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actualizada el 22 oct 2018
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Carta de Servicios de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid

1. Introducción

Uno de los principales objetivos estratégicos del Ayuntamiento de Madrid es facilitar a los colectivos más desfavorecidos, desde el punto de vista habitacional, el acceso a una vivienda digna, apostando por la intervención sobre situaciones de mayor vulnerabilidad y adaptando la vivienda a las nuevas demandas, sin dejar de lado la innovación, la sostenibilidad y la calidad residencial. Para la consecución de dicho objetivo, las principales líneas de actuación son:

  • Promover y adquirir viviendas destinadas al alquiler, para incrementar, así, el parque público municipal y la protección del derecho de la ciudadanía a la vivienda.

  • Facilitar el acceso a una vivienda adecuada, teniendo presentes las necesidades reales de la población, a través de los programas establecidos en el Reglamento de Adjudicación de Viviendas, así como de otros programas sociales.

  • Mediar entre particulares, arrendatarias/os y arrendadoras/es, prestándoles asesoramiento profesional y aportando garantías a las partes, mediante el programa Alquila Madrid (ALMA)

  • Mejorar el patrimonio edificado de la ciudad, con ayudas a la realización de actuaciones de rehabilitación para la mejora de la sostenibilidad, eficiencia energética y accesibilidad, impulsando proyectos de innovación, generando espacios urbanos que favorecen y mejoran la calidad de vida de la ciudadanía.

Todas estas acciones contribuyen al cumplimiento de los objetivos del Plan Estratégico Municipal. Para ello, el Ayuntamiento de Madrid, a través de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS), sociedad anónima con capital 100% municipal, actúa: * Promoviendo la cohesión y el reequilibrio territorial con la adquisición de viviendas en todos los distritos, para su puesta a disposición de la ciudadanía. * Regenerando y recuperando el espacio urbano y el patrimonio inmobiliario más desfavorecido, desde una perspectiva sostenible, a través de los programas de rehabilitación municipales. * Estableciendo políticas de ecología urbana que mejoren la calidad de vida y sostenibilidad de la ciudad, con recursos de eficiencia energética. * Desarrollando estrategias de actuación urbana frente al cambio climático. * Persiguiendo que sus habitantes disfruten de una vida digna, y, para ello, es fundamental garantizarles un alojamiento adecuado a sus necesidades. * Atendiendo los casos que requieren un alojamiento urgente como consecuencia de una situación de emergencia social sobrevenida (desahucio, incendio, derrumbamiento, etc.) o la atención a las/os refugiadas/os que llegan a nuestra ciudad, dentro del marco de los acuerdos institucionales.

El Ayuntamiento de Madrid pone a disposición de la población esta Carta de Servicios de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS), proporcionando información actualizada sobre las actividades que se realizan en la EMVS, con el objetivo de canalizar adecuadamente las demandas ciudadanas y mejorar la calidad de los servicios municipales:

  • Hacer visible a la ciudadanía los servicios que están a su disposición en materia de vivienda, y los procedimientos para acceder los mismos

  • Poner de manifiesto que el Ayuntamiento adquiere el compromiso de prestar estos servicios con estándares de calidad óptimos.

  • Dar a conocer los derechos de la ciudadanía, en relación con dichos servicios, así como las responsabilidades y obligaciones que contraen al recibirlos.

  • Promover la participación ciudadana y aumentar el grado de satisfacción de las/os usuarias/os.

  • Ofrecer transparencia en la gestión y en la prestación del servicio

  • Hacer patente el valor del trabajo de las personas de la organización y su esfuerzo constante por mejorarlo

En relación con esta CS se ha aprobado la Carta de Servicios de Habitabilidad y Salubridad en la Vivienda, que responde al compromiso del Ayuntamiento de Madrid con la calidad de las viviendas. Con la elaboración e implantación de la Carta de Servicios de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS) el Ayuntamiento de Madrid manifiesta su compromiso constante con la calidad y la mejora continua de los servicios que presta.

2. Datos de carácter general

Órgano Directivo

El órgano directivo responsable de la Carta de Servicios es la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S.A. (EMVS). La Empresa está adscrita al Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, de acuerdo con el artículo 1 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 29 de octubre de 2015.

