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actualizada el 22 oct 2018
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Carta de Servicios de las Competiciones Deportivas

1. Introducción

El deporte se ha configurado como elemento esencial en el modelo de convivencia de la ciudad de Madrid ya que, por una parte, favorece su capacidad como ciudad saludable, abierta e integradora; al tiempo que posibilita su proyección internacional como sede de grandes competiciones y encuentros deportivos. Para ello el Ayuntamiento de Madrid, con el fin de dar cumplimiento a los objetivos estratégicos establecidos en el Plan de Gobierno 2015-2019: una política de movilidad eficiente y sostenible, regenerar y recuperar el espacio urbano y el patrimonio, cohesionar y reequilibrar la ciudad, garantizar la equidad social reconociendo la diversidad de la población de Madrid y favorecer una ciudad activa y saludable, pone a disposición de la ciudadanía diferentes instalaciones deportivas; planifica, organiza e imparte clases y escuelas deportivas en instalaciones deportivas propias y en centros escolares; presta servicios de Medicina Deportiva y Psicomotricidad; organiza competiciones deportivas y actividades deportivo-recreativas; fomenta y promociona la actividad deportiva entre los distintos agentes deportivos de la ciudad.

Las declaraciones del Plan Estratégico del Deporte de Base 2013-2020 presentado el 27 de noviembre de 2013, pretenden ser una herramienta eficaz para la mejora de los servicios deportivos municipales, incidiendo en cuestiones tales como la mejora de los equipamientos y la oferta deportiva, el aprovechamiento de las Nuevas Tecnologías y la comunicación para favorecer una mayor accesibilidad e información entre los potenciales beneficiarios de los servicios; y la promoción de los servicios deportivos como actividad económica y elemento de proyección internacional de nuestra ciudad.

Entre las actuaciones que se refieren concretamente a las competiciones deportivas, el citado Plan declara su voluntad de incorporar los Juegos Deportivos Municipales como elemento básico del programa dirigido a la población infantil, potenciando su efecto mediante la adecuación de sus horarios en el calendario de encuentros, respetando el calendario escolar y las necesidades familiares, así como un decidido apoyo a aquellos eventos deportivos de carácter competitivo o meramente participativo, que tienen lugar en la vía pública, y que convocan en muchos casos tanto al deportista avanzado como al aficionado.

El Ayuntamiento de Madrid, a través de la Dirección General de Deportes y los Distritos, organiza a lo largo de la temporada deportiva, Torneos y Competiciones Deportivas destinados a ofrecer a la ciudadanía madrileña la posibilidad de practicar deporte en competiciones en las que prima la deportividad y la participación.

Se trata de promocionar la práctica deportiva favoreciendo la proyección de valores como la convivencia, la solidaridad, la amistad, la diversión saludable, el conocimiento y respeto hacia el contrario por encima de los resultados y clasificaciones.

Asimismo, la ciudad de Madrid acoge anualmente eventos deportivos de relevancia internacional que favorecen su proyección tanto a nivel nacional como supranacional y constituyen a la vez un importante motor de la actividad económica y la promoción turística, y afianzan su posición como referente a nivel mundial.

Entre las competiciones deportivas que se desarrollan para la promoción del deporte de base, alcanzan especial relevancia los Juegos Deportivos Municipales, los Trofeos Copa Primavera y los Torneos Municipales.

Los Juegos Deportivos Municipales se desarrollarán, en los 21 Distritos de Madrid, abarcando un total de ocho categorías: Prebenjamín, Benjamín, Alevín, Infantil, Cadete, Juvenil, Senior y Veteranos, femeninas, masculinas y mixtas.

La organización técnica de las competiciones, en todos sus deportes, se realiza con la colaboración de las federaciones deportivas correspondientes.

Los participantes podrán escoger entre las diferentes disciplinas deportivas, tanto de carácter individual como colectivo.

Con este servicio, unido a los demás servicios deportivos, el Ayuntamiento de Madrid se esfuerza en proveer a la ciudadanía de una amplia y variada oferta de servicios de actividad física y deportiva para satisfacer sus necesidades, tanto en materia de deporte y competición como en materia de ocio y recreación, salud y cultura.

Con el proceso de elaboración, implantación y gestión de la Carta de Servicios de Competiciones Deportivas del Ayuntamiento de Madrid, se persiguen los siguientes objetivos:

  • Evidenciar ante la población los servicios deportivos que presta el Ayuntamiento y las condiciones en que se prestan.
  • Dar a conocer las responsabilidades y compromisos que se adquieren al prestar los servicios con unos determinados niveles o estándares de calidad.
  • Dar a conocer los derechos de la ciudadanía en relación con esos servicios y las responsabilidades y obligaciones que contraen al disfrutar de ellos.
  • Mejorar la calidad de los servicios prestados.
  • Promover la participación ciudadana.
  • Reflexionar sobre los servicios que se prestan para detectar posibles ámbitos de mejora y puntos fuertes no identificados en experiencias previas, mediante el estudio de los resultados obtenidos de la medición periódica de los indicadores fijados.
  • Aumentar el grado de satisfacción de la ciudadanía con los servicios prestados.
  • Ofrecer transparencia en la gestión y en la prestación del servicio.
  • Hacer patente el valor del trabajo de las personas de la organización y su esfuerzo constante por mejorar los servicios prestados.
  • Fomentar el compromiso de los trabajadores con la perspectiva de la calidad de los servicios y con la mejora continua de la misma como un elemento clave de la cultura organizativa.

