I.V.A. SOBRE IMPUESTO ELÉCTRICO
Las compañías de suministro se adjudicaron un "derecho de amortización" de sus propios gastos con una operación directa que aparece en cada factura de cada consumidor/a.
Es excesivo afrontar el cobro de una multiplicación como se puede observar en el desglose de la factura, cuando se cobra por un lado el término de sobre otros conceptos, como el o la , mientras que al cierre de la misma se cobra el de todo lo anterior. Es por tanto, el resultado de multiplicar un impuesto de otro, una forma de inflar el coste del producto a los usuarios, cosa que habría que ver en que términos de legalidad se hace efectivo.
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Creado por
IsmaelGC
Creado el 27/10/2015 15:03
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