DECLARAR VECINOS NO HUMANOS A PERROS Y GATOS DEL MUNICIPIO
Código de la propuesta: MAD-2016-02-8314
Convertir a los perros y gatos que conviven con nosotros en “vecinos no humanos”, bajo la tutela y protección del ayuntamiento.
declaración presentada en un concierto en Renedo de Esgueva el 30 de mayo de 2014, de la que copiamos los 13 artículos que la componen:
Artículo 1
Todos los vecinos (humanos y no humanos) nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.
Artículo 2
a) Todo vecino, humano y no humano, tiene derecho al respeto.
b) Los vecinos humanos, como especie animal, no pueden violar este derecho atribuyéndose el de explotar y/o exterminar a los vecinos no humanos y tienen la obligación de poner sus conocimientos al servicio de dichos vecinos no humanos.
c) Todos los vecinos no humanos tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección por parte de los vecinos humanos que sean sus Tutores. En el caso de no disponer de ninguno pasarán a la tutela municipal.
Artículo 3
a) Ningún vecino no humano será sometido a malos tratos ni a actos crueles o degradantes.
b) Si es necesaria la muerte de un vecino no humano por razones veterinarias o de salud pública, esta debe de ser instantánea, indolora y no generadora de angustia, siendo siempre esta decisión debidamente razonada y justificada y efectuada por un veterinario.
Artículo 4
a) Todo vecino no humano que no disponga de tutela por parte de un vecino humano tiene derecho a vivir con dignidad bajo la tutela de la autoridad municipal, que dispondrá de las medidas oportunas para la vida feliz de dicho vecino no humano.
b) Toda privación de libertad de un vecino no humano, no razonada ni justificada adecuadamente por la autoridad municipal, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.
Artículo 5
a) Todo vecino no humano perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.
b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a dicho derecho.
Artículo 6
a) Todo vecino no humano que el hombre haya escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
b) El abandono de un vecino no humano es un acto cruel y degradante.
Artículo 7
Todo vecino no humano dedicado al trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del mismo, a un trato digno, a una alimentación reparadora y al reposo necesario.
Artículo 8
a) La experimentación con un vecino no humano que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos de vecindad no humana, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como de cualquier otra forma de experimentación, por lo cual quedan totalmente prohibidos en el término municipal de...............
b) Se potenciarán técnicas alternativas a la experimentación con animales, que ha de ser erradicada.
Artículo 9
a) Ningún vecino no humano debe ser explotado para placer o esparcimiento del hombre.
b) Los espectáculos que se sirvan de vecinos no humanos son incompatibles con la dignidad del animal, por lo cual quedad prohibidos en el término municipal de...............
Artículo 10
Todo acto consciente que implique la mutilación o muerte de un vecino no humano sin necesidad plenamente justificable y justificada es un biocidio y un atentado contra la vida.
Artículo 11
a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de vecinos no humanos es un atentado tanto contra la biodiversidad y la vida de los animales no humanos como contra la dignidad del ser humano como tal.
b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al biocidio y a la degradación del propio ser humano.
Artículo 12
a) Todo vecino no humano muerto debe ser tratado con respeto.
b) Las escenas de violencia que tienen por víctimas a vecinos no humanos deben ser prohibidas en espectáculos públicos, salvo aquellas grabaciones que tengan como finalidad dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.
Artículo 13
a) Los organismos de protección y salvaguarda de vecinos no humanos deben ser representados a nivel municipal.
b) Los derechos de los vecinos no humanos han de ser defendidos por el Ayuntamiento, como lo son los derechos de los vecinos en general.
http://www.eldiario.es/caballodenietzsche/Vecinos-humanos-idea-plasmada-realidad_6_472862720.html
 
            ESTA ES LA UNICA PROPUESTA RELACIONADA CON LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES QUE TIENE UNA MINIMA POSIBILIDAD DE QUE CONSIGA LOS APOYOS SUFICIENTES PERO TENEMOS QUE APOYARLA TODOS https://decide.madrid.es/proposals/105-eliminar-los-festejos-taurinos-y-las-subvenciones
 
            Hola! Podéis apoyar esta nueva propuesta donde se solicita un BUS especial donde puedan viajar ANIMALES y que su ruta se Intercambiador de Aluche con el Centro de protección Animal CPA " La Fortuna " ? así facilitamos el acercamiento de los ciudadanos al centro MÁS ADOPCIONES y echamos un cable a los voluntarios que acuden a cuidar altos animales, muchos no tienen coche. Os pasó el enlace: https://decide.madrid.es/proposals/8726 También podéis echar un ojo a esta otra " Difusión de animales abandonados en espacios público " https://decide.madrid.es/debates/2175 Gracias!!
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Creado el 23/02/2016 14:39
 
           
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