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actualizada el 22 oct 2018
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Carta de Servicios de Clases y Escuelas Deportivas

1. Introducción

El deporte se ha configurado como elemento esencial en el modelo de convivencia de la ciudad de Madrid ya que, por una parte, favorece su capacidad como ciudad saludable, abierta e integradora; al tiempo que posibilita su proyección internacional como sede de grandes competiciones y encuentros deportivos. Para ello el Ayuntamiento de Madrid, con el fin de dar cumplimiento a los objetivos estratégicos establecidos en el Plan de Gobierno 2015-2019: una política de movilidad eficiente y sostenible, regenerar y recuperar el espacio urbano y el patrimonio, cohesionar y reequilibrar la ciudad, garantizar la equidad social reconociendo la diversidad de la población de Madrid y favorecer una ciudad activa y saludable, pone a disposición de la ciudadanía diferentes instalaciones deportivas; planifica, organiza e imparte clases y escuelas deportivas en instalaciones deportivas propias y en centros escolares; presta servicios de Medicina Deportiva y Psicomotricidad; organiza competiciones deportivas y actividades deportivo-recreativas; fomenta y promociona la actividad deportiva entre los distintos agentes deportivos de la ciudad.

Las declaraciones del Plan Estratégico del Deporte de Base 2013-2020, presentado el 27 de noviembre de 2013, pretenden ser una herramienta eficaz para la mejora de los servicios deportivos municipales, incidiendo en cuestiones tales como la mejora de los equipamientos y la oferta deportiva, el aprovechamiento de las Nuevas Tecnologías y la comunicación para favorecer una mayor accesibilidad e información entre los potenciales beneficiarios de los servicios; y la promoción de los servicios deportivos como actividad económica y elemento de proyección internacional de nuestra ciudad.

Dentro del marco general de elaboración e implantación de Cartas de Servicios Deportivos, y una vez aprobada la Carta Marco de los Servicios Deportivos del Ayuntamiento de Madrid, se inicia la elaboración e implantación de cartas de servicios deportivos específicos con la Carta de Clases y Escuelas Deportivas, por ser un servicio con una importante oferta (más de 200.000 plazas anuales), prestado en los centros deportivos municipales por personal con la titulación adecuada y una amplia experiencia; y constituyendo una preocupación constante para los responsables de su gestión, mejorar la calidad tanto de las actividades realizadas como de los centros deportivos en los que se realizan.

En los últimos años se ha producido un cambio en los hábitos deportivos y tendencias de las/os usuarias/os, que se refleja en la demanda y las necesidades de infraestructuras deportivas; dada la mayor conciencia ciudadana de la práctica deportiva como forma de mantenimiento de la salud, de mejora de la calidad de vida y de integración social del individuo, realidad a la que la oferta deportiva municipal debe responder en la medida de lo posible. Por este motivo, el Ayuntamiento de Madrid se esfuerza en proveer a la ciudadanía de una amplia y variada oferta de servicios deportivos en general y de enseñanza deportiva en particular, con escuelas y clases en más de 30 modalidades para niñas/os, jóvenes y adultos, y mayores; sin olvidar iniciativas específicas para alumnas/os que presentan algún tipo de diversidad funcional, de modo que a través de la práctica deportiva pueda favorecerse su mayor inclusión social.

La programación de la actividad físico-deportiva dirigida se elabora por temporada en cada Centro Deportivo Municipal, que posteriormente se somete a aprobación de la Dirección General de Deportes; de acuerdo a los contenidos técnicos de cada una de las actividades programadas.

Con el proceso de elaboración, implantación y gestión de la Carta de Servicios de los Servicios Deportivos del Ayuntamiento de Madrid, se persiguen los siguientes objetivos:

  • Evidenciar ante la población los servicios de enseñanza deportiva que presta el Ayuntamiento y las condiciones en que se prestan.
  • Mejorar la calidad de los servicios prestados.
  • Promover la participación ciudadana.
  • Reflexionar sobre los servicios que se prestan para detectar posibles ámbitos de mejora y puntos fuertes no identificados en experiencias previas, mediante el estudio de los resultados obtenidos de la medición periódica de los indicadores fijados.
  • Aumentar el grado de satisfacción de la ciudadanía con los servicios prestados.
  • Ofrecer transparencia en la gestión y en la prestación del servicio.
  • Hacer patente el valor del trabajo de las personas de la organización y su esfuerzo constante por mejorar los servicios prestados.
  • Fomentar el compromiso de los trabajadores con la perspectiva de la calidad de los servicios y con la mejora continua de la misma como un elemento clave de la cultura organizativa.

Con la aprobación de la Carta de Servicios de Clases y Escuelas Deportivas del Ayuntamiento de Madrid, se pretende, por una parte informar a la ciudadanía de los servicios que se prestan y con qué niveles de calidad, promoviendo la participación ciudadana y ofreciendo transparencia en la gestión y, por otra, mejorar la calidad de los servicios prestados, fomentando el compromiso de los/as trabajadores con la perspectiva de la calidad de los servicios y con su mejora continua, como un elemento clave de la cultura organizativa.

La elaboración e implantación de la Carta de Servicios de Clases y Escuelas Deportivas del Ayuntamiento de Madrid, forma parte de un proceso más amplio de elaboración e implantación de Cartas de Servicios en el ámbito deportivo, como son las de Servicios Deportivos, Competiciones Deportivas y la de Medicina Deportiva y Psicomotricidad.

La Carta de Servicios de Clases y Escuelas Deportivas del Ayuntamiento de Madrid fue aprobada por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid el 26 de octubre de 2006 y ha sido certificada el 16 de enero de 2016 por AENOR.

Este texto corresponde a la última evaluación finalizada el 31 de marzo de 2017; con ella el Ayuntamiento de Madrid manifiesta nuevamente su compromiso con la calidad y la mejora continua de sus servicios.

2. Datos de carácter general

El programa de actividades físico-deportivas dirigidas está compuesto por:

  • Programa general de clases y escuelas
  • Programa para personas con diversidad funcional
  • Programa de ejercicio físico y salud
  • Programa familiar
  • Programas deportivos en la calle
  • Programa deportivo de verano
  • Programa de entrenamiento personal

Los centros deportivos municipales podrán ofertar un programa de actividades físico-deportivas dirigidas, de acuerdo con sus propias características, que será impartido por personal técnico deportivo cualificado de acuerdo a lo establecido en la Ley 6/2016 de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid.

