Identificación ADN cacas de perro
Código de la propuesta: MAD-2024-02-35803
Tener un banco de ADN para registrar perros igual que se hace con el chip, de tal manera que cualquier caca de perro de la calle pudiera ser analizada e identificar a su propietario por el ADN. Esta técnica existe y ya se utiliza en muchas ciudades. Hay veces que dejan restos en entradas de negocios, en parques infantiles, etc... y cuando llevamos a niños por las calles los padres vamos con mil ojos para que no se lleven el "regalito". Si con educación no es suficiente habrá que tomar medidas como esta para que las multas sean reales.
Tener un banco de ADN para registrar perros igual que se hace con el chip, de tal manera que cualquier caca de perro de la calle pudiera ser analizada e identificar a su propietario por el ADN. Esta técnica existe y ya se utiliza en muchas ciudades. Hay veces que dejan restos en entradas de negocios, en parques infantiles, etc... y cuando llevamos a niños por las calles los padres vamos con mil ojos para que no se lleven el "regalito". Por no decir que a nivel estético Madrid da una imagen pésima, de poco vale tener edificios bonitos, restaurantes, parques y demás si de lo que en realidad hay que ir pendiente es del suelo para ir esquivando restos.

Debido a que esta propuesta ha sido una de las 10 propuestas más votadas en el mes de febrero de 2024, desde la DG de Participación Ciudadana se han realizado las consultas oportunas a los órganos municipales competentes, y se ha procedido a publicar un Seguimiento sobre esta propuesta, con la información de interés recabada.
Publicado el 11/04/2024
Se comunica que, examinada la materia a la que hace referencia la propuesta, se remite al Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, por ser el órgano que tiene atribuida la competencia sobre la que versa su contenido, órgano que da traslado de la siguiente información:
La Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid, recoge en su artículo 6 las obligaciones de los poseedores de animales de compañía, no encontrándose recogida entre ellas registrar los datos genéticos de éstos por lo que, al carecer de cobertura legal para ello, este Ayuntamiento, no puede exigir dicha obligación.
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Creado el 19/02/2024 11:29
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