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c) Relación de subvenciones concedidas con periodicidad al menos trimestral cualquiera que sea el procedimiento de concesión y la forma de instrumentación de la subvención. Dicha publicación contendrá como mínimo:
- Identificación de la línea de subvención.
- Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, convocatoria de las mismas con indicación del procedimiento, objetivos y efectos que se pretendan conseguir, indicadores previstos para la evaluación de los resultados y pago y resolución motivada que aprueba su concesión.
- Relación subvenciones otorgadas en el ejercicio presupuestario en régimen de concesión directa, diferenciando las subvenciones nominativas y las otorgadas por concurrir razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. Se publicará el convenio o resolución de concesión de la subvención justificando los motivos de su concesión, finalidad de la subvención, proyecto o actividad subvencionada e indicadores que, en su caso, permitirán evaluar sus resultados y realizar el pago.
- Cantidad concedida, y en su caso, distribución en anualidades de la misma. Indicación de la financiación total o parcial de la actividad o proyecto y programa y crédito presupuestario al que se imputan. En su caso, financiación con cargo a fondos de la Unión Europea y porcentaje de la misma.
- Identificación del beneficiario/a: Nombre o razón social, número de identificación fiscal. La publicación de la información pública descrita no se realizará cuando la publicación de los datos del beneficiario en razón del objeto de la subvención pueda ser contraria al respeto y salvaguarda del honor, la intimidad personal y familiar de las personas físicas de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
- Plazo de ejecución de la subvención, pagos anticipados o a cuenta previstos y sistema de pago.
- En su caso, compromisos de ejecución asumidos por miembros asociados del beneficiario en el caso de personas jurídicas y agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad, en los términos del artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Importe justificado de la subvención y en su caso, resoluciones de reintegro y sanciones impuestas al beneficiario.
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