A estas actividades podrá acceder cualquier ciudadana/o que realice su solicitud en la forma y plazos establecidos, cumpla con los requisitos exigidos y presente la documentación que en cada caso corresponda.

Las Escuelas de Promoción Deportiva y las Aulas Deportivas son actividades programadas para centros escolares públicos y concertados.

El Acuerdo de 29 de diciembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifican los acuerdos de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del área de Gobierno de Cultura y Deportes; otorga a los Distritos las siguientes competencias:

  • Aprobar el programa deportivo anual de las instalaciones deportivas municipales del Distrito y gestionar las mismas, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Dirección General de Deportes.

  • Promover y fomentar la práctica deportiva en el Distrito.

El Acuerdo de 29 de diciembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifican los acuerdos de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del área de Gobierno de Cultura y Deportes; otorga a la Dirección General de Deportes las siguientes competencias:

  • Elaborar la propuesta de disposiciones normativas en materia deportiva.

  • Dirigir y coordinar los programas deportivos de ámbito general siendo las instalaciones deportivas municipales unidades colaboradoras y ejecutoras de aquellos.

  • Dirigir y coordinar programas y servicios médico-deportivos, siendo los centros deportivos municipales unidades colaboradoras y ejecutoras de aquellos.

  • Coordinar y colaborar en la realización de eventos deportivos que se celebren en la Ciudad de Madrid, cuando no sean organizados por la Dirección General de Deportes.

  • Desarrollar programas de fomento del deporte.

  • Promover actuaciones y convenios de colaboración con otras Administraciones Públicas y con entidades públicas y privadas, en las materias de su competencia.

  • Formular propuestas de estructura organizativa de las instalaciones deportivas municipales.

  • Fijar criterios de actuación común dirigidos a los Distritos en materia de deportes, pudiendo dictar instrucciones generales para el mejor desarrollo de las competencias en esta materia.

  • Elaborar o informar, según corresponda, las propuestas de formación del personal de las instalaciones deportivas municipales, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Gerencia de la Ciudad.

  • Planificar la construcción de nuevas instalaciones deportivas.

  • Ejecutar de manera coordinada los proyectos de mejora de las infraestructuras deportivas y nuevas unidades, siempre que se deriven de programas deportivos que afecten a más de un Distrito.

  • Informar preceptivamente los proyectos de inversión municipal referentes a equipamientos deportivos, tanto en instalaciones de nueva creación como ampliaciones o mejoras de las existentes, cuya cuantía sea igual o superior a 120.000 euros.

  • Emitir informe de viabilidad previo a la ejecución de cualquier proyecto de nuevas instalaciones deportivas.

  • Informar preceptivamente el modelo de gestión de las instalaciones deportivas municipales, cuando no las gestione directamente el Ayuntamiento de Madrid, cualquiera que sea su modalidad: gestión del servicio público, concesión de obra pública, concesión demanial, derecho de superficie o cualquier otro derecho real.

  • Participar en las comisiones de seguimiento y control de las concesiones de gestión de servicio público de las instalaciones deportivas que a tal efecto se establezcan en los contratos, así como en las concesiones demaniales, derecho de superficie o cualquier otro derecho real referido a instalaciones deportivas.

  • Informar preceptivamente los proyectos de explotación y viabilidad económica, así como las propuestas de contratación y los pliegos de prescripciones técnicas de los expedientes de contratación, o convenios en su caso de las instalaciones deportivas municipales, gestionadas indirectamente.

  • Incoar, tramitar y resolver los procedimientos sancionadores por infracción de lo previsto en el Reglamento sobre la utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales.

  • Realizar estudios y elaborar propuestas para el establecimiento o modificación de los precios de los servicios deportivos en las instalaciones deportivas municipales.

  • Establecer los procedimientos y gestionar la recaudación, cuando proceda, de los precios públicos por prestación de servicios deportivos.

  • Participar en las modificaciones del Plan General de Ordenación Urbana, al objeto de establecer una distribución de equipamientos deportivos en la ciudad.

  • Proponer y participar en la coordinación de los contratos o convenios de patrocinio para los programas deportivos municipales que afecten a más de un Distrito

Por resolución del Gerente de la Agencia Tributaria de Madrid, de 10 de noviembre de 2010, de delegación de competencias en materia tributaria, también corresponde a la Dirección General de Deportes:

  • La gestión de la antigua Tasa por prestación de los servicios de piscinas e instalaciones deportivas y casas de baños, respecto a la utilización de piscinas e instalaciones deportivas, (en lo relativo a actuaciones e ingresos y devolución de ingresos indebidos no prescritos a la fecha).

Las/os usuarias/os deberán abonar las tarifas vigentes establecidas en el Acuerdo de 22 de diciembre de 2010 por el que se aprueba el establecimiento de los precios públicos por la prestación de servicios en centros deportivos y casas de baños cuya última modificación fue aprobada por Acuerdo de 23 de diciembre de 2016.

Una vez aprobado el Reglamento sobre Utilización de las instalaciones deportivas y servicios deportivos por Acuerdo Plenario de 26 de septiembre de 2012, (B.O.C.M. de 15 de octubre de 2012), ha quedado establecido el sistema de infracciones leves, graves y muy graves y las correspondientes sanciones que podrán imponerse en caso de que aquellas se cometan.