La dirección y administración de esta empresa está a cargo de la la Junta General que es la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, ya que es el Ayuntamiento de Madrid su único titular, así como del Consejo de Administración, Consejero Delegado y el Gerente, según figura en los Estatutos Sociales de esta empresa.

Unidades prestadoras del servicio

Las unidades de la EMVS a través de las cuales el Ayuntamiento de Madrid presta estos servicios son:

Dirección de Atención Ciudadana y Gestión de la Vivienda. Es la encargada de atender a la ciudadanía y valorar las circunstancias sociales, económicas y familiares de la misma mediante el diseño de programas ajustados a su perfil. Tutela el servicio de atención presencial, el Servicio Municipal de la Vivienda y la gestión de los programas de vivienda.

Dirección de Servicios Sociales y Patrimonio. Esta Dirección es la responsable de la adjudicación de vivienda a la ciudadanía, atendiendo a criterios sociales, con el objetivo de prevenir situaciones de exclusión social de colectivos especialmente vulnerables. También se ocupan de la gestión del patrimonio de la EMVS.

Jefatura de Servicio de Sistemas de Información. Bajo esta jefatura se encuentran los departamentos de Comunicación, Informática y Archivo General. Entre otras muchas competencias, es el área responsable de la comunicación no presencial de la empresa con la ciudadanía.

Dirección de Rehabilitación y Obra Nueva. Esta unidad gestiona la ejecución de nuevas edificaciones de vivienda para su posterior arrendamiento, en el marco de la sostenibilidad y la eficiencia energética. También se encarga de la mejora de las infraestructuras de redes y servicios, de la recuperación y rehabilitación de áreas públicas y de edificios y viviendas.

Todas ellas asumen, según sus Estatutos, las competencias de:

  • Hacerse cargo de las funciones que correspondan al patrimonio del antiguo Patronato Municipal de la Vivienda y de la denominada Sección de Viviendas del Departamento de Patrimonio del Suelo de la Gerencia Municipal de Urbanismo.
  • Administrar, gestionar, conservar, mantener, mejorar e inspeccionar, con separación de su régimen financiero respecto de la Administración general del Municipio, las viviendas, fincas urbanas, conjuntos urbanísticos o terrenos, solares, plazas de garaje y locales, ya hayan sido adquiridos por su cuenta o que le sean transferidos por el Estado, Comunidad Autónoma, Provincia o por el propio Municipio o cualquier otra persona física o jurídica.
  • Llevar a cabo las actuaciones de rehabilitación de promoción pública directa programadas por la Corporación Municipal.
  • Fomentar la rehabilitación privada mediante la gestión de las subvenciones y ayudas establecidas en los Programas y Planes aprobados al efecto.
  • Contribuir a la rehabilitación del Patrimonio Municipal de Viviendas.
  • Ejecutar las adjudicaciones de viviendas, locales de negocio, y garajes construidos siguiendo las instrucciones que sean aprobadas por la Corporación.
  • Promoción y aprovechamiento de viviendas y locales, especialmente viviendas de protección pública.
  • Fomentar la rehabilitación energética tanto en edificios propios y de titularidad municipal, como de otras Administraciones y de particulares.

3. Normativa

Además de la normativa general relativa al régimen local, procedimiento administrativo, régimen jurídico de las Administraciones Públicas, atención a la ciudadanía, transparencia, participación ciudadana, protección de datos, etc., la normativa específica relativa a los servicios objeto de esta Carta es:

Estatal

  • Artículo 47 de la Constitución Española de 1978.
  • Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012.
  • Real Decreto-Ley 31/1978, de 31 de octubre, sobre política de viviendas de protección oficial.
  • Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo.
  • Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
  • Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda.

