampliar a otros colectivos o situaciones no contempladas en la Ordenanza vigente?
Ante situaciones sobrevenidas por enfermedad, accidente...., se valora la posibilidad de que sean atendidas personas no incluidas en el colectivo de mayores ni de discapacitados pero que precisan atención y no dispongan de apoyo de red familiar o social. En situaciones temporales a corto y medio plazo hasta la recuperación.
Es necesario que se pueda atender a aquellas personas que en situaciones de dependencia menores de 65 años y que no han obtenido la calificación de discapacidad (trámite que en ocasiones puede tardar hasta 1 año) y que precisan de apoyos, la actual ordenanza no recoge situaciones excepcionales.
Toda situación sobrevenida (que cumpla unos requisitos mínimos: falta de red, economía mínima de subsistencia...) debería ser atendida por los servicios sin importar su edad o su grado de dependencia.