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¿Qué opinión tiene sobre si en el momento de conceder el servicio o determinar su frecuencia se tengan en consideración criterios sociales además de los puramente físicos o psíquicos?

No puede participar porque ha finalizado la consulta.
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Laura Moreno · 12 de diciembre 2017

Por supuesto que se deberían tener en cuenta factores sociales es que esto marca la diferencia entre poder tener una vida digna o no.

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Servicios sociales Chamberí · 12 de diciembre 2017

Se considera oportuno tener en cuenta criterios sociales, pero entra en contradicción con la Ley autonómica que no contempla este tipo de factores para su valoración.

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Lola Navarro Rejón · 10 de diciembre 2017

Teniendo en cuenta los baremos establecidos en la actual ordenanza, los aspectos sociofamiliares quedan en un segundo plano, lo que origina que personas con edades muy avanzadas, que viven solas, sin apoyos familiares, que no presentan una limitación física o psíquica severa se encuentren desprotegidas, puesto que aplicando el baremo existente no reciben el apoyo domiciliario que l@s trabajador@s sociales valoramos técnicamente como idóneos. Asimismo quisiera señalar que la obligatoriedad de aplicar los servicios reconocidos en PIA, ocasionan en ciertos perfiles de población una situación de desamparo y desprotección, siendo necesario que la nueva ordenanza contemple aquellas situaciones valoradas técnicamente que hacen inviable la aplicación de PIA, si el/la trabajador/a social ha detectado que dicha aplicación puede ocasionar riesgo para la persona atendida.

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