Autonómica

Leyes

  • Ley 6/1997, de 8 de enero, de protección pública a la vivienda de la Comunidad de Madrid.
  • Ley 9/2003, de 26 de marzo, del Régimen sancionador en materia de viviendas protegidas de la Comunidad de Madrid.
  • Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Decretos

  • Decreto 74/2009, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid.
  • Decreto 11/2005, de 27 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid.
  • Decreto 12/2005, de 27 de enero, por el que se regulan las ayudas económicas a la vivienda en la Comunidad de Madrid (Plan de Vivienda 2005-2008).
  • Decreto 19/2006, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el proceso de adjudicación de viviendas del Instituto de la Vivienda de Madrid.
  • Decreto 88/2009, de 15 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan las ayudas económicas a la rehabilitación de edificios residenciales y recuperación de entornos urbanos en la Comunidad de Madrid ("Plan de Rehabilitación 2009-2012").

Local

  • Aplica el "Reglamento de adjudicación de viviendas con protección pública afectas a los programas municipales de vivienda a aplicar por la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S.A.", aprobado por el Ayuntamiento de Madrid en sesión ordinaria de fecha 30 de octubre de 2012.

  • Con fecha 28 de septiembre de 2016 el Pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobó una serie de modificaciones que cambian sustancialmente el sistema de adjudicación de viviendas sociales, haciendo especial hincapié en los colectivos más desfavorecidos.

4. Derechos y responsabilidades

Derechos

Los principales derechos de la ciudadanía en general y de las/os usuarias/os de los servicios objeto de esta Carta, recogidos básicamente en la normativa relativa a régimen jurídico de las Administraciones Públicas, procedimiento administrativo común, transparencia y protección de datos, son:

  • Recibir información sobre el servicio que se presta.
  • Conocer la identidad del personal bajo cuya responsabilidad se presta el servicio.
  • Ser objeto de una atención directa y personalizada.
  • Elegir el canal presencial, telefónico o electrónico a través del cual relacionarse con el Ayuntamiento (salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos).
  • Exigir responsabilidades a su Administración y personal cuando así corresponda legalmente.
  • Presentar sugerencias, reclamaciones y felicitaciones sobre el funcionamiento de los servicios.
  • A la protección de datos de carácter personal y en particular a su seguridad y confidencialidad.

En lo que respecta a la tramitación de los servicios que presta la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo, dichos derechos serán ampliados en los siguientes términos: 

  • A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de personas interesadas; el sentido del silencio administrativo; el órgano competente; y los actos de trámite dictados.
  • A acceder y a obtener copia de los documentos contenidos en los procedimientos.
  • A no presentar documentos originales salvo que, de manera excepcional, se establezca lo contrario. En este caso tendrá derecho a obtener una copia autenticada.
  • A no presentar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables, que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que hayan sido elaborados por éstas.
  • A formular alegaciones, utilizar los medios de defensa admitidos por el Ordenamiento Jurídico, y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia.
  • A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.

Responsabilidades

Las responsabilidades que se asumen al recibir los servicios objeto de esta Carta son:

  • Mantener siempre una actitud correcta y de respeto hacia los demás y hacia el personal de la organización.
  • Cumplir lo establecido en la normativa vigente y, en concreto, en la reglamentación técnica general y específica de los servicios objeto de la Carta (acreditación, plazos, documentación a aportar,...).
  • Hacer adecuado uso de las instalaciones y respetar el material y los equipamientos, colaborando en su mantenimiento y limpieza.
  • Abonar las tasas o precios públicos establecidos, en su caso.
  • Plantear sus sugerencias y reclamaciones con un contenido concreto y proporcionando los datos mínimos necesarios para su tramitación.

5. Mecanismos y modalidades de participación

El Ayuntamiento de Madrid realiza una apuesta fuerte por el desarrollo y puesta en marcha de los procesos participativos, que garanticen el derecho de la ciudadanía a participar en la toma de decisiones junto con los poderes públicos, de manera que el sentir de la totalidad de la población se tenga en cuenta con carácter previo a la adopción de decisiones que puedan afectar a un Distrito concreto o a la totalidad de la Ciudad.

