Decide Madrid: portal de participación ciudadana del Ayuntamiento de Madrid

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actualizada el 08 oct 2020
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d) Principio de neutralidad tecnológica: Los sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ordenanza garantizarán la independencia en la elección de las alternativas tecnológicas. A estos efectos, se utilizarán estándares abiertos, así como, en su caso y de forma complementaria, estándares que sean de uso generalizado. Las herramientas y dispositivos que deban utilizarse para la comunicación por medios electrónicos, así como sus características técnicas, serán no discriminatorios, estarán disponibles de forma general, serán compatibles con los productos informáticos de uso general y no restringirán el acceso de las personas a los servicios electrónicos.

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vikenbauer  •  Autor · 22 de octubre 2020

Debe indicarse explícitamente que, en cada caso, deberá proporcionarse al menos una alternativa tecnológica de acceso gratuito para la ciudadanía. Un ejemplo: aunque el formato de documento X sea el más usado, como para acceder a X hay que disponer de la herramienta Y que es de acceso bajo pago, se debe proporcionar además otro formato cuyo acceso sea gratuito.

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Ester Zanón Fernández · 22 de octubre 2020

Debería explicitarse que estos documentos tienen que poder ser consultados por la ciudadanía en cualquier lugar público dependiente del ayuntamiento que esté habilitado para ello, como bibliotecas, centros escolares o centros culturales. Es decir, que el mínimo de accesibilidad sea ése, además de ser consultable mediante herramientas open source.

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