En tu opinión, ¿Qué requisitos debe cumplir el presidente o presidenta de este órgano de representación ciudadana?
No creo que deba existir la figura del "presidente" en un órgano sorteado. Es un contrasentido. Tendría que conocer que competencias se le atribuyen para valorar la necesidad misma de dicha figura, que requisitos (si es que tiene que haberlos) debe cumplir y de que forma se le debe seleccionar.
No lo puedo saber si no sé qué competencias tiene. Pero me puedo imaginar que entre tales funciones estará la de portavoz, de interlocutor que informará el gobierno de los consensos alcanzados en el órgano y de la actividad general del mismo. Para tales funciones de portavoz, pondría a una persona elegida por sorteo de entre el propio órgano (con remuneración más alta y posibilidad de negarse pero seguir participando en el órgano). Requisitos: ninguno. Pero si pondría un periodo corto de su ejercicio, 6 meses. Es decir, que este puesto sea "rotatorio".
Tal vez una figura presidencial no sea la más apropiada para este tipo de órgano, en el que la horizontalidad debería primar. Aunque, como ya he venido diciendo, no veo la necesidad de este órgano o de la forma en la que se plantea, existiendo asociaciones de interés público municipal, consejos sectoriales y foros locales.
Una persona que sepa que esta función es temporal, que entienda que la democracia está en crisis y se necesitan nuevas formas de participación no excluyentes y de carácter eminentemente social, lejos de las minorías políticas que cambian continuamente sus intereses
Estoy de acuerdo con que una figura de Presidentx sería contradictorio en un órgano que pretende ser horizontal. Si es verdad que tal vez sea necesaria la figura de coordinadorx: ¿Por qué no se rota una vez que se haya zanjado un asunto? La/El presidentx no es nadie, somos todxs.