Poder prestar una plaza de aparcamiento permanentemente en una APR
Mi padre, tiene una plaza de aparcamiento en propiedad en el Barrio de Las Letras, dentro del APR (Área de Prioridad Residencial) pero no tiene vivienda, así que no puedo empadronarme y con el cambio de normativa municipal, me quedo sin acceso permanente al APR de las letras y por consiguiente a dicha propiedad a partir del 1 de Agosto del año en curso, con mi vehículo porque el Ayuntamiento de Madrid no contempla que mi padre pueda prestar la plaza de aparcamiento a un familiar o amigo, incluso que haga uso para sí mismo de un vehículo que no sea el suyo porque no lo quiera utilizar o no tuviera. Actualmente yo necesito esa plaza de aparcamiento porque voy a trabajar muy cerca y además mi padre muchas veces usa mi vehículo, por lo que es irónico y choca completamente con la libertad de uso y acceso a la propiedad, que te pidan ser titular del vehículo y de la plaza de aparcamiento al mismo tiempo, puesto que hay gente que tiene varias plazas de garaje y las presta a varios usuarios, como pueda ser un amigo, al conserje de una finca de la zona, a un trabajador que tenga en su vivienda, etc. y no busca un fin lucrativo como pueda ser el alquiler, por lo que me parece un acto meramente lucrativo por parte de la administración, que me tenga que hacer un contrato de alquiler mi padre a mí, con el consiguiente pago a hacienda que ello supone, para poder hacer uso de una propiedad que está al corriente del pago de impuestos como el IBI o la Tasa de Basuras. Pido que se transmita este mensaje que se contemple, poder prestar tanto temporalmente como ceder una plaza de aparcamiento permanentemente o anualmente por ejemplo, como estaba hasta el año pasado dentro de las APR, hay muchas personas que estamos en este caso o similares.
Me parece un abuso esta nueva normativa y anticonstitucional. ¿Y los que tienen el garaje a nombre de varias personas? solo lo puede usar una persona cuando lo han comprado en el 2002 (bastante antes de la normativa) para su uso indistinto. ¿Y los que tienen el garaje a nombre de una sociedad? la única solución que les dan es que lo pongan a nombre de persona física. A una señora con el garaje a nombre de ella no le dejan meter el coche a nombre del marido si no es alquilándoselo. A todo esto las respuestas pueden variar dependiendo de quien coja el teléfono o quien te toque en la oficina de información con la pérdida de tiempo que supone cada vez que quieres hacer un trámite. ¿Y por qué el ayuntamiento tiene que limitar a 10 visitas por casa y mes? Para los mayores no es fácil ni operativo. Muchos no conocen este límite. Como se nota que las normas no van para quien las hace. Es de locos. Si esto es pensar en el ciudadano... y como está de moda castigar a los habitantes de centro...
Efectivamente, además de eso contemplar que pueda usar una persona más la plaza de aparcamiento de manera indefinida, sin tener grado de consanguinidad, como pueda ser tu pareja, un amigo o simplemente el coche de la empresa que quizás lo uses a modo particular.
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Creado el 07/09/2015 13:04
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