3. Normativa

Además de la normativa general relativa al régimen local, procedimiento administrativo, régimen jurídico de las Administraciones Públicas, atención a la ciudadanía, transparencia, participación ciudadana, protección de datos, etc., la normativa específica relativa a los servicios objeto de esta carta es:

  • Artículo 43 de la Constitución Española. *Ley 10/1990 de 15 de Octubre, del Deporte.
  • Ley 15/1994 de 28 de diciembre del Deporte de la Comunidad de Madrid.
  • Ley 8/2003, de 26 de marzo, de modificación de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid.
  • Ley 6/2016 de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid.
  • Decreto 80/1998, de 14 de mayo, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo, (en tanto no contravenga lo establecido en el RD 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas, Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad)
  • Decreto 184/1998 de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones.
  • Orden 1319/2006 de 27 de junio, de la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad de Madrid, por la que se establecen los criterios que permiten establecer los niveles de formación del personal que preste sus servicios como socorrista en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid.
  • Orden 7955/ 2006 de 19 de diciembre, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, por la que se regula el mantenimiento y la inspección periódica de las instalaciones eléctricas en locales de pública concurrencia y alumbrado público.
  • Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas, (Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad)
  • Ordenanza de Protección de la Salubridad Pública en la Ciudad de Madrid aprobada por Acuerdo Plenario de 28 de mayo de 2014
  • Ordenanza de Gestión y Uso Eficiente del Agua en la Ciudad de Madrid, de 31 de enero de 2006.
  • Acuerdo de 22 de diciembre de 2010 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba el establecimiento de los precios públicos por la Prestación de Servicios en centros deportivos y casas de baños, actualizado anualmente por acuerdo plenario.
  • Acuerdo de 29 de diciembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifican los acuerdos de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del área de Gobierno de Cultura y Deportes.
  • Resolución e instrucción anual por las que se aprueban respectivamente el calendario de la temporada deportiva, y el procedimiento de inscripción en las actividades deportivas dirigidas.
  • Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales, aprobado por Acuerdo Plenario de 26 de septiembre de 2012.
  • Resolución del Director General de Deportes de 13 de mayo de 2015, por la que se regula. el Programa de Actividades Dirigidas en los centros deportivos municipales.
  • Resolución en vigor del Director General de Deportes por la que se aprueban las normas que regulan las competiciones deportivas municipales “Juegos Deportivos Municipales”, Los Trofeos “Copa Primavera” y Torneos Municipales” para la temporada actual.
  • Normativa específica por la que se reglamenta anualmente el Programa Municipal de Actividades en la Nieve y otras actividades deportivas organizadas por el Ayuntamiento de Madrid
  • Reglamentos de los Comités de Disciplina Deportiva, Competición y Apelación de los encuentros y actividades que se organizan.
  • Reglamentos deportivos oficialmente vigentes para cada una de las disciplinas y modalidades deportivas.
  • Contratos, convenios, acuerdos específicos, etc.
  • Planes de Autoprotección propios de cada instalación.
  • Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo del Deporte de la Ciudad de Madrid aprobado por Acuerdo Plenario de 20 de febrero de 2015.

4. Derechos y responsabilidades de la ciudadanía

Derechos

Quienes asistan a las clases y escuelas deportivas del Ayuntamiento de Madrid tienen los derechos establecidos en la Ley 6/2016 de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid y con carácter general, los recogidos en el artículo 7 del vigente Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales, entre los que destacan:

  • Tener acceso a la siguiente información sobre las clases y escuelas deportivas:

    • La oferta de clases y escuelas y su forma de acceso.
    • Las instalaciones y los equipamientos disponibles.
    • Los horarios de prestación del servicio.
    • La lista de precios públicos y tarifas aplicables a cada uno de los servicios.
    • La suspensión de servicios o cualquier incidencia que se produzca
    • Las mediciones de calidad del agua y del aire (pH, Cl, temperatura, condiciones bacteriológicas, humedad relativa, CO2 etc.), en el caso de servicios de enseñanza deportiva prestados en piscinas.
  • Disponer de instalaciones y equipamientos deportivos en buenas condiciones de uso y accesibles a personas con diversidad funcional.

  • Conocer la identidad del personal bajo cuya responsabilidad se prestan los servicios y ser atendidos con respeto y cortesía.

  • Que se mantenga la programación anual, salvo circunstancias excepcionales.

    • Programa deportivo general: 10 meses, de septiembre a junio
    • Programa de verano: meses de julio y/o agosto
    • Escuelas Municipales de Promoción Deportiva y Aulas Deportivas: 8 meses, de octubre a mayo.
  • Recibir el servicio por personal con la cualificación adecuada.

  • Cuando por causas no imputables al beneficiario, salvo las meteorológicas el servicio no se preste o desarrolle, procederá la devolución del importe correspondiente. En el supuesto de las actividades deportivas dirigidas, será necesaria la suspensión de más de una sesión mensual para proceder a la devolución del importe por los servicios no prestados.

  • Formular cualquier sugerencia, reclamación o queja y ser contestado en el plazo establecido, en los términos que se recogen en la Carta de Servicios de los Servicios Deportivos.

  • Ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición respecto a sus datos personales, según lo establecido en la normativa de protección de datos de carácter personal.

  • Utilizar las instalaciones en las condiciones que garanticen la protección de su salud y seguridad, conforme a la normativa reguladora.

  • Exigir el cumplimiento del Reglamento sobre Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales por medio de los empleados y de los responsables de la gestión de los centros.

Responsabilidades

Son deberes de quienes asistan a las instalaciones y servicios deportivos municipales los siguientes, (artículo 8 del Reglamento sobre la utilización de las instalaciones y servicios deportivos municipales):

  • Abonar el precio público que corresponda, en su caso; conservar los títulos de uso de los diversos servicios durante su periodo de validez y presentarlos a requerimiento del personal de la instalación.

  • Hacer adecuado uso de las instalaciones deportivas municipales, con la indumentaria apropiada y respetando la normativa específica en cada caso.

  • Respetar el material y los equipamientos deportivos de las instalaciones deportivas municipales y demás dependencias, colaborando en su mantenimiento.

  • Respetar los horarios y funcionamiento de los servicios deportivos, atendiendo en cualquier caso a las indicaciones del personal de las instalaciones deportivas municipales.

  • Mantener siempre una actitud correcta y de respeto hacia los demás usuarias/os y personal de los servicios deportivos.

  • Cumplir lo establecido en la normativa vigente y, en especial, lo relativo al consumo de tabaco, alcohol y sustancias estupefacientes.

  • No acceder a los recintos deportivos con recipientes o envases de vidrio, metal o cualquier otro material que no sea de papel o plástico.

  • Cumplir y respetar las normas generales contenidas en el Reglamento sobre Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales, y las instrucciones específicas de uso de los distintos espacios deportivos de cada centro.