De acuerdo a la normativa de aplicación establecida por el Ayuntamiento de Madrid en el ámbito de la Participación Ciudadana, destacan los siguientes mecanismos, instrumentos y órganos de participación:

  • Las propuestas ciudadanas: la ciudadanía realiza propuestas de actuación en asuntos de competencia municipal o interés local. Cuando alcanzan los apoyos requeridos, pueden someterse a debate y votación final, decidiendo entre todas y todos las que se llevan a cabo (mayoría simple de los participantes).
  • Las audiencias públicas: el Ayuntamiento invita a la ciudadanía a participar en cuestiones especialmente significativas de la acción municipal y lo que se decida mayoritariamente, definirá las actuaciones a realizar.
  • Las iniciativas populares: iniciativas normativas e iniciativas ciudadanas para promover actividades de interés público.
  • Las proposiciones al Pleno y a las Juntas de Distrito y los ruegos y preguntas en las sesiones plenarias del Distrito correspondiente.
  • Las sugerencias y reclamaciones: la ciudadanía ejerce su derecho a presentar sugerencias relativas a la creación, ampliación o mejora de los servicios prestados por el Ayuntamiento de Madrid; reclamaciones por tardanzas, desatenciones, incidencias o cualquier otra anomalía en su funcionamiento y felicitaciones, sobre los servicios prestados por el Ayuntamiento.
  • El Consejo Director de la Ciudad, los Consejos Sectoriales y los Foros Locales.
  • Los sondeos de opinión, encuestas de satisfacción, consejos y foros temáticos, y paneles ciudadanos. Entre ellos destaca la Encuesta de Calidad de Vida y Satisfacción con los Servicios Públicos, encuesta presencial de carácter bienal que tiene por objetivo analizar el grado de satisfacción de la ciudadanía madrileña con los servicios públicos municipales, así como conocer su opinión ciudadana respecto a la calidad de vida en la ciudad.

Para avanzar de un modo decidido hacia las fórmulas reales de participación de la ciudadanía que profundicen y den sentido al compromiso de lograr un gobierno abierto, se ha puesto en marcha la web de gobierno abierto del Ayuntamiento de Madrid, destinada a que la ciudadanía pueda promover propuestas de actuación municipal de forma libre y transparente. En ella, a través de la plataforma de participación decide.madrid se pueden presentar propuestas, someter a audiencia pública las cuestiones más relevantes del gobierno de la Ciudad y participar en la elaboración de los Presupuestos del Ayuntamiento.

6. Sistema de Sugerencias y Reclamaciones

El Ayuntamiento de Madrid cuenta con un Sistema de Sugerencias y Reclamaciones a través del cual la ciudadanía e instituciones públicas o privadas pueden ejercer su derecho a presentar sugerencias relativas a la creación, ampliación o mejora de los servicios prestados por el Ayuntamiento de Madrid; reclamaciones por tardanzas, desatenciones, incidencias o cualquier otra anomalía en su funcionamiento y felicitaciones.

Se podrán presentar sugerencias, reclamaciones y felicitaciones a través de:

www.madrid.es/contactar.
El Teléfono 010. Las Oficinas de Atención a la Ciudanía Línea Madrid. Las Oficinas de Registro. El Registro electrónico del Ayuntamiento de Madrid. El correo, postal o electrónico, dirigido al órgano directivo responsable o unidad prestadora del servicio, cuyos datos de localización y contacto se recogen en el apartado 9 de esta Carta. Y específicamente en: www.emvs.es/Contactar/Paginas/AtencionCiudadanoForm.aspx Redes Sociales: Twitter @emvsmadrid

Las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones se contestarán de forma adecuada y con la mayor celeridad posible, cumpliendo el compromiso correspondiente del apartado 8 de esta Carta de Servicios.

7. Servicios prestados

El Ayuntamiento de Madrid, a través de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS), pone a disposición de la ciudadanía todos los servicios dirigidos a facilitar el acceso a la vivienda a los colectivos con mayores dificultades, poniendo a su alcance viviendas en alquiler de nueva construcción e incrementando la oferta a través de otros servicios. Además, actúa renovando el patrimonio edificado mediante los programas de rehabilitación y lucha para realojar e integrar socialmente a quienes residen en infraviviendas.

A continuación, se describen los servicios prestados por la EMVS.

