Los centros deportivos de titularidad pública de gestión indirecta deben de respetar las condiciones reguladas para las personas con discapacidad en posesión del carné municipal de deporte especial, pues actualmente las empresas concesionarias aplican sus propios criterios sin una directiva específica al respecto.
Para las personas beneficiarias del carné municipal de deporte especial, que el Ayuntamiento de Madrid debería asegure o, en su caso, imponga por normativa que se respeten las condiciones de uso reguladas para las personas con discapacidad de las instalaciones deportivas de titularidad pública, ya sean de gestión directa o indirecta. En especial, se está produciendo un gran desequilibrio para los discapacitados que vivimos en el distrito Centro. A nadie se le escapa que no es casualidad que en este distrito y sus alrededores no haya ningún centro de gestión directa, pues responde al atractivo económico de la zona para las empresas concesionarias. Aceptando esta situación, lo mínimo que se debería de exigir es que se respeten los derechos y los acuerdos alcanzados en materia de discapacidad. También es una obviedad que, si para cualquier persona que resida en el distrito, la distancia con el centro deportivo de gestión directa más cercano es excesiva, para las personas con discapacidad física esta distancia es inasumible por la propia condición de discapacidad, por lo que la solución no puede ser acudir a un centro de otro distrito para evitar actuar en este sentido o seguir mirando para otro lado.
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