  • Las personas que no estén haciendo uso de las instalaciones y sean meros espectadores o acompañantes, deberán permanecer fuera de las pistas y terrenos de juego.

El incumplimiento de las responsabilidades y de las normas establecidas para el uso de las instalaciones deportivas, puede dar lugar al correspondiente apercibimiento y/o sanción, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento sobre Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales.

Están expresamente prohibidas las actuaciones recogidas en el artículo 9 del citado Reglamento, con especial incidencia en el ámbito de las clases y escuelas deportivas de las siguientes:

  • Impartir clases sin autorización

  • Realizar reportajes fotográficos, o de vídeo sin autorización expresa

5. Mecanismos y modalidades de participación

Entre los mecanismos, instrumentos y órganos de participación establecidos por el Ayuntamiento de Madrid en su Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana y normativa de desarrollo, destacan:

  • Las propuestas ciudadanas: la ciudadanía realiza propuestas de actuación en asuntos de competencia municipal o interés local. Cuando se alcanzan los apoyos requeridos pueden someterse a debate y votación final, decidiendo entre todas y todos las que se llevan a cabo (mayoría simple de los participantes).

  • Las audiencias públicas: el Ayuntamiento invita a la ciudadanía a participar en cuestiones especialmente significativas de la acción municipal y lo que se decida mayoritariamente, definirá las actuaciones a realizar.

  • Las iniciativas populares: iniciativas normativas e iniciativas ciudadanas para promover actividades de interés público.

  • Las proposiciones al Pleno y a las Juntas de Distrito y los ruegos y preguntas en las sesiones plenarias del Distrito correspondiente.

  • Las sugerencias y reclamaciones: la ciudadanía ejerce su derecho a presentar sugerencias relativas a la creación, ampliación o mejora de los servicios prestados por el Ayuntamiento de Madrid; reclamaciones por tardanzas, desatenciones, incidencias o cualquier otra anomalía en su funcionamiento y felicitaciones, sobre los servicios prestados por el Ayuntamiento.

  • El Consejo Director de la Ciudad, los Consejos Sectoriales y los Foros Locales.

  • Los sondeos de opinión, encuestas de satisfacción, consejos y foros temáticos, y paneles ciudadanos. Entre ellos destaca la Encuesta de Calidad de Vida y Satisfacción con los Servicios Públicos, encuesta presencial de carácter bienal que tiene por objetivo analizar el grado de satisfacción de la ciudadanía madrileña con los servicios públicos municipales, así como conocer su opinión ciudadana respecto a la calidad de vida en la ciudad.

Para avanzar de un modo decidido hacia las fórmulas reales de participación de la ciudadanía que profundicen y den sentido al compromiso de lograr un gobierno abierto, se ha puesto en marcha la web de gobierno abierto del Ayuntamiento de Madrid, destinada a que la ciudadanía pueda promover propuestas de actuación municipal de forma libre y transparente. En ella, a través de la plataforma de participación decide.madrid se pueden presentar propuestas, someter a audiencia pública las cuestiones más relevantes del gobierno de la Ciudad y participar en la elaboración de los Presupuestos del Ayuntamiento.

Además, quienes utilicen los servicios deportivos, pueden manifestar sus opiniones y comentarios a través de encuestas y hacer llegar avisos relativos a los servicios prestados en los centros deportivos a su personal.

6. Sistema de Sugerencias, Reclamaciones y Felicitaciones

El Ayuntamiento de Madrid cuenta con un Sistema de Sugerencias, Reclamaciones y Felicitaciones a través del cual la ciudadanía e instituciones públicas o privadas pueden ejercer su derecho a presentar sugerencias relativas a la creación, ampliación o mejora de los servicios prestados por el Ayuntamiento de Madrid y reclamaciones por tardanzas, desatenciones, incidencias o cualquier otra anomalía en su funcionamiento y felicitaciones.

Se podrán presentar sugerencias, reclamaciones y felicitaciones a través de: * www.madrid.es/contactar. * El Teléfono 010. * Las Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid. * Las Oficinas de Registro. * El Registro electrónico del Ayuntamiento de Madrid. * El correo postal dirigido a la unidad responsable o prestadora del servicio objeto de la reclamación (Centro deportivo, Distrito, Dirección General de Deportes), cuyos datos de localización y contacto se recogen en el apartado 9 de esta Carta de Servicios.

La unidad responsable contestará de forma adecuada y con la mayor celeridad posible, cumpliendo los compromisos asumidos en la Carta de Servicios de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Madrid, aprobada el 10 de mayo de 2012.

7. Servicios prestados

El Ayuntamiento de Madrid presta servicios deportivos por medio de su red de instalaciones deportivas (544), distribuidas en centros deportivos (72), instalaciones básicas de acceso controlado (97) e instalaciones básicas de acceso libre (375).

El servicio de clases y escuelas para la práctica de la actividad física y el aprendizaje y perfeccionamiento del deporte, comporta:

1. Planificación (análisis, diseño, programación, desarrollo y valoración) de las clases, escuelas y aulas para toda la temporada, organizando horarios según destinatarios, adecuando la oferta a las necesidades de la ciudadanía, compaginando el uso de las instalaciones para clases con otros servicios deportivos y procurando sacar el mayor aprovechamiento a las instalaciones deportivas en las que aquellas se imparten.

2. Información sobre las clases y escuelas ofertadas.

3. Realización de las entrevistas y/o pruebas de nivel, en su caso, e inscripción.

4. Impartición de las clases, escuelas y aulas deportivas conforme a la planificación realizada.

5. Mantenimiento y dotación de instalaciones, equipamientos y material deportivo necesario para el adecuado desarrollo de la actividad.

6. Planificación y organización de la formación continua para la actualización del personal docente.

Las clases son actividades dirigidas generalmente a jóvenes, adultos y mayores de 65 años, en las que se persigue la mejora de la condición física y la salud, la recreación u ocupación del tiempo libre. Estas clases se programan por temporada sin que la/el alumna/o tenga necesariamente que pasar por niveles, no habiendo compromiso de continuidad de una temporada a otra.

