Soltar a nuestros los perros según la normativa en el parque Cuarto Depósito
Código de la propuesta: MAD-2016-06-12228
Aplicar las normas de la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales del Ayuntamiento de Madrid para poder soltar a nuestros perros en el horario establecido
Soltar a nuestros los perros según la normativa en el parque Cuarto Depósito del Canal Isabel II en Plaza de Castilla.
Según la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales del Ayuntamiento de Madrid, existe un horario para poder soltar a nuestros perros en los parques y jardines:
Artículo 11: Normas de convivencia
1. Los perros podrán permanecer sueltos en las zonas acotadas por el Ayuntamiento para este fin. En los parques y jardines, sin perjuicio del horario de cierre de cada uno de ellos, podrán estar sueltos entre las 19 y 10 horas en el horario oficial de invierno, y entre las 20 y 10 horas en el horario oficial de verano, quedando exceptuadas las zonas de recreo infantil, de mayores y otras áreas en las que figure expresamente la prohibición de su acceso. En el horario restante los perros deberán ir provistos de correa.
Según las normas del parque siempre hay que ir con el perro atado, estaría muy bien que habilitasen una zona para ellos, o que a partir de un horario los podamos soltar para que jueguen y se diviertan.

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Creado el 30/06/2016 06:18
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