EL Ayuntamiento de Madrid IMPIDE la Instalación de Fibra Óptica a sus Ciudadanos
Código de la propuesta: MAD-2016-05-11428
Defender nuestros derechos como ciudadanos del Municipio de Madrid en Telecomunicaciones, no permitiendo que el Ayuntamiento de Madrid cobre a los vecinos LICENCIA URBANÍSTICA para Fibra/Telefonía
Mi Comunidad de Propietarios ubicada en el barrio de Aluche/Campamento formada por 8 vecinos y cuyo edificio se construyó hace 50 años cuenta con cableado de Telefonía y ADSL desde hace varias décadas, transcurriendo el cableado por la fachada del edificio al igual que la mayoría de los edificios del barrio debido a su antiguedad. Hace unos meses Movistar y Jazztel instalaron la Fibra Óptica en el barrio poniendo el cableado de la fibra junto al cableado existente de telefonía y ADSL.
Nuestra Comunidad de Propietarios ha recibido del Distrito de Latina, de la SECCIÓN DE DISCIPLINA URBANÍSTICA Y PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Resolución definitiva en vía administrativa requiriendo a la C.P. para que solicite la OPORTUNA LICENCIA URBANÍSTICA que ampare las obras consistentes en CABLEADO DE FIBRA ÓPTICA / TELEFONÍA QUE DISCURRE POR EL EXTERIOR PARA DAR SERVICIO A LAS VIVIENDAS DE ESTE EDIFICIO de conformidad con lo dispuesto en el artículo 195.1 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid, AMENAZANDO con la imposición de hasta tres MULTAS COERCITIVAS por importes de 1.000, 2.000 y 3.000 euros respectivamente reiteradas hasta cumplir lo ordenado.
Hemos hecho diversas consultas a distintos organismos oficiales y todos ellos coinciden en que una COMUNIDAD DE PROPIETARIOS NO TIENE LA OBLIGACIÓN LEGAL DE PEDIR LICIENCIA PARA EL CABLEADO DE FIBRA ÓPTICA / TELEFONÍA, entre ellos el propio Servicio de Información de la Vivienda del Ayuntamiento de Madrid que nos informa que "será el operador el que tendrá que tener todos los permisos municipales, no siendo necesario que la Comunidad de Propietarios pida autorización o permiso al Ayuntamiento de Madrid". Otro organismo nos ha informado que "es la Operadora la que tienen que tramitar los permisos, pero de las diferentes propiedades por las que vaya a pasar el nuevo cable y, si en la misma ya existe línea de telefonía, no tiene ni que solicitar permiso, pues se considera que está trabajando en su trazado"
Nos hemos personado en varias ocasiones en el Distrito de Latina y continúan en la misma postura a pesar de nuestros argumentos y de la información que hemos recopilado de otros organismos oficiales.
Ayer pasé por el CENTRO DE MADRID, por la PLAZA MAYOR y por la PLAZA DE ISABEL II, zonas muy CENTRICAS Y TURÍSTICAS y en la FACHADA de los EDIFICIOS se pueden observar el CABLEADO DE TELEFONÍA/FIBRA ÓPTICA. ¿Han pagado los vecinos la Preceptiva Liciencia Urbanística? ¿Ha visto el Ayuntamiento de Madrid la Gallina de Huevos de Oro Imponiendo la Exigencia de Licencia Urbanística a los Edificios con cierta antiguedad en los que el cableado de Telefonía, ADSL y Fibra Óptica no va soterrado?

Increíble pero siguen en su postura de OBLIGAR A LOS VECINOS DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS A OBTENER Y PAGAR LA "PRECEPTIVA LICENCIA URBANÍSTICA por el CABLEADO FIBRA ÓPTICA/TELEFONÍA". Esta es la contestación del Excelentísimo Ayuntamiento de Madrid: Le significamos que solicitado informe al respecto a la Sección de Disciplina Urbanística y Procedimiento Sancionador, comunica lo siguiente : El tendido de cables de telefonía (o de energía eléctrica) realizados sobre la fachada de los edificios, de integrarse en la red de edificación como parte de la dotación de servicios de comunicaciones del edificio, se tipificaría, en atención a lo dispuesto en el art. 1.4.8 de las Normas Urbanísticas del PGOU de Madrid dentro de las obras en los edificios, como obras exteriores (apartado 3.e) del referido art. 1.4.8). Siendo responsables: 1. Los técnicos facultativos 2. Los promotores o constructores de las instalaciones. 3. Se considerará también promotor al PROPIETARIO del suelo.
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Creado el 26/05/2016 12:59
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