Las escuelas son actividades generalmente dirigidas a niños y niñas (en algunos casos también jóvenes), en las que se enseña una disciplina deportiva reglamentada y se va realizando una progresión, determinada generalmente por niveles, que los/as alumnos/as van superando periódicamente, contribuyendo a través de la práctica deportiva a una educación en valores que promuevan la solidaridad, el respeto y la inclusión, además de promover la adquisición de hábitos saludables y deportivos, con la finalidad de iniciar a los menores en la competición de base, preferentemente en los Juegos Deportivos Municipales. El tiempo de permanencia vendrá definido por los niveles y contenidos de la modalidad deportiva de cada escuela.

Las Escuelas Municipales de Promoción Deportiva son actividades que se desarrollan en instalaciones de los centros escolares y que están dirigidas a alumnas/os de 3º a 6º de Educación Primaria, en horario extraescolar, con la finalidad de extender la práctica deportiva entre la población escolar madrileña.

Las aulas deportivas son programas dirigidos a las alumnas/os de 3º a 6º de Primaria, y 1º y 2º de E.S.O., en horario escolar para promover la práctica del ejercicio físico, proporcionando a las/os menores alternativas de ocio y diversión mediante el conocimiento de actividades deportivas cuya práctica no es posible en el ámbito escolar, al desarrollarse en instalaciones muy especificas que no existen en los centros escolares. Las Aulas deportivas se incluyen en el Programa Municipal “Madrid un libro abierto”.

Categorías
* Actividades preinfantiles: de 3 hasta 5 años (salvo en las actividades familiares de matrogimnasia, que será de 3 meses a 4 años; y la matronatación que podrá programarse para alumnas/os de 1 a 4 años).
* Actividades infantiles: de 6 a 14 años (incluidos).
* Actividades para jóvenes y adultos: de 15 a 64 años (incluidos).
* Clases para mayores: a partir de 65 años en adelante.

Inclusión de poblaciones especiales
Se facilitará la inclusión en las actividades del Programa General de Clases y Escuelas, de personas en alguna de las siguientes situaciones especiales:

  • Inclusión de personas con diversidad funcional
  • Inclusión de personas en situación de exclusión social.

Temporada deportiva
Con el fin de unificar las fechas de inicio y finalización de las actividades y los períodos de interrupción que afectan a éstas, la Dirección General de Deportes establece anualmente el calendario, que será de obligado cumplimiento en todos los centros deportivos municipales y otras dependencias en las que se desarrollan las Escuelas Municipales de Promoción y las Aulas Deportivas:

  • Clases y escuelas deportivas: de septiembre a junio; con excepción de las escuelas deportivas en colaboración, cuya fecha de inicio y finalización estará supeditada a lo establecido en el convenio suscrito para su desarrollo.
  • Programa de verano: julio y agosto.
  • Escuelas Municipales de Promoción Deportiva y Aulas Deportivas: de octubre a mayo.

Modalidad de asistencia a clases
Se establecen dos modos de asistencia de las/os usuarias/os a las clases dirigidas:
* Asistencia en días y horas fijos a una actividad programada, con reserva de plaza.
* Asistencia abierta a diferentes actividades, horarios y días sin reserva de plaza.

Inscripciones
Modalidades de asistencia a clases
Se establecen dos modos de asistencia de las/os usuarias/os a las clases dirigidas:
* Asistencia en días y horas fijos a una actividad programada, con reserva de plaza.
* Asistencia abierta a diferentes actividades, horarios y días sin reserva de plaza.

En los centros deportivos municipales, se programarán grupos de actividades, tanto para asistencia fija como para asistencia abierta.

Inscripciones
* En la modalidad de asistencia en días y horas fijos a una actividad programada, con reserva de plaza, el procedimiento para las inscripciones a los programas de actividades dirigidas se desarrollará de conformidad con las instrucciones que se dicten por la Dirección General de Deportes, utilizándose el sistema de sorteo para cubrir las plazas siempre que la demanda supere las plazas ofertadas. Si se solicita plaza en una actividad en la que exista mayor demanda que oferta, y no pudiera obtenerse, la/el solicitante quedará incluido en la correspondiente lista de espera. Durante la temporada deportiva se puede formalizar, así mismo, la inscripción en la actividad deportiva dirigida mientras existan plazas vacantes.

  • En la modalidad de asistencia abierta a diferentes actividades, horarios y días sin reserva de plaza, no es necesario realizar la inscripción en ninguna actividad concreta; en este caso, bastará con adquirir un abono deporte Madrid total o un abono deporte Madrid actividad dirigida.

  • La inscripción en las Escuelas de Colaboración y Promoción Deportiva se realizará en octubre.

  • La inscripción en los cursos de verano se realizará a partir del mes de mayo hasta completar las plazas ofertadas.

  • La información relativa al programa de actividades físico-deportivas dirigidas estará expuesta públicamente en los paneles informativos que al efecto existen en los centros deportivos municipales y en la página web del Ayuntamiento de Madrid.

  • La información de las Escuelas Municipales de Promoción Deportiva y Aulas Deportivas se encuentra en la página web del Ayuntamiento de Madrid.

  • Dependiendo de la modalidad deportiva, la actividad se podrá estructurar en diferentes niveles de aprendizaje, pudiendo requerirse una entrevista o prueba de nivel previa a la solicitud de inscripción, a los efectos de mantener la homogeneidad de los grupos.

  • Con carácter general, la obtención de plaza en una actividad da derecho a la asistencia a la misma durante una temporada deportiva, siempre que se abonen las correspondientes cuotas mensuales, salvo para las personas inscritas en aquellas actividades que estén estructuradas en niveles de aprendizaje o con características especiales, cuya permanencia se determinará en función de cada modalidad deportiva.

Horarios
Los horarios de clase serán los fijados y asignados por las Instalaciones deportivas, estando expuestos en lugar visible para información pública. Las instalaciones deportivas cuentan con un amplio horario de clases adaptado a las necesidades de las/os usuarias/os:

  • Habitualmente al menos: de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes existiendo también actividades en fin de semana en algunas instalaciones deportivas.
  • Clases y escuelas: de lunes a viernes, se ofrecerán sesiones de clases y escuelas deportivas infantiles durante al menos 2 horas diarias fuera del horario escolar; se ofrecerá una media de 2 horas diarias de clases para personas mayores de 65 años.
  • Las Escuelas Municipales de Promoción Deportiva se impartirán en dos sesiones de una hora a la semana en horario extraescolar.
  • Las Aulas Deportivas se impartirán, como norma general, a lo largo de una jornada en horario escolar.

