Inhabilitar la imposición automática de multas por denuncias de trabajadores SER
Código de la propuesta: MAD-2015-11-4619
Actualmente el Ayto-Madrid impone multas automáticas por denuncias de trabajadores del SER sin ningún tipo de prueba ni verificación por parte de Agente dela Autoridad quela respalde (práctica ilegal)
Actualmente el Ayuntamiento de Madrid impone multas automáticas ante denuncias de trabajadores del SER (Servicio de Estacionamiento Regulado de Madrid) sin ningún tipo de prueba ni verificación por parte de Agente de la Autoridad que respalde la veracidad o falsedad de las mismas. Sirva a modo de ejemplo el caso real de una parada inferior a 2 minutos en doble fila para dejar una carta en el buzón de la Oficina de Correos, sin obstaculizar el tráfico ni suponer riesgo alguno para la circulación (acción que es de facto legal de acuerdo a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial): la mera denuncia por parte de un trabajador del SER que indique que el tiempo ha sido superior a 2 minutos se traduce automáticamente en una multa de 200€ por parte del Ayuntamiento de Madrid (un tercio del salario mínimo interprofesional mensual). Ello constituye una práctica ilegal puesto que (véase la anteriormente mencionada Ley):
- Los trabajadores del SER no son Agentes de la Autoridad.
- Los trabajadores del SER no notifican en el acto al denunciado, sino que registran la denuncia en sus tablets sin hacer al denunciado conocedor de la misma (que no es consciente de la misma hasta la llegada de la multa).
- Los trabajadores del SER denuncian sin aportar ningún tipo de elemento probatorio fehaciente en que se fundamente el hecho denunciado.
A pesar de que los trabajadores del SER no son Agentes de la Autoridad y, por tanto, su testimonio en sí mismo no tiene valor probatorio sin la aportación de pruebas fehacientes o verificación por parte de un Agente de la Autoridad, la práctica ordinaria del Ayuntamiento de Madrid es:
1. imponer la multa de forma automática,
2. dar mayor validez al testimonio del trabajador del SER sin aportación de prueba alguna que al del ciudadano común (lo que de hecho no es legal; más aún cuando el trabajador del SER tiene un incentivo económico salarial a maximizar el número de denuncias),
3. obviar cualquier reclamación del ciudadano sin pruebas fehacientes (lo cual es complejo pues se tienen que aportar pruebas de no haber hecho algo, en la mayoría de ocasiones imposibles de conseguir; además, si se decide reclamar se pierde la posibilidad de adherirse al 50% de bonificación por pronto pago),
4. y dejar únicamente abierta la vía contencioso-administrativa, con los correspondientes y altísimos costes que ella conlleva desde la aprobación de la última reforma del sistema judicial, muy superiores en términos generales a 200€ y, por tanto, una patente barrera a la posible defensa del ciudadano, que en la mayoría de las ocasiones no puede asumir el coste económico de reclamar a pesar de existir jurisprudencia que avalaría su reclamación.
Por consiguiente, lo que se propone es la modificación de la actual operativa del Ayuntamiento de Madrid a este respecto (imposición automática de multas por denuncias infundadas de trabajadores del SER de Madrid) para ajustarla a la regulación vigente - Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial - y eliminar la actual situación de indefensión y abuso por parte del Ayuntamiento en este particular.

Tiene usted toda la razón del mundo. Mi caso es que tras 5 años de juicios he perdido y sido condenado a pagar las costas en un proceso en el cual yo denunciaba el falso testimonio de un agente del SER, ya que la denuncia era fisicamente imposible que fuera como redactaba citado agente. Aún así me toco interponer varios recursos, empezando por el Ayuntamiento, hasta que lo dí por perdido siendo más del triple del valor original de la denuncia, de 100 a 360 euros, porque el juez consideró que un agente del SER tiene la misma validez de testimonio que un ciudadano particular, lo que tiene su lógica ya que no es un agente oficial, pero que tenga que ser yo el que demuestre su falso testimonio cuando él no aportaba ninguna prueba de mi infracción no me parece justo. La presunción de inocencia brilla por su ausencia en este país, el denunciado es el que debe demostrar su inocencia sobre cualquier acusación aunque el demandante aporte o nó pruebas de culapbilidad.
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Creado el 04/11/2015 20:25
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