Con la aprobación de la Carta de Servicios de Competiciones Deportivas del Ayuntamiento de Madrid, se pretende, por una parte informar a la ciudadanía de los servicios que se prestan y con qué niveles de calidad, promoviendo la participación ciudadana y ofreciendo transparencia en la gestión y, por otra, mejorar la calidad de los servicios prestados, fomentando el compromiso de los trabajadores con la perspectiva de la calidad de los servicios y con su mejora continua, como un elemento clave de la cultura organizativa.

La Carta de Servicios de las Competiciones Deportivas del Ayuntamiento de Madrid se engloba dentro del marco general de elaboración e implantación de cartas de servicios deportivos, habiéndose seleccionado este servicio por convocar en cada anualidad cerca de 10.000 equipos, con más de 170.000 deportistas y celebrándose las actividades en los 21 Distritos.

La Carta de Servicios de Competiciones Deportivas del Ayuntamiento de Madrid fue aprobada por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid el 26 de octubre de 2006, y ha sido certificada el 16 de enero de 2016 por AENOR.

Este texto corresponde a la última evaluación finalizada el 31 de marzo de 2017; con ella el Ayuntamiento de Madrid manifiesta nuevamente su compromiso con la calidad y la mejora continua de sus servicios.

2. Datos de carácter general

La organización de las Competiciones Deportivas del Ayuntamiento de Madrid se realiza tanto desde la Dirección General de Deportes como desde los Distritos, bien directamente, bien en colaboración con entidades deportivas y otros agentes deportivos, en desarrollo de las respectivas competencias que una y otros tienen atribuidas.

El Acuerdo de 29 de diciembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifican los acuerdos de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del área de Gobierno de Cultura y Deportes; otorga a los Distritos las siguientes competencias:

  • Aprobar el programa deportivo anual de las instalaciones deportivas municipales del Distrito y gestionar las mismas, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Dirección General de Deportes.
  • Promover y fomentar la práctica deportiva en el Distrito.

El Acuerdo de 29 de diciembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifican los acuerdos de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del área de Gobierno de Cultura y Deportes; otorga a la Dirección General de Deportes las siguientes competencias:

  • Elaborar la propuesta de disposiciones normativas en materia deportiva.
  • Dirigir y coordinar los programas deportivos de ámbito general siendo las instalaciones deportivas municipales unidades colaboradoras y ejecutoras de aquellos.
  • Dirigir y coordinar programas y servicios médico-deportivos, siendo los centros deportivos municipales unidades colaboradoras y ejecutoras de aquellos.
  • Coordinar y colaborar en la realización de eventos deportivos que se celebren en la Ciudad de Madrid, cuando no sean organizados por la Dirección General de Deportes.
  • Desarrollar programas de fomento del deporte.
  • Promover actuaciones y convenios de colaboración con otras Administraciones Públicas y con entidades públicas y privadas, en las materias de su competencia.
  • Formular propuestas de estructura organizativa de las instalaciones deportivas municipales.
  • Fijar criterios de actuación común dirigidos a los Distritos en materia de deportes, pudiendo dictar instrucciones generales para el mejor desarrollo de las competencias en esta materia.
  • Elaborar o informar, según corresponda, las propuestas de formación del personal de las instalaciones deportivas municipales, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Gerencia de la Ciudad.
  • Planificar la construcción de nuevas instalaciones deportivas.
  • Ejecutar de manera coordinada los proyectos de mejora de las infraestructuras deportivas y nuevas unidades, siempre que se deriven de programas deportivos que afecten a más de un Distrito.
  • Informar preceptivamente los proyectos de inversión municipal referentes a equipamientos deportivos, tanto en instalaciones de nueva creación como ampliaciones o mejoras de las existentes, cuya cuantía sea igual o superior a 120.000 euros.
  • Emitir informe de viabilidad previo a la ejecución de cualquier proyecto de nuevas instalaciones deportivas.
  • Informar preceptivamente el modelo de gestión de las instalaciones deportivas municipales, cuando no las gestione directamente el Ayuntamiento de Madrid, cualquiera que sea su modalidad: gestión del servicio público, concesión de obra pública, concesión demanial, derecho de superficie o cualquier otro derecho real.
  • Participar en las comisiones de seguimiento y control de las concesiones de gestión de servicio público de las instalaciones deportivas que a tal efecto se establezcan en los contratos, así como en las concesiones demaniales, derecho de superficie o cualquier otro derecho real referido a instalaciones deportivas.
  • Informar preceptivamente los proyectos de explotación y viabilidad económica, así como las propuestas de contratación y los pliegos de prescripciones técnicas de los expedientes de contratación, o convenios en su caso de las instalaciones deportivas municipales, gestionadas indirectamente.
  • Incoar, tramitar y resolver los procedimientos sancionadores por infracción de lo previsto en el Reglamento sobre la utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales.
  • Realizar estudios y elaborar propuestas para el establecimiento o modificación de los precios de los servicios deportivos en las instalaciones deportivas municipales.
  • Establecer los procedimientos y gestionar la recaudación, cuando proceda, de los precios públicos por prestación de servicios deportivos.
  • Participar en las modificaciones del Plan General de Ordenación Urbana, al objeto de establecer una distribución de equipamientos deportivos en la ciudad.
  • Proponer y participar en la coordinación de los contratos o convenios de patrocinio para los programas deportivos municipales que afecten a más de un Distrito.

