Guardia y Custodia compartida
Este sistema de repartición del tiempo con los hijos en caso de separación, aconsejado por Sentencias del Tribunal Supremo como mas beneficioso para los menores, esta costando su implantación, en algunas Comunidades Autonomas más que en otras. Considero bastante importe que una institución de tanto peso en la Comunidad de Madrid como es el ayuntamiento se posicione en este sentido. Un saludo
El interés del menor es a lo que debe ser supeditado todas las decisiones y, desde este punto de vista, si un o una menor ha estado a cargo durante la mayoría del tiempo con uno de sus progenitores, éste debe ser quien esté después de un divorcio esté a cargo del/a menor durante más tiempo, sea mujer u hombre, da igual, importa con quien ha pasado más tiempo lxs menores: quien pasa con ellxs las tardes, a quien acuden ellxs cuando se sienten con miedo o con dudas, quien se ocupa de sus comidas, de sus rutinas, quien les lleva al pediatra, quien tiene relación con sus tutores... si esto es al 50 % compartido entre padre y madre, perfecto la custodia compartida, sino es así, habrá que ver qué es lo mejor para el menor para no trastocar a éste/ésta. Ya está. Y obviamente los gastos deben estar relacionados con los ingresos y con el bienestar de lxs niñxs: comida, luz, agua, gas, vivienda son todxs básicos para los menores.
Esta es una Ley que no entendemos muchos de los Padres separados o divorciados. Creo que se debería revisar. Yo como divorciado (ahora) en su tiempo separado, no entendía porque tenía que ver a mis Hijos cada 15 días, cuando mi ex pareja se fué con otra persona y encima, como dice el refrán (encima de cornudo, apaleado), tuve que soportar una sentencia en la que me tuve que ir de mi casa, como he dicho ver a mis Hijos cada 15 días y encima buscarme la vida, buscando un techo donde alojarme y pasar una pensión de 600 euros, cuando tengo una nómina de 926 euros. ¿ Como lo haría esto un Juez para poder vivir?.
chechu: Carlitos está hablando de la CUSTODIA COMPARTIDA que es evidente, por lo que dices en tu correo, que no es tu caso.. en una custodia compartida no hay pensión, hay gastos compartidos y tú ves a tus hijos exactamente el mismo tiempo que tu cónyuge.. y es el regimen "recomendado" por la nueva ley (vamos que llegas tarde)... otra cosa si tu pareja se fue de casa (da igual si es con otra persona o no eso es irrelevante) avandonando a sus hijos.. buscate otro abogado porque no entiendo los terminos de tu separación...
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Creado el 19/11/2015 11:49
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