Viviendas de Protección Oficial solo en Régimen de Alquiler
Código de la propuesta: MAD-2015-11-5856
Régimen de alquiler periódico para asegurarnos en todo momento que la persona o personas beneficiarias de dichas viviendas cumplan los requisitos que permitieron su acceso a la misma
Considero que toda vivienda de protección oficial total o parcial debería adjudicarse solamente en régimen de alquiler. No considero justo que una persona o personas puedan acceder a una vivienda subvencionada en régimen de propiedad. Dicha unidad familiar debería poder mantener el derecho a dicha vivienda protegida siempre y cuando tras revisiones periódicas siguiese cumpliendo los requisitos económicos de acceso a la vivienda subvencionada.
Con esta medida nos aseguraríamos que en todo momento se benefician de este tipo de viviendas las personas que de verdad lo necesitan.
economía,derechos sociales,equidad
Monteleón · 22 de marzo 2017
Estoy totalmente de acuerdo. Los derechos sociales no se deben adjudicar en función de la edad u otra condición que no sea las rentas para la subsitencia de una persona o una familia.
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