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Los órganos y unidades del Ayuntamiento de Madrid y Organismos Autónomos que ejerzan funciones inspectoras en sus respectivos ámbitos competenciales publicarán, como mínimo, con periodicidad trimestral, información relativa a las inspecciones realizadas con referencia a la materia objeto de inspección, la actividad realizada y la ubicación del local, instalación o inmueble afectado.
En particular se publicará la siguiente información:
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