Revisión del valor catastral de las viviendas
Código de la propuesta: MAD-2015-10-3643
En el año 2012 se produjo un incremento en el valor catastral de forma que se gravaba porcentualmente más a las viviendas modestas. Este es el origen de la subida del IBI en Madrid.
En el año 2012 realicé un estudio comparativo de la subida del IBI en las dos viviendas de que soy propietario. Una más modesta que tengo en alquiler y otra digamos más residencial donde vivo.
Descubri con asombro que mientras que en mi domicilio actual el incremento del IBI se debía a un aumento del 44,8% en el valor catastral, curiosamente en la vivienda modesta este aumento era del 78,2%.
Es ahí donde creo que reside la injusticia de lo que los madrileños pagamos anualmente en concepto de IBI y es por eso que mi propuesta va en el sentido de revisar los valores catastrales de las viviendas de forma más justa en base a los que había en el año 2011, teniendo en cuenta también los dos componentes del valor catastral: suelo y construcción que deben ser analizados según las zonas de Madrid y el tipo de construcción de los edificios.
Para determinar el valor catastral de un inmueble se consideran esencialmente los siguientes componentes: La localización del inmueble, las circunstancias urbanísticas que afecten al suelo y su aptitud para la producción.El coste de ejecución material de las construcciones, los beneficios de la contrata, honorarios profesionales y tributos que gravan la construcción, el uso, la calidad y la antigüedad edificatoria, así como el carácter histórico-artístico u otras condiciones de las edificaciones.Los gastos de producción y beneficios de la actividad empresarial de promoción, o los factores que correspondan en los supuestos de inexistencia de la citada promoción.Las circunstancias y valores del mercado valor del suelo, valor de la construcción y gastos de producción y beneficios de la actividad empresarial de promoción. Con carácter general, el valor catastral de los inmuebles no podrá superar el valor de mercado.
No sólo eso, tampoco se corresponde el valor catastral con el grado de deterioro de la casa por antigüedad ni con el grado de deterioro del barrio donde se ubica. Ni tampoco refleja el valor de los pisos de protección oficial sin propiedad del suelo, pues en estos casos no debería aplicarse el valor del suelo a la hora de calcular los impuestos de IBI, herencia, compraventa, etc. En cualquier caso, fue un subidón la revisión catastral de Gallardón, que ni siquiera en ese momento de burbuja inmobiliaria se correspondía con el valor real de las casas. Y este dato afecta no sólo al IBI sino también a los impuestos por herencia, compraventa, donación, etc.
Para determinar el valor catastral de un inmueble se consideran esencialmente los siguientes componentes: La localización del inmueble, las circunstancias urbanísticas que afecten al suelo y su aptitud para la producción.El coste de ejecución material de las construcciones, los beneficios de la contrata, honorarios profesionales y tributos que gravan la construcción, el uso, la calidad y la antigüedad edificatoria, así como el carácter histórico-artístico u otras condiciones de las edificaciones.Los gastos de producción y beneficios de la actividad empresarial de promoción, o los factores que correspondan en los supuestos de inexistencia de la citada promoción.Las circunstancias y valores del mercado valor del suelo, valor de la construcción y gastos de producción y beneficios de la actividad empresarial de promoción. Con carácter general, el valor catastral de los inmuebles no podrá superar el valor de mercado.
Apoyar la unificación de mi propuesta y otras parecidas
2016-07-14
El Usuario ManjiChiba está unificando mi propuesta y otras similares en otra única. De esta forma se conseguirán más apoyos que en las distintas propuestas por separado. La nueva propuesta es la siguiente: https://decide.madrid.es/proposals/12510-revision-del-valor-catastral-de-las-viviendas Gracias por las molestiasRevisión del valor catastral de las viviendas
2018-05-20
En el año 2012 realicé un estudio comparativo de la subida del IBI en las dos viviendas de que soy propietario. Una más modesta que tengo en alquiler y otra digamos más residencial donde vivo. Descubri con asombro que mientras que en mi domicilio actual el incremento del IBI se debía a un aumento del 44,8% en el valor catastral, curiosamente en la vivienda modesta este aumento era del 78,2%. Es ahí donde creo que reside la injusticia de lo que los madrileños pagamos anualmente en concepto de IBI y es por eso que mi propuesta va en el sentido de revisar los valores catastrales de las viviendas de forma más justa en base a los que había en el año 2011, teniendo en cuenta también los dos componentes del valor catastral: suelo y construcción que deben ser analizados según las zonas de Madrid y el tipo de construcción de los edificios.Contenido relacionado (0)
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Creado el 29/10/2015 10:48
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