1. Servicio de Información a la ciudadanía:

1.1 Información presencial

Es un servicio de atención personalizada que se presta en las oficinas de la EMVS con el objetivo de informar a la ciudadanía sobre las actividades que desarrolla la empresa.

Las principales actividades son: * Atención a la persona interesada. * Identificación y evaluación del motivo de su visita y de la información solicitada. * Asignación al personal técnico que le atenderá. * Suministro de información general relacionada con la actividad desarrollada por la EMVS y que no requiere una atención especializada. * Registro de documentos físicos. * Asignación de cita previa para aquellas gestiones que lo requieran.

1.2 Información no presencial

Este servicio proporciona a la ciudadanía la posibilidad de solicitar o ampliar información, comunicar sugerencias, reclamaciones y felicitaciones y realizar algunos trámites que no requieren su desplazamiento a nuestras oficinas.

Las principales actividades son:

  • Recepción, identificación y evaluación de las consultas recibidas a través de cualquiera de los canales habilitados.
  • Registro en una aplicación informática, denominada Consultas Generales.
  • Asignación y envió a la dirección competente, mediante dicha aplicación.
  • Seguimiento periódico a través de mensajes electrónicos recordatorios.
  • Recepción de la información solicitada.
  • Validación por parte de la dirección de la EMVS.
  • Envío de la información a la persona solicitante.

2. Servicio de Acceso a la Vivienda:

2.1 Registro Permanente de Solicitantes de Vivienda

Servicio por el cual se atiende la demanda de vivienda pública en la ciudad de Madrid, en régimen de arrendamiento, conforme al Reglamento de Adjudicación vigente. El Registro analiza la población solicitante y le dirige al programa que más se ajusta a sus condiciones económicas, sociales o familiares.

Las principales actividades son: * Inscripción de la solicitud. * Requerimiento de documentación y valoración técnica. * Elaboración de la relación de las/os participantes inscritas/os en el RPSV y publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Madrid. * Adjudicación según la valoración de las circunstancias personales acreditadas por la persona solicitante. * Propuesta de la adjudicación definitiva de la vivienda a través de Comisión Permanente de adjudicación. * Notificación de la adjudicación y firma del contrato.

2.2 Programa Alquila Madrid (ALMA)

Servicio gratuito de carácter integral que intermedia entre la parte arrendadora de vivienda y la arrendataria, prestándoles apoyo y asesoramiento profesional.

Las principales actividades son: * Inscripción de las viviendas y de las/os demandantes
* Búsqueda de vivienda para las/os demandantes. * Búsqueda y selección de las/os inquilinas/os. * Elaboración del contrato. * Comprobación del estado de los inmuebles. * Garantía de pago y de mantenimiento de la vivienda mediante suscripción de póliza de seguro (primer año). * Estudios de solvencia. * Labores de mediación. * Asesoramiento jurídico/fiscal, tanto a la propiedad como a las/os inquilinas/os de la vivienda.

3. Servicio de atención y reclamaciones a adjudicatarias/os

Servicio por el cual se recepcionan y atienden todas las incidencias con las que se encuentren las/os adjudicatarias/os del patrimonio de la EMVS.

Se realiza según distintas fases:

  1. Recepción en EMVS de la incidencia y/o solicitud comunicada por la/el adjudicataria/o.
  2. Registro de la misma con asignación de un número de incidencia.
  3. Comunicación a la/el interesada/o de su recepción y de procedencia.
  4. Derivación, para su resolución, al Departamento competente, con seguimiento por parte de este servicio.
  5. Cierre de la incidencia y comunicación a la/el interesada/o.

4. Producción de vivienda pública

Servicio por el cual se gestiona la construcción de nuevas viviendas públicas para ponerlas a disposición de la ciudadanía. Las principales actividades son: Realización de estudios previos de las parcelas. Elaboración y/o contratación de proyectos técnicos. Ejecución de obra contratada. Gestión de licencias. Gestión de garantías de recepción de obra (servicio postventa). Recepción definitiva de las obras ejecutadas. Servicio: Presencial Por correo electrónicoPor correo postal Por Teléfono 010 En la web

8. Compromisos de calidad

  1. La atención a las personas interesadas y/o usuarias en el servicio de información en las oficinas de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo de Madrid (EMVS) se realizará de manera inmediata, registrándose el 100% de los documentos presentados en el día. Indicadores asociados: 1.1. Documentos registrados en el servicio de información de las oficinas de la EMVS. 1.2. Porcentaje de documentos registrados en el servicio de información de las oficinas de la EMVS de los presentados en el día.

