Reciclaje residuos Orgánicos
Código de la propuesta: MAD-2015-11-5559
Al igual que en las calles tenemos contenedores para los envases, para el vidrio, entiendo que sería una buena idea instalar contenedores para recoger residuos orgánicos,
El Reciclaje orgánico o de materia orgánica, es aquel en el que la materia a reciclar, proviende de desechos naturales como son los alimentos, hojas, seres vivos o excrementos. Estos restos tienen un proceso natural de descomposición, por lo que rápidamente desaparecen para formar parte de nuevo del ciclo de la vida. Es lo que se conoce como basura orgánica.
No obstante, existen dos métodos para acelerar el proceso de reciclar materia orgánica, y que pueden ser reaprovechables en forma de combustible como la biomasa o la gasificación de plásticos. Estos sistemas son el compostaje y el vermicompostaje. En este último se utilizan lombrices, las cuales devoran la basura en grandes cantidades.


Los contenedores no son exclusivos para material orgánico, ni los amarillos para todo tipo de plástico... Debería existir un contenedor exclusivo para material orgánico, y otro gris para residuos no orgánicos (plásticos no envases, vidrios no envases, pequeños objetos usados o rotos,...), de modo que estas fracciones no se mezclen ni se ensucien, y se puedan separar y reciclar mucho más fácilmente... Saludos


Según la normativa del Ayuntamiento, los naranjas son para el Resto de residuos (que no sea papel/cartón, vidrio o plástico). Se puede entender que es para residuos orgánicos ya que otros residuos más específicos hay que depositarlos en los puntos limpios.

No es así el cubo naranja es de basura generica que no pude ser destinada a los contenedores de papel, vidrio o plástico, EJ un dvd o unos zapatos, telas sintéticas, toallas de papel desechables, toallas húmedas etc., por basura Orgánica se entiende, restos de fruta, restos de comida restos de verduras etc, http://definicionde.hugex.net/wp-content/uploads/2015/07/descarga2.jpg

En la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y Gestión de Residuos (http://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Normativa/ANM-2009-6-Ordenanza-de-Limpieza-de-los-Espacios-Publicos-y-Gestion-de-Residuos?vgnextfmt=default&vgnextoid=4bde9faac2330210VgnVCM2000000c205a0aRCRD&vgnextchannel=11cf79ed268fe410VgnVCM1000000b205a0aRCRD), en su artículo 32.2, se establece una división de residuos (envases ligeros: amarillo, papel cartón: azul, vidrio: verde y resto de residuos: gris). Igualmente, indica que hay residuos especiales que deben ser depositados en los puntos limpios.
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Creado por

Creado el 15/11/2015 14:43
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