Precios–tarifas
Las/os usuarias/os deberán abonar las tarifas vigentes establecidas en el Acuerdo de 22 de diciembre de 2010 por el que se aprueba el establecimiento de los precios públicos por la prestación de servicios en centros deportivos y casas de baños cuya última modificación fue aprobada por Acuerdo de 23 de diciembre de 2016.

Trámites electrónicos
Solicitud de devolución de ingresos en caso de que proceda por no impartición de clases conforme se establece en la modificación anual del Acuerdo de 22 de diciembre de 2010 por el que se aprueba el establecimiento de los precios públicos por la prestación de servicios en centros deportivos y casas de baños, vigente desde el 1 de enero.

8. Compromisos de calidad

Los compromisos que se recogen en la Carta de los Servicios Deportivos del Ayuntamiento de Madrid son:

1. Se ofrecerá una red de instalaciones deportivas municipales, de modo que se disponga de una superficie deportiva media por habitante superior a un metro cuadrado y como mínimo de un centro deportivo municipal por Distrito.

2. Se invertirá anualmente en las instalaciones deportivas existentes y sus equipamientos, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria, de modo que la valoración media de la satisfacción de las personas usuarias con los centros deportivos y sus equipamientos sea igual o superior a 7,5 puntos en una escala de 0 a 10. Además, la satisfacción global de la ciudadanía de Madrid será como mínimo de un 6 en una escala de 0 a 10.

3. Se prestarán los servicios deportivos municipales con amplios horarios y adaptados a las necesidades de las/os usuarias/os de modo que la valoración media de la satisfacción sea igual o superior a 7,5 puntos en una escala de 0 a 10: como mínimo los centros deportivos se encontrarán abiertos una media de 12 horas diarias de lunes a viernes, se ofrecerán sesiones de clases y escuelas deportivas infantiles durante al menos 2 horas diarias fuera del horario escolar; así como una media de 2 horas diarias de clases para personas mayores de 65 años; los torneos y competiciones municipales serán organizados durante un mínimo de 40 fines de semana de la temporada deportiva; y los servicios de Medicina Deportiva se prestarán durante una media de 4 horas diarias, en los centros deportivos que disponen de este Servicio.

4. Los servicios deportivos se prestarán por un personal debidamente cualificado y profesional que recibirá formación continua, para lo cual se programarán cursos y acciones formativas específicas; de modo que la valoración media de la satisfacción de las/os usuarias/os con la atención y disposición del personal de los centros deportivos sea igual o superior a 7,5 puntos en una escala de 0 a 10.

5. Los servicios deportivos se adecuarán a las características de los distintos grupos de edad (preinfantiles, infantiles, jóvenes y adultos, y mayores), así como a las de las personas con diversidad funcional, por lo que existirá una oferta específica para cada uno de estos sectores de población, de modo que la valoración media de la satisfacción de las/los usuarias/os con la oferta de actividades de los centros deportivos sea igual o superior a 7,15 puntos en una escala de 0 a 10. Se ofertará servicio de asesoramiento técnico personalizado en al menos un 50% de los centros deportivos municipales que tengan el programa de actividad dirigida.

6. Se informará sobre los servicios deportivos municipales (horarios, lugares, programación de actividades, fechas de celebración, etc.), a través de al menos 12 canales informativos y publicitarios diferentes: Web, 010, carteles, folletos electrónicos, revista electrónica, mobiliario urbano, mailing, revistas especializadas, redes sociales, oficinas de atención al ciudadano, cuñas, ruedas de prensa.

7. Se fomentará la integración de buenas prácticas medioambientales y de sostenibilidad en la organización y gestión de instalaciones y eventos deportivos; a cuyo efecto se promocionarán valores y buenas prácticas medioambientales entre usuarias/os, empleadas/os y entidades deportivas: todos los eventos deportivos internacionales patrocinados desde el Ayuntamiento respetarán buenas prácticas medioambientales y de sostenibilidad; en todas las acciones formativas dirigidas al personal de los centros deportivos municipales se incluirán contenidos relativos a la sostenibilidad y buenas prácticas medioambientales; un 25% de los centros deportivos municipales al menos, contarán con sistemas de energías alternativas.

8. Se prestarán unos servicios deportivos de calidad de modo que la valoración media de la satisfacción de las/os usuarias/os sea igual o superior a 7,5 puntos en una escala de 0 a 10; a tal efecto anualmente se realizarán encuestas de satisfacción a las/los usuarias/os (como mínimo seis encuestas anuales).

9. Se diseñarán, organizarán y promoverán actividades deportivo-recreativas en la ciudad de Madrid en al menos tres tipos (Nieve, día del deporte y Navidad). La valoración global de la satisfacción de la ciudadanía con el programa de actividades en la nieve será igual o superior a 7,5, en una escala de 0 a 10.

10. Se recibirán y tramitarán las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones presentadas por la ciudadanía, relativas a servicios deportivos, se contestarán de forma adecuada y con la mayor celeridad posible y a partir de ellas, se pondrán en marcha acciones de mejora del servicio. Se contestarán al menos el 60% de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones en un plazo inferior a 30 días naturales desde su presentación y, en ningún caso, en un plazo superior a 3 meses. Se adoptarán las medidas oportunas para conseguir el continuo aumento de las contestadas dentro de los 15 días naturales siguientes a su presentación. El tiempo medio de contestación de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones será igual o inferior a 30 días naturales desde su presentación.

Los compromisos que se refieren más en concreto al servicio de clases y escuelas deportivas son:

1. La oferta de clases y escuelas deportivas se adaptará a la demanda y las expectativasde los distintos grupos de edad (preinfantiles, infantiles, jóvenes, adultos y mayores), procurando un equilibrio en cada uno de los centros deportivos municipales, y favoreciendo la máxima cobertura posible; de modo que la valoración media de la satisfacción con la variedad de las clases sea igual o superior a 7,5 puntos en una escala de 0 a 10.

