Consulta pública previa sobre un nuevo Reglamento de adjudicación de viviendas públicas de la EMVS
Actualmente el Ayuntamiento de Madrid modificó su política de vivienda estableciendo que la única forma de acceso a las viviendas propiedad de la EMVS fuera en régimen de alquiler, modificando por ello parcialmente el Reglamento por el que se accede al citado parque público, aunque manteniendo un sistema de baremación para la selección de los adjudicatarios consistente en la suma de puntuación en función de diversas circunstancias que pueden concurrir en una familia (ingresos, composición familiar, antigüedad en el empadronamiento, personas con movilidad reducida, …), siendo seleccionadas aquellas familias con mayores puntuaciones y de sorteo para la asignación de las viviendas de jóvenes.
Intentando mejorar el sistema de selección y de asignación de viviendas para conseguir la máxima adecuación entre adjudicatarios y viviendas, se va a modificar el actual Reglamento manteniendo como única forma de acceso a las viviendas el alquiler pero modificando el método de selección mediante el establecimiento de cupos atendiendo a múltiples circunstancias familiares (ingresos, composición familiar y otras aspectos significativos) incorporando los principales derechos y obligaciones de empresa e inquilinos así como las normas de convivencia vecinal básicas de obligado cumplimiento para una mayor garantía de nuestros inquilinos.
Resumen de la regulación actual que va a ser objeto de modificación
El actual texto establece el nivel máximo de ingresos a 3,5 veces el IPREM y los solicitantes no podrán ser propietarios de otra vivienda, la edad para acceder al Programa Municipal de Arrendamiento Juvenil es de 35 años y establece unos ingresos de entre 0,5 y 1,5 veces el IPREM ponderado permitiendo solicitar casa a quienes ya fueran arrendatarios de vivienda protegida.
Igualmente contempla la posibilidad de un cambio de vivienda cuando exista una modificación en la unidad familiar, vivienda inadecuada o cuando circunstancias personales o sociales así lo justifiquen. Por su parte, la penalización por renunciar o desistir en dos ocasiones de la vivienda es de 5 a 2 años dejando abierta la posibilidad de valorar otros motivos además del desempleo.
El sistema de adjudicación es por sorteo para los jóvenes y mediante un sistema de baremo combinado para arrendamiento general. Además contempla un nuevo sistema de selección de adjudicatarios, de asignación directa para el programa de Situaciones Prioritarias de Atención. Regula un único baremo para puntuar las circunstancias personales, familiares y económicas, así como para las específicas del nuevo programa.
Situaciones Prioritarias de Atención
Este programa atiende situaciones de atención prioritaria con el fin de llegar a los grupos más desfavorecidos o que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad, permite acceder a una vivienda protegida a todos aquellos madrileños con ingresos inferiores a 0,75 veces el IPREM.
Se valoran y puntúan circunstancias como la pérdida o privación de vivienda en procesos de desahucio, desalojo o lanzamiento, problemas graves de salud, situación de violencia de género, personas mayores de 65 años con problemas de movilidad permanente, pérdida física o ruina de la vivienda, así como cualquier otra situación o eventualidad sobrevenida de vulnerabilidad extraordinaria y excepcional.
El programa tiene además una puntuación adicional que es asignada por los servicios Sociales de la EMVS a través de un Informe social fundamentado y que es determinante para la asignación directa.
Relaciones Contractuales
El tiempo de contrato es de tres años iniciales prorrogables por dos, siempre que se mantengan las condiciones que dieron lugar a la adjudicación. A partir del quinto año las prórrogas pasarán a ser anuales.
En cuanto a las rentas, son fijadas de acuerdo con el esfuerzo económico familiar, y no superan el 30% de los ingresos o el 20% para las rentas más bajas. Una reducción de la renta muy significativa que viene a reforzar las políticas de equidad del Ayuntamiento de Madrid.
Resumen de las Condiciones Generales actuales de cada programa
- Arrendamiento juvenil:
- La edad para poder solicitar vivienda en este programa, es de 35 años.
- Ingresos entre 0,5 y 1,5 IPREM ponderado.
- Arraigo en el Municipio de Madrid: 2 años residencia / 3 años trabajo.
- Arrendamiento General:
- Ingresos entre 0,75 y 3,5 veces IPREM (se reduce el máximo de ingresos permitidos situados, hasta este momento en 5,5 veces IPREM).
- Arraigo en el Municipio de Madrid: 2 años residencia / 3 años trabajo.
- Situaciones Prioritarias de Atención (Programa de nueva creación):
- Ingresos no superiores a 3,5 veces IPREM.
- Arraigo en el Municipio de Madrid: 2 años de residencia.
- Acreditar encontrarse en una de las situaciones prioritarias de atención:
- Ingresos familiares inferiores a 0,75 IPREM.
- Pérdida de la vivienda actual por sentencia judicial firma en procesos de desahucio (impago de rentas o ejecución hipotecaria)
- Condiciones inadecuadas de la vivienda actual que ocasione problemas de salud.
- Residir en vivienda inadecuada en razón a su superficie útil o sus condiciones de habitabilidad.
- Abandono de la vivienda actual motivado por violencia de genero.
- Perdida o abandono de la vivienda actual por deficiencias graves del edificio.
- Mayores de 65 años afectados por problemas de movilidad permanente residiendo en vivienda de su propiedad que no reúne (la vivienda o el edificio donde se ubica) las mínimas condiciones de accesibilidad.
- Situaciones de vulnerabilidad extraordinaria y excepcional.
Consulta pública previa sobre un nuevo Reglamento de adjudicación de viviendas públicas de la EMVS
Consulta pública previa sobre un nuevo Reglamento de adjudicación de viviendas públicas de la EMVS
Publicado el 28/12/2021
REGLAMENTO DE ADJUDICACIÓN DE VIVIENDAS DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO en el Portal de Transparencia-Huella normativa: https://transparencia.madrid.es/portales/transparencia/es/Informacion-juridica/Huella-normativa/Reglamento-de-adjudicacion-de-viviendas-de-la-Empresa-Municipal-de-la-Vivienda-y-Suelo?vgnextfmt=default&vgnextoid=b752beedef73e510VgnVCM2000001f4a900aRCRD&vgnextchannel=4099508929a56510VgnVCM1000008a4a900aRCRD