En los edificios antiguos ahora quieren poner ascensores.
La nueva Ley de propiedad horizontal obliga a todos los vecinos a pagar los ascensores, es una Ley injusta, protege a las personas con discapacidad, pero no a las personas que cobran una pensión de 350 euros o menos ¿en este Pais nos hemos vuelto locos o que?
Yo creo que esto es crítico. Gran parte de las viviendas sociales que adjudicó el Ivima en Madrid no disponen de ascensor. Cualquier persona enferma ó mayores viven "encerrados" literalmente en sus casas- Ivima prometíó ayudas e instalaciones que nunca llegaron. Dénse un paseo por barrios como Ventilla. Lamentable
Esto es una guerra de pobres contra pobres. La reforma que han hecho obligando a todos a pagar si la mayoría simple lo decide va a ser un nido de conflictos. Hay gente que no puede pagar y en algunos casos si se tira la escalera y se para la obra por falta de pago, va a haber peleas vecinales. Ningún juez va a echar a un vecino de su casa si no puede pagar y les dirá a los otros que paguen la parte del que no puede, con lo cual habrá doble engaño. Mientras los constructores se frotan las manos
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Me parece que estás equivocado. La ley lamentablemente no obliga a pagar el ascensor entre todos los vecinos. Solo obliga a que, si hay un vecino con discapacidad concedida, ningún otro vecino pueda negarle el derecho a instalar un ascensor en la finca, pero tendrá que costearlo el mismo. Como las ayudas de la comunidad tampoco llegan, al final se está obligando a nuestros mayores a dejar sus viviendas y barrios de toda la vida, o lo que es peor, a no poder salir de casa
los que estáis equivocados sois vosotros, el juzgado de lo social yo he hablado con varios abogados y si obliga a pagarlo, y la nueva ley de propiedad horizontal también, y los administradores de las comunidades también, lo que es una vergüenza es que lo tenga que pagar personas ya jubiladas con unas pensiones de miserables, poneros al día antes de ablar
Esto es lo que dice la nueva ley de propiedad horizontal sobre este tema Tienen caracter obligatorio las actuaciones como la instalación de rampas, ascensores y otros dispositivos que favorezcan la orientación con el exterior, siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. El resto del coste será asumido por los solicitantes Según entiendo por tanto, la cuota de la comunidad como mucho solo podría duplicarse. En el caso de mis padres, en una finca humilde, pagan 50 euros al mes. Se subió de 30 a 50 para costear un jardín mínimo y la limpieza del edificio, para lo que no hubo problemas, pero cuando es para pagar ascensor todo son problemas Claro que hay casos sangrantes, pero tanto a favor como en contra de la ley
13 Edición setiembre 2013, Articulo 17-2, Cuando se adoptes válidamente acuerdos para la realización de obras de accesibilidad, la comunidad quedara obligada al pago de los gastos, aun cuando su importe exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. la vieja ley si dice que si excede de doce mensualidades, no tienes que pagar, paro la nueva ley dice la contrario, que sí tienen que pagar aun que exceda. Es injusta.
Estas personas jubiladas hay muchas con discapacidades, que bajan malamente a la calle, y también les obligan a pagar los ascensores, que no lo pueden pagar por que no les llaga la pensión. Decírselo al administrador de AGISA.S.A, Este Sñor. obliga a todos los vecino a pagar los ascensores, en San Blas, Simancas
Parte 2.- (continua)...es decir indemnizar a tres propietarios por eliminación de sus aparcamientos (20.000 €/plaza). También la obra implicaba quedarnos sin la cancha de futbito, al estar el ascensor en medio, y por último ya montar la estructura del ascensor con su maquinaria. Total de la broma más de 200.000 € y como superaba nuestro presupuesto anual de 27.000 €, era necesario someterlo a votación por la Junta de Propietarios (JP). SI la JP vota a favor, la totalidad de vecinos están obligados a contribuir al coste del ascensor. Si la JP vota en contra, el ascensor se podrá instalar, pero el coste lo asumirá el vecino que lo ha pedido exclusivamente. Es verdad que existen subvenciones de la CAM, pero primero tienes que instalar el ascensor y con la factura pedir la subvención, esperar un año a ver si te lo conceden. En mi caso, de pura suerte, descubrimos que el susodicho vecino antes de pedir el ascensor ya se había comprado un piso accesible. El ascensor NO se instaló.
Parte 1.- Querido Juan, estas mal informado. He sido Presidente de la Comunidad de Propietarios, además soy arquitecto y me ha tocado lidiar con este problema en mi comunidad. En mi caso un vecino con problemas de movilidad (tenía una pierna ortopédica y subía perfectamente las escaleras) pidió a la Comunidad permiso para la instalación de un ascensor ya que el coste de este superaba el presupuesto anual de la comunidad (si no lo supera, la comunidad está obligada a pagarlo, si lo supera, es la Junta de Propietarios quien decide). En mi caso el ascensor no se podía instalar en la vía pública y por tanto se tenía que instalar en el patio interior. Colocarlo en el interior suponía una carga puntual de 1 Tn/m2 lo que obligaba a reforzar la estructura del aparcamiento subterráneo que tenemos debajo. Esto implicaba colocar una viga de arriostre en el sótano pero no había altura suficiente (>2.20m) por lo que se tenía que meter pilares en plazas existentes, (Continua)...
HOLA, PUES PARA ESO LO PONGO PARA QUE AYUDEN A LA GENTE QUE TIENE UNA PENSIÓN DE MISERIA,¿ Y TÚ SABES QUE HAY GENTE QUE NO LO PUEDE PAGAR?, Y ENCIMA VOSOTROS ESTÁIS VOTANDO EN CONTRA, votar a favor para que den ayudas, votar a favor y no en contra.
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Creado el 20/09/2015 16:10
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