Limitar los sueldos de los asesores a dedo igual que los de los políticos
La limitación salarial de los asesores a dedo (como el hermano de Alberto Garzón) debe ser al menos la misma que la de los políticos electos. Lo contrario es incurrir en la apelación a la confianza típica de los corruptos
Los salarios de los asesores personales o amiguetes vamos a ser claros debieran estar tasados, vale tu te rodeas de tus coleguitas pero por el precio justo. Vamos eso lo gana en consultoría alguien que habla 2 idiomas con experiencia internacional. Y luego no hay dinero para poner una rampa en muchos centros ;D
En la junta municipal de Puente de Vallecas encontramos un caso sangrante de asesor a dedo. El señor asesor Juan José García Espartero percibe un sueldo de 51.000€ anuales como asesor cultural en un distrito. ¿Sus logros? Como podrán comprobar a través de la página de transparencia madrid los estudios de esta persona se resumen en tener la EGB. Desde los años 70 hasta 2015 ha sido dueño y gestor de una sala de conciertos en Vallecas, conocida por ser punto de reunión de grupos de izquierdas (casualidad). Bueno, pues en 2015 cambia la titularidad de la sala y la traspasa. ¿A quien? A su hermano.... y comienza sus andanzas como asesor, percibiendo un jugoso sueldo. El nombre de la sala es Hebe, sita en puente de Vallecas, aunque la empresa es V.K.S.L. Con un par de búsquedas por internet se puede comprobar todo. Muy bien, pues no se que clase de conocimientos culturales puede tener este hombre. Quizás los tenga, pero dudo mucho se su trabajo cueste 51.000€ al año.
La cuestión es si un distrito necesita un asesor de cultura con semejante sueldo, y además a dedo Es el doble de lo que cobra un bombero, mucho más que un médico o que un profesor de universidad por poner un ejemplo. Todas ellas profesiones que requieren estudios , esfuerzo y dedicación
Quizá se refiera el Autor a la figura de la empresa adjudicataria en servicios expertos (UnternehmensBeratung gesellschaft, en alemán) cuyos miembros son destacados esporádicamente -según sus respectivas especialidades- hacia las dependencias del Cliente tanto en las fases de "captura" para recoger los Datos necesarios como en las de "informe" para seguimiento de los progresos y/o corrección de enmiendas ante posibles variaciones... el problema es, en la inmensa mayoría de supuestos que nos ocupa, que la tal empresa acaba siendo UNIPERSONAL con tarifas sin competencia -por falta de licitación publicada- a favor de un solo Consultor físico que a "mayor INRI" termina por acomodarse en el interior del propio Cliente. Vamos, un INFILTRADO a perpetuidad. De ahí, que el derecho societario reserve determinado capítulo de inversiones al Consejo de Administración. Cosa que no siempre se cumple en las formaciones políticas (no sé si me explico).
Donde puse "..reserve determinado capítulo de inversiones al.." quería en realidad decir "..reserve determinada ACEPTACION de inversiones al.." por lo que así recupera claramente ahora el sentido completo de la expresión. (Disculpen mi despiste)
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Creado el 30/08/2016 16:23
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