Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones
He llamado al 010 por un problema que tengo con mi Comunidad de Propietarios, llevo 2 meses con una gotera y se niegan a repararla. Me ha extrañado la respuesta de la persona que me ha atendido, diciendome que el Ayuntamiento de Madrid no se hace cargo de reclamar estas reparaciones y al decirle que existia una ordenanza, me pide que le indique cual era dicha ordenanza ya que ella no conocia ninguna. Me dice además que el Ayuntamiento solo se hace cargo si es un problema de seguridad.
Le he tenido que explicar la siguiente resolución del defensor del pueblo para que me creyera: https://www.defensordelpueblo.es/resoluciones/los-responsables-de-unas-humedades-incumplen-la-orden-de-subsanarlas/#
Luego me he leido la ordenanza y dice claramente:
Artículo 7. Actuaciones de conservación.
1. Las actuaciones de conservación tendrán por objeto mantener los edificios y construcciones en las condiciones mínimas de:
a) Seguridad para que no implique riesgo para las personas y bienes, por lo que se deberán realizar las obras y trabajos necesarios de afianzamiento, refuerzo o sustitución de elementos dañados de la estructura, cimentación, soportes, vigas, forjados, muros de carga u otros elementos estructurales que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio. Asimismo, deberán ser reparadas las fachadas (interiores, exteriores y medianeras) y otros elementos cuyo estado suponga un riesgo para la seguridad de las personas, tales como chimeneas, falsos techos, cornisas, salientes, vuelos o elementos ornamentales o de acabado.
b) Salubridad de forma que no atente contra la higiene y la salud pública, por lo que se deberán realizar las obras y trabajos necesarios para que no se produzcan filtraciones de agua a través de la fachada, cubierta o del terreno y se deberá mantener en buen estado de funcionamiento las redes generales de fontanería y saneamiento de modo que se garantice su aptitud para el uso a que estén destinadas.
Me preocupa que las personas que atienden el 010 no esten informadas de esta ordenanza y me preocupa también que tenga que ser el defensor del pueblo el que indique al Ayuntamiento sus obligaciones.
Nosotros tenemos un problema similar y se ha hecho cargo nuestro seguro que ha tenido que demandar a la comunidad de propietarios para que reparen. Así que te aconsejo que asegures tu casa y vayas por ese camino mejor o te darás contra la pared una y otra vez.
El mantenimiento y conservación de los inmuebles corresponde a la comunidad de propietarios , otra cosa distinta es que el edificio tenga un problema estructural que amenace con colapsarlo en cuyo caso el ayuntamiento debe actuar de oficio si la comunidad no se hace cargo de la reparación.
Es preocupante, ya que es el canal mas accesible para ponerse en contacto con el Ayuntamiento. ¿Ha probado a pedir cita con la Asesoria Legal del Ayuntamiento? Se que estas deficiencias de mantenimiento se pueden denunciar pero no se bien a traves de que departamento, cosa que si deberian conocer perfectamente los operarios del 010.
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Creado el 04/04/2018 16:17
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