Indicadores asociados:
1.1. Plazas ofertadas en clases y escuelas deportivas por grupos de edad (preinfantil, infantil, jóvenes y adultos, así como mayores).
1.2. Valoración media de la satisfacción con la variedad y amenidad de las clases y escuelas deportivas.
1.3. Índice de ocupación de clases y escuelas deportivas, por grupos de edad.
1.4. Grupos con plazas ofertadas para la asistencia a clases deportivas abiertas.

2. El Ayuntamiento de Madrid a través de su red de centros deportivos municipales ofrecerá clases y escuelas deportivas específicas para personas con diversidad funcional, en al menos 100 grupos diferenciados, y relativos a 13 modalidades deportivas como mínimo.

Indicadores asociados:
2.1. Modalidades deportivas con clases específicas para personas con diversidad funcional.
2.2. Porcentaje de centros deportivos municipales que tienen, al menos, un grupo de actividad deportiva para personas con diversidad funcional diferente a la acuática.
2.3. Convenios de colaboración suscritos con entidades para el desarrollo de la actividad física para personas con diversidad funcional.
2.4. Grupos específicos para personas con diversidad funcional.

3. Se ofrecerá al menos, un grupo de actividad acuática para personas con diversidad funcional por centro deportivo municipal con piscina climatizada.

Indicadores asociados:
3.1. Grupos de actividad acuática específicos para personas con diversidad funcional por centro deportivo con piscina climatizada.
3.2. Porcentaje de centros deportivos municipales con piscina climatizada, que oferten grupos de actividad acuática para personas con diversidad funcional.

4. Los centros deportivos municipales facilitarán la inclusión en las actividades del Programa General de Clases y Escuelas de personas en situaciones especiales.

Indicadores asociados:
4.1. Personas con diversidad funcional incluidas en el programa general de clases y escuelas deportivas.
4.2. Personas en riesgo de exclusión social incluidas en el programa general de clases y escuelas deportivas.

5. Se dispondrá de material didáctico deportivo suficiente y actualizado de modo que la valoración media de la satisfacción con el material deportivo sea igual o superior a los 6,5 puntos en una escala de 0 a 10.

Indicadores asociados:
5.1. Valoración media de la satisfacción con el estado del material deportivo.
5.2. Valoración media de la satisfacción con la cantidad del material deportivo.

6. El número de alumnos por clase o escuela deportiva dependerá de la modalidad deportiva correspondiente, grupo de edad, nivel y espacio donde se imparte; de modo que la valoración media de la satisfacción con el número de personas que componen los grupos sea igual o superior a 7,5 puntos en una escala de 0 a 10.

Indicadores asociados:
6.1. Valoración media de la satisfacción con el número de personas que componen los grupos en clases y escuelas deportivas.

7. Las sesiones tendrán la duración adecuada a la actividad correspondiente, grupo de edad y nivel; empezarán y terminarán puntualmente de modo que la valoración media de la satisfacción con la duración de las clases y escuelas deportivas y con la puntualidad sea igual o superior a 8,3 puntos en una escala de 0 a 10. Cuando por causas no imputables a la/al beneficiaria/o salvo las meteorológicas, el servicio no se preste o desarrolle, procederá la devolución del importe correspondiente. En el supuesto de las actividades deportivas dirigidas, será necesaria la suspensión de más de una sesión mensual para proceder a la devolución del importe por los servicios no prestados.

Indicadores asociados:
7.1. Valoración media de la satisfacción con la puntualidad de las clases y escuelas deportivas.
7.2. Valoración media de la satisfacción con la duración de las clases y escuelas deportivas.
7.3. Expedientes de devolución de ingresos indebidos por actividades deportivas dirigidas suspendidas en más de una sesión mensual.

8. Las clases y escuelas deportivas se impartirán por un profesorado cualificado y profesional que atenderá correctamente, motivará y estimulará a las/os alumnas/os y cumplirá los objetivos marcados para las distintas actividades deportivas que se imparten; de modo que la valoración media de la satisfacción con el profesorado de los centros deportivos sea igual o superior a 8 puntos en una escala de 0 a 10.

Indicadores asociados:
8.1. Ediciones de las distintas acciones formativas programadas anualmente para los Técnicos Deportivos que imparten actividad dirigida en los CDM.
8.2. Horas de formación programadas anualmente para los Técnicos Deportivos que imparten actividad dirigida en los CDM.
8.3. Valoración media de la satisfacción con la atención y disposición de los profesores de las clases y escuelas deportivas.
8.4. Valoración media de la satisfacción con la motivación y estímulo dado por los profesores de las clases y escuelas deportivas.

9. Se prestarán unos servicios de clases y escuelas deportivas de calidad, de modo que la valoración media de la satisfacción con los servicios de clases y escuelas sea igual o superior a 8 en una escala de 0 a 10; a tal efecto anualmente se realizarán encuestas de satisfacción a las/os usuarias/os (como mínimo dos encuestas anuales).

Indicadores asociados:
9.1 Valoración media de la satisfacción con los servicios de clases y escuelas deportivas.
9.2 Encuestas realizadas en clases y escuelas deportivas.

10. Se desarrollarán Escuelas Municipales de Promoción Deportiva (EMPD) en centros escolares, en horario extraescolar, de modo que la satisfacción global sea igual o superior a 8,5 en una escala de 0 a 10, procurando mantener o aumentar:

  • El catálogo de disciplinas deportivas ofertadas en estas escuelas.
  • El número de centros escolares donde se desarrolla el programa.
  • Número de grupos.
  • Número de deportistas.

Indicadores asociados:
10.1. Disciplinas deportivas ofertadas en Escuelas Municipales de Promoción Deportiva.
10.2. Centros escolares que desarrollan Escuelas Municipales de Promoción Deportiva.
10.3. Porcentaje de centros escolares públicos que desarrollan Escuelas Municipales de Promoción Deportiva.
10.4. Porcentaje de Escuelas Municipales de Promoción Deportiva que participan en Competiciones Municipales.
10.5 Grupos organizados en el Programa de Escuelas Municipales de Promoción Deportiva. (Indicador informativo)
10.6 Deportistas participantes en las Escuelas Municipales de Promoción Deportiva. (Indicador informativo)
10.7. Valoración media de la satisfacción con las Escuelas Municipales de Promoción Deportiva.

