Las personas que conducen perros y otros animales tienen la obligación de impedir que depositen sus deyecciones (excrementos) en los espacios públicos. ¿Qué opinas sobre la duplicidad normativa actual, y la inseguridad jurídica que supone que para una misma infracción haya sanciones diferentes? ¿Preferirías que la infracción y su sanción estuvieran recogidas únicamente en la Ordenanza de Limpieza de Espacios Públicos y Gestión de Residuos?
Quizás seria lo mas adecuado pero yo cambiaría la sanción económica por trabajos comunitarios de limpieza. Y también incidiría en penalizara la gente que tira basura, rompe botellas, hace sus necesidades en los parques o escupe en la calle. Añadiría aparte de los trabajos comunitarios clases de civismo de obligada asistencia y que pagarían ellos mismos.
Evidentemente unificar la infracción y sanción me parece de lo más sensato, pero creo que también se debería aplicar ya que hasta el día de hoy desconozco que nadie haya sido multado por ello y como dicen en comentarios anteriores hay cacas y pises por todas partes. Estoy a favor de que se pague una multa y se hagan trabajos comunitarios y además se persiga de igual forma a la gente que ensucia los parques y las calles.
Por seguridad jurídica debe contemplarse una sola sanción y recogerse en un solo texto normativo evitando la duplicidad normativa. Parece lógico que la recogida de excrementos caninos se recoja en una ordenanza de limpieza y gestión de residuos, ya que se trata de una materia de su competencia.