  2. Se tramitarán las peticiones de información, relativas a los servicios prestados por la EMVS, presentadas por la ciudadanía a través de cualquiera de los canales habilitados para ello. Se contestarán el 70% de las peticiones de información en un plazo máximo de 15 días naturales desde su presentación y, en ningún caso, en un plazo superior a 1 mes. Indicadores asociados: 2.1. Peticiones de información relativas a los servicios prestados por la EMVS. 2.2. Porcentaje de peticiones de información, relativas a los servicios prestados por la EMVS contestadas en un plazo menor o igual a 15 días naturales desde su presentación. 2.3. Porcentaje de peticiones de información, contestadas por la EMVS en menos de 1 mes.

  3. El tiempo transcurrido desde la solicitud de inscripción en el Registro Permanente de Solicitantes de Vivienda, hasta su valoración técnica, se realizará en el 85% de los casos en 30 días naturales, no pudiendo superar los 60 días naturales. Indicadores asociados: 3.1. Porcentaje de solicitudes de inscripción en el Registro Permanente de Solicitantes de Vivienda de la EMVS, valoradas en un plazo menor o igual a 30 días naturales. 3.2. Porcentaje de solicitudes de inscripción en el Registro Permanente de Solicitantes de Vivienda de la EMVS, valoradas en un plazo menor o igual a 60 días naturales.

  4. El tiempo transcurrido desde la adjudicación de la vivienda hasta su notificación se realizará en el 90% de los casos en 30 días naturales no pudiendo superar los 45 días naturales. Indicadores asociados: 4.1. Porcentaje de notificaciones de adjudicación de vivienda realizadas por la EMVS en un plazo menor o igual a 30 días naturales. 4.2. Porcentaje de notificaciones de adjudicación de vivienda realizadas por la EMVS en un plazo menor o igual a 45 días naturales.

  5. El tiempo transcurrido desde que una/un propietaria/o solicita la inscripción de su vivienda en el programa Alquila Madrid (ALMA) hasta que queda inscrita, tras su valoración, será de 6 días naturales en el 90% de los casos, no superando nunca los 10 días naturales. Indicadores asociados: 5.1. Porcentaje de viviendas inscritas en el programa Alquila Madrid (ALMA) en un plazo menor o igual a 6 días naturales. 5.2. Porcentaje de viviendas inscritas en el programa Alquila Madrid (ALMA) en un plazo menor o igual a 10 días naturales.

  6. Una vez alcanzado el acuerdo de alquiler entre propietaria/o e inquilina/o en el programa Alquila Madrid (ALMA), el tiempo de firma de los contratos será de 10 días naturales en el 90% de los casos, no superando nunca los 20 días naturales. Indicadores asociados: 6.1. Porcentaje de contratos firmados en un plazo menor o igual a 10 días naturales en el programa Alquila Madrid (ALMA) de la EMVS. 6.2. Porcentaje de contratos firmados en un plazo menor o igual a 20 días naturales en el programa Alquila Madrid (ALMA) de la EMVS.

  7. Se recibirán y tramitarán las incidencias o solicitudes presentadas por las personas adjudicatarias relativas al patrimonio de la EMVS, se analizarán y derivarán a los agentes externos (empresas de mantenimiento de patrimonio y los seguros) de forma adecuada y con la mayor celeridad posible y a partir de ellas, poner en marcha acciones de mejora del servicio. Se tramitarán el 80% de las incidencias o solicitudes, en un plazo máximo de 10 días naturales desde su presentación y, en ningún caso, en un plazo superior a 20 días naturales. Indicadores asociados: 7.1. Incidencias o solicitudes relativas al patrimonio de la EMVS. 7.2. Porcentaje de incidencias o solicitudes relativas al patrimonio de la EMVS tramitadas en un plazo menor o igual a 10 días naturales desde su presentación. 7.3. Porcentaje de incidencias o solicitudes relativas al patrimonio de la EMVS tramitadas en un plazo menor o igual a 20 días naturales desde su presentación. 7.4. Tiempo medio de tramitación de las incidencias o solicitudes relativas al patrimonio de la EMVS.

