La inspección de Trabajo y la Tesorería de Seguridad Social están abriendo actas de liquidación en reclamación de cuotas del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos reclamando la cuota mínima .
La reclamación se produce aún cuando no se obtienen ingresos mensuales ni anuales superiores al Salario Mínimo Interprofesional. Recordemos que la cuota mínima del régimen de autónomos para el año 2015 es de 264'43 euros mensuales , sin aplicación de bonificaciones.
Esta cuota se reclama con efecto retroactivo de cuatro años atrás a personas que acreditan ingresos mensuales de 300 euros aproximadamente y que no alcanzan en cómputo anual el SMI anual de 9.080'40 euros para este año.
ala · 11 de julio 2016
Jajaja autónomo de baja me ingresan por 25 dias de baja 341 euros y me dice la Tesorería gral ssocial que si no sigo pagando la cuota 268'00 euros, no tengo derecho a que me paguen nada!!!! Ni para pan y agua! Jajaja ya río por no tirarme por la ventana... Y sigo esperando a que me toque mi cita para que me digan qué tengo pues no puedo andar y estoy igual que el primer día .Jajaja DE LOCOS
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