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La regulación actual no establece un horario mínimo de apertura de los mercados. ¿Cómo valora la posibilidad de que se establezcan franjas horarias de obligada apertura?

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cvd · 23 de octubre 2018

La desregulación se realizó en virtud de un análisis de crisis y no ha servido para impulsar el carácter de mercados de abastos de los municipales, sino alterarlo y fomentar un proceso especulativo con el espacio público. La nueva regulación debería retornar a un horario mínimo -actualizado- e impulsar el establecimiento en ellos de comercios básicos de cercanía en el marco de una política de cuidados y alimentación saludable y medioambientalmente sostenible, precisamente en la línea contraria de lo que está ocurriendo

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kiitos · 23 de octubre 2018

Ante la proliferación de bares camuflados de barras de degustación, es esencial que se garantice el servicio de mercado de abastos durante una franja horaria suficientemente amplia para dicho servicio: de 10 a 14 y de 17 a 20:30. De lo contrario, pervertida su función original por la hostelería y además asediados por las grandes superficies que se instalan en sus cercanías, los mercados de abastos dejarán de ser lo que conocemos. Franjas de apertura obligada sí, pero si no se hacen pensando en beneficiar al comercio tradicional de mercado, de nada servirán.

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Maria Cuadrado · 9 de octubre 2018

En mi opinión, para favorecer la vida en la ciudad, no deberían abrirse más allá de las 21:00h. Se evitarían ruidos innecesarios y se mejoraría el tiempo de descanso de los trabajadores, o el tiempo que libremente quieran utilizar en otras actividades.

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L. A. R. · 23 de octubre 2018

Un horario mínimo de apertura del mercado sí, pero también de los puestos. No vale que el mercado esté abierto pero la mayoría de puestos cerrados como sucede en muchos. Eso debería incluir que estén bien abastecidos y atendidos. Se da el caso de puestos que abren la persiana por cumplir pero no hay nada a la venta y dejan nota de preguntar en el de al lado. La vigilancia en el cumplimiento de ese horario debería ser una función del Ayuntamiento, ya que si se deja en manos de la asociación de comerciantes es como echar a unos contra otros. A cualquier comerciante le sabe mal poner una sanción a un compañero.

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Eduardo Lavapiés · 23 de octubre 2018

Debería haber horarios mínimos y máximos. Es una vergüenza que los bares ilegales sólo abran a los horarios que les interesan, dando impresión de que los Mercados están medio vacíos.

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pagarba · 23 de octubre 2018

Los mercados municipales obedecen a un servicio público que escasamente atienden: abastecer a la población de recursos básicos. Como tal tiene sentido la regulación, vinculando el abastecimiento al horario, es decir, que los mercados estén abiertos en horario comercial y que estén abastecidos de recursos básicos accesibles a toda la población.

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MarianoLópez · 23 de octubre 2018

La pregunta me parece problemática, la regulación de horarios por sí misma tiene poco efecto (y potencialmente negativo) si no va acompañada de otras medidas. Regulación de horarios, de usos, de criterios de acceso, etc... son medidas que deben ser planteadas en conjunto. En todo caso, de acuerdo con el establecimiento de horarios mínimos y máximos en tanto éstos (como la Ordenanza en su totalidad) no fomenten la especulación, el encarecimiento del nivel del vida o dificulten en cualquier medida el acceso de la población a recursos y servicios básicos.

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CEIM · 23 de octubre 2018

La Federación Madrileña de Detallistas de la Carne (FEDECARNE), Asociación, miembro de CEIM, propone: • Mantenimiento de la regulación general actual contenida en la Ordenanza de Mercados. • Dar flexibilidad para que los concesionarios tengan una regulación específica en cada Reglamento de Régimen Interior. En este sentido cabría diferenciar el “horario del mercado” del “horario obligatorio del mercado” pudiendo el primero, según las circunstancias ser más amplio que el segundo. • Promover desde el Ayuntamiento estudios de mercado en cada mercado municipal para ver: la tipología de consumidores potenciales, formatos comerciales que tienen mejor cabida en los mismos, días y horarios de mayor afluencia de público, zona de Madrid en la que se encuentra ubicado el Mercado etc…

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ADEPESCA · 23 de octubre 2018

Por tanto, consideramos que establecer una franja horaria de obligada apertura iría contra el libre comercio y la libertad de horarios, creando un malestar entre los comerciantes innecesario pues son los primeros interesados en vender y en tener más tiempo abierto la tienda, siempre y cuando puedan rentabilizar esa franja horaria. Hemos de tener en cuenta que, en nuestro caso, dado que realizan el abastecimiento en Mercamadrid de madrugada, su horario de trabajo es muy largo y muchas veces han de contar con el Lunes para poder dar el descanso necesario y obligatorio a sus plantillas. Si se les obliga a tener un horario se les esta restringiendo su libertad en la toma de decisiones, se está impidiendo que se realice una gestión adecuada de su negocio conforme a su actividad y corremos el riesgo de que las pescaderías puedan elegir tiendas en calle para poder contar con la facilidad de gestionarse como convenga a su forma de trabajar.

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CEIM · 23 de octubre 2018

La Federación Madrileña de Detallistas de la Carne (FEDECARNE), Asociación, miembro de CEIM, propone: • Mantenimiento de la regulación general actual contenida en la Ordenanza de Mercados. • Dar flexibilidad para que los concesionarios tengan una regulación específica en cada Reglamento de Régimen Interior. En este sentido cabría diferenciar el “horario del mercado” del “horario obligatorio del mercado” pudiendo el primero, según las circunstancias ser más amplio que el segundo. • Promover desde el Ayuntamiento estudios de mercado en cada mercado municipal para ver: la tipología de consumidores potenciales, formatos comerciales que tienen mejor cabida en los mismos, días y horarios de mayor afluencia de público, zona de Madrid en la que se encuentra ubicado el Mercado etc…

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