Consulta pública previa sobre la modificación de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid
El Ayuntamiento de Madrid plantea la necesidad de modificar la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid, al verse afectada por la regulación prevista en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Cómo participar
- Si estás empadronado/a en la ciudad de Madrid, y eres mayor de 16 años, puedes participar respondiendo al cuestionario de la consulta ciudadana que se encuentra más abajo en esta página, en el espacio de debate.
- Para empezar a responder al cuestionario tienes que identificarte o registrarte en Decide Madrid.
- Para cualquier problema técnico, puedes escribirnos a incidenciasdm@madrid.es
El objeto principal de la modificación lo constituye la adaptación del texto municipal a la regulación de la normativa autonómica.
Entre las novedades incluidas en Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, cabe destacar las siguientes:
- En materia de publicidad activa, partiendo de los mínimos establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la Ley “hace una relación pormenorizada de los distintos extremos que deben darse a conocer a todas las personas sin necesidad de una solicitud previa y sin perjuicio de que los mismos se amplíen en función de las demandas ciudadanas o de su relevancia y utilidad para las personas, la sociedad y la actividad económica”. En base a ello, la Ley de la Comunidad de Madrid, partiendo de los mínimos señalados en la legislación básica estatal, introduce una regulación mucho más detallada de la información que debe ser objeto de publicidad activa en materia de información institucional, organizativa, de altos cargos, personal directivo y eventual, empleo y retribuciones, en materia económica y presupuestaria y en materia jurídica. Especialmente relevante es la introducción de nuevos contenidos que deben ser objeto de publicidad en materia de servicios a los ciudadanos y procedimientos, en materia de concesión de servicios y de obras públicas. Se incrementan también los contenidos que deben ser objeto de publicidad activa en materia de contratación y patrimonio. Se pretende por tanto con la modificación incorporar las nuevas obligaciones en materia de publicidad activa, sin reducir los contenidos ya asumidos por la Ordenanza.
- En la regulación del derecho de acceso a la información pública, tal como se expone en el preámbulo, “se reduce el plazo para resolver, con carácter general 20 días desde su recepción, y, en los supuestos de inadmisión de solicitudes, se adoptarán y notificarán lo antes posible, y en todo caso, en el plazo máximo de 5 días hábiles desde su recepción por el órgano competente para resolver. Ello exige adaptar la regulación del procedimiento de acceso a la información pública recogido en la Ordenanza a los nuevos plazos establecidos en la legislación autonómica.
- De la misma forma, se pretende incorporar en la Ordenanza la regulación del Registro de Solicitudes de Acceso y Reclamaciones que se crea por la Ley de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
- En cuanto al Registro de Lobbies se pretende adecuar su contenido a la regulación que se recoge en la Ley de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid para el Registro de Transparencia.
- Finalmente, se pretende revisar el régimen sancionador establecido en la Ordenanza para adaptarlo en la medida necesaria al régimen de Infracciones y sanciones que en materia de transparencia establece la Ley de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Publicado el 10/01/2022
ORDENANZA DE TRANSPARENCIA DE LA CIUDAD DE MADRID (modificación) en el Portal de Transparencia-Huella normativa: https://transparencia.madrid.es/portales/transparencia/es/Informacion-juridica/Huella-normativa/Ordenanza-de-Transparencia-de-la-Ciudad-de-Madrid-modificacion-/?vgnextfmt=default&vgnextoid=d3897c13ea4fe610VgnVCM2000001f4a900aRCRD&vgnextchannel=4099508929a56510VgnVCM1000008a4a900aRCRD