  8. Todos los proyectos de vivienda de obra nueva promovidas por la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid (EMVS) tendrán como mínimo una calificación energética B, que es la calificación global de un inmueble y que está graduada en una escala de la A (más eficiente) a la G (menos eficiente) y que depende de las emisiones de CO2. Indicadores asociados: 8.1. Porcentaje de proyectos de vivienda con calificación energética B o superior promovidos por la EMVS. 8.2. Viviendas proyectadas con calificación energética B o superior promovidas por la EMSV.

  9. Se recibirán las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones presentadas por la ciudadanía relativas a los servicios prestados por la EMVS, se contestarán de forma adecuada y con la mayor celeridad posible y a partir de ellas, se pondrán en marcha acciones de mejora del servicio. Se contestarán el 60% de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones en un plazo máximo de 30 días naturales desde su presentación y, en ningún caso, en un plazo superior a 3 meses. El tiempo medio de contestación de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones será de 30 días naturales desde su presentación. Se adoptarán las medidas oportunas para conseguir el continuo aumento de las contestadas en un plazo máximo de 15 días naturales desde su presentación. Indicadores asociados: 9.1. Sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los servicios prestados por la EMVS. 9.2. Porcentaje de sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los servicios prestados por la EMVS contestadas en un plazo menor o igual a 30 días naturales desde su presentación. 9.3. Porcentaje de sugerencias, reclamaciones y felicitaciones contestadas en menos de 3 meses. 9.4. Porcentaje de sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los servicios prestados por la EMVS contestadas dentro de los 15 días naturales siguientes a su presentación. 9.5. Tiempo medio de contestación de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los servicios prestados por la EMVS.

Medidas de subsanación: quienes consideren que se ha incumplido alguno de los compromisos anteriormente recogidos, podrán comunicarlo a través del Sistema de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Madrid (ver apartado correspondiente). En caso de incumplimiento, se les enviará un escrito informando de las causas por las que el compromiso no pudo cumplirse, así como, de las medidas adoptadas para corregir la deficiencia detectada, si fuera posible.

Seguimiento y evaluación: los resultados de los indicadores establecidos para medir el cumplimiento de los compromisos de esta Carta de Servicios se pueden consultar en www.madrid.es en Ayuntamiento /Observatorio de la Ciudad /Sistema de Cartas de Servicios. Estos resultados son evaluados anualmente.

9. Datos de carácter complementario

Datos de localización

Dirección C/ Palos de la Frontera nº 13 28012 Madrid Distrito de Arganzuela

Teléfonos de información: 915 168 150 Página Web: www.emvs.es Correo electrónico: consultasgenerales@emvs.es Horario: De lunes a viernes de 8:30 a 14 horas

Instalación accesible Centro / Dirección Teléfono

Horario EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE MADRID

C/ Palos de la Frontera nº 13 28012 Madrid

915 168 150

Metro: Palos de la Frontera Bus: 6 , 19 , 27 , 45 , 47 , 55 , 59 , 85 , 86 Renfe: Delicias Lunes a Viernes de 8:30 a 14 horas

Cita Previa

El servicio de Atención al Público para los Programas de Vivienda se realizará mediante cita previa a través de nuestra web.

https://www.emvs.es/Vivienda/Paginas/citaPrevia.aspx

Otros datos de interés

El edificio sede de la EMVS, antigua fábrica de lámparas Osram, fue construido entre 1914 y 1916 por el arquitecto español Alberto de Palacio. Es un destacado ejemplo de rehabilitación y transformación de un edificio industrial en una dependencia municipal. En 1991 fue declarado Bien de Interés Cultural (BIC), con categoría de monumento.

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