11. Se organizarán Aulas Deportivas Municipales para promocionar deportes cuya práctica no es posible en el ámbito educativo, manteniendo o aumentando el número de las mismas.

Indicadores asociados:
11.1. Disciplinas deportivas implantadas en Aulas Deportivas Municipales.
11.2. Participantes en Aulas Deportivas Municipales.

12. Para promover el uso autónomo de espacios e itinerarios en parques y zonas verdes, para la práctica de ejercicio físico y la adquisición de hábitos saludables de la ciudadanía, se desarrollarán como mínimo los siguientes programas deportivos: caminar por Madrid en al menos 20 centros deportivos, correr por Madrid en al menos 11 centros deportivos y ciclismo por Madrid en al menos 3 centros deportivos.

Indicadores asociados:
12.1. Programas deportivos en la calle realizados.
12.2. Centros deportivos participantes en caminar por Madrid.
12.3. Centros deportivos participantes en correr por Madrid.
12.4. Centros deportivos participantes en ciclismo por Madrid.

13. Se recibirán y tramitarán las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones presentadas por la ciudadanía relativas a los servicios de Clases y Escuelas Deportivas, se contestarán de forma adecuada y con la mayor celeridad posible y a partir de ellas, se pondrán en marcha acciones de mejora del servicio.

Se contestarán al menos el 60% de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones en un plazo inferior a 30 días naturales desde su presentación y, en ningún caso, en un plazo superior a 3 meses. Se adoptarán las medidas oportunas para conseguir el continuo aumento de las contestadas dentro de los 15 días naturales siguientes a su presentación. El tiempo medio de contestación de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones será igual o inferior a 30 días naturales desde su presentación.

Indicadores asociados:
13.1. Sugerencias, reclamaciones y felicitaciones tramitadas relativas a los servicios prestados en Clases y Escuelas Deportivas.
13.2. Porcentaje de sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los servicios prestados en Clases y Escuelas Deportivas contestadas en 15 días naturales o menos desde su presentación.
13.3. Porcentaje de sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los servicios prestados en Clases y Escuelas Deportivas contestadas en 30 días naturales o menos desde su presentación.
13.4. Porcentaje de sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los servicios prestados contestadas en Clases y Escuelas Deportivas en menos de tres meses
13.5. Tiempo medio de contestación de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones desde su presentación en Clases y Escuelas Deportivas.

Medidas de subsanación: quienes consideren que se ha incumplido alguno de los compromisos anteriormente recogidos, podrán comunicarlo a través del Sistema de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Madrid (apartado 6 de esta Carta de Servicios). En caso de incumplimiento, se les enviará un escrito informando de las causas por las que el compromiso no pudo cumplirse, así como, de las medidas adoptadas para corregir la deficiencia detectada, si fuera posible.

Seguimiento y evaluación: los resultados de los indicadores establecidos para medir el cumplimiento de los compromisos de esta Carta de Servicios, se pueden consultar en www.madrid.es, en Ayuntamiento /Observatorio de la Ciudad /Sistema de Cartas de Servicios. Estos resultados son evaluados anualmente.

9. Datos de carácter complementario

Horario de servicio
Los horarios de apertura y cierre de las instalaciones deportivas, de prestación de los distintos servicios y de atención al público, serán los fijados y asignados por el órgano competente, estando expuestos en lugar visible para información pública en las instalaciones y disponibles en www.madrid.es y a través del Teléfono 010.

Piscinas
Quienes asistan tienen derecho a ser informados, mediante carteles informativos claramente visibles, de las características más relevantes de la instalación y, como mínimo, de las siguientes: parámetros de calidad del agua y del aire, distribución de las calles de las piscinas, vasos de los que se dispone, medidas, profundidad mínima y máxima, metros cuadrados de lámina de agua de cada vaso y suma total de la instalación, y si existe personal sanitario.

Coste del servicio
Las/os usuarias/os deberán abonar las tarifas vigentes establecidas en el Acuerdo de 22 de diciembre de 2010 por el que se aprueba el establecimiento de los precios públicos por la prestación de servicios en centros deportivos y casas de baños cuya última modificación fue aprobada por Acuerdo de 23 de diciembre de 2016.

Información al ciudadano
La información relativa al programa de actividades físico-deportivas estará expuesta públicamente en las vitrinas informativas que al efecto existen en los centros deportivos municipales.

La información contendrá como mínimo los siguientes contenidos:

  • La oferta de actividades físico-deportivas dirigidas, que se expondrá con antelación al inicio de las inscripciones para la temporada, permaneciendo expuesta al menos durante todo el plazo de inscripción. Se especificarán las diferentes actividades programadas en el centro, con detalle de los grupos, niveles, frecuencia semanal y horarios en que se desarrollan, así como sus características técnicas y otras que puedan incidir en la mejor prestación del servicio.
  • Recomendaciones para la práctica de ejercicio físico, aconsejando la realización de un reconocimiento médico antes de iniciar la actividad.
  • Requisitos previos a la inscripción: pruebas de nivel o entrevista, detallándose los días y horarios para realizar las mismas.
  • Calendario de clases, períodos de interrupción de las actividades y servicios mínimos, que estará expuesto al inicio y durante toda la temporada, detallando:
    • Fechas de inicio y finalización de actividades ofertadas.
    • Fechas de interrupción de las actividades: Períodos de Navidad, Semana Santa, días de cierre oficial de centros deportivos, así como las fiestas nacionales y locales.
    • Servicios mínimos que, en su caso, se establezcan en los períodos de interrupción.
  • Fechas de renovaciones, cambios, publicación mensual y anticipada de plazas vacantes, nuevas inscripciones y fechas de sorteo, en su caso.
  • Horarios de atención al público de la/del responsable técnico de programas de actividades físico deportivas de los centros deportivos.
  • Horarios de tutorías con el personal técnico asignado para que madres, padres o tutores puedan seguir la evolución de las/los niñas/os.

Órganos directivos responsables de la CS:

  • Dirección General de Deportes

Sede: Alfonso XI, nº 3. 28014-Madrid

  • Distritos.

Sedes de las Juntas Municipales de los Distritos

Unidades prestadoras del servicio:

  • Dirección General de Deportes:

Sede: Alfonso XI nº 3. 28014-Madrid

  • Centros deportivos municipales

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