Por resolución del Gerente de la Agencia Tributaria de Madrid, de 10 de noviembre de 2010, de delegación de competencias en materia tributaria, también corresponde a la Dirección General de Deportes:

  • La gestión de la antigua Tasa por prestación de los servicios de piscinas e instalaciones deportivas y casas de baños, respecto a la utilización de piscinas e instalaciones deportivas, (en lo relativo a actuaciones e ingresos y devolución de ingresos indebidos no prescritos a la fecha).

Las/os usuarias/os deberán abonar las tarifas vigentes establecidas en el Acuerdo de 22 de diciembre de 2010 por el que se aprueba el establecimiento de los precios públicos por la prestación de servicios en centros deportivos y casas de baños cuya última modificación fue aprobada por Acuerdo de 23 de diciembre de 2016.

Una vez aprobado el Reglamento sobre Utilización de las Instalaciones Deportivas y Servicios Deportivos por Acuerdo Plenario de 26 de septiembre de 2012, (B.O.C.M. de 15 de octubre de 2012), ha quedado establecido el sistema de infracciones leves, graves y muy graves y las correspondientes sanciones que podrán imponerse en caso de que aquellas se cometan.

3. Normativa.

Además de la normativa general relativa al régimen local, procedimiento administrativo, régimen jurídico de las Administraciones Públicas, atención a la ciudadanía, transparencia, participación ciudadana, protección de datos, etc., la normativa específica relativa a los servicios objeto de esta carta es:

  • Artículo 43 de la Constitución Española.
  • Ley 10/1990 de 15 de Octubre, del Deporte.
  • Ley 15/1994 de 28 de diciembre del Deporte de la Comunidad de Madrid.
  • Ley 8/2003, de 26 de marzo, de modificación de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid.
  • Ley 6/2016 de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid.
  • Decreto 80/1998, de 14 de mayo, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo, (en tanto no contravenga lo establecido en el RD 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas, (Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad).
  • Decreto 184/1998 de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones.
  • Orden 1319/2006 de 27 de junio, de la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad de Madrid, por la que se establecen los criterios que permiten establecer los niveles de formación del personal que preste sus servicios como socorrista en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid.
  • Orden 7955/ 2006 de 19 de diciembre, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, por la que se regula el mantenimiento y la inspección periódica de las instalaciones eléctricas en locales de pública concurrencia y alumbrado público.
  • Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas, (Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad).
  • Ordenanza de Protección de la Salubridad Pública en la Ciudad de Madrid aprobada por Acuerdo Plenario de 28 de mayo de 2014.
  • Ordenanza de Gestión y Uso Eficiente del Agua en la Ciudad de Madrid, de 31 de enero de 2006.
  • Acuerdo de 22 de diciembre de 2010 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba el establecimiento de los precios públicos por la Prestación de Servicios en centros deportivos y casas de baños, actualizado anualmente por acuerdo plenario.
  • Acuerdo de 29 de diciembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifican los acuerdos de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del área de Gobierno de Cultura y Deportes.
  • Resolución e instrucción anual por las que se aprueban respectivamente el calendario de la temporada deportiva, y el procedimiento de inscripción en las actividades deportivas dirigidas.
  • Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales, aprobado por Acuerdo Plenario de 26 de septiembre de 2012.
  • Resolución del Director General de Deportes de 13 de mayo de 2015, por la que se regula. el Programa de Actividades Dirigidas en los centros deportivos municipales.
  • Resolución en vigor del Director General de Deportes por la que se aprueban las normas que regulan las competiciones deportivas municipales “Juegos Deportivos Municipales”, los Trofeos “Copa Primavera” y Torneos Municipales” para la temporada actual.
  • Normativa específica por la que se reglamenta anualmente el Programa Municipal de Actividades en la Nieve y otras actividades deportivas organizadas por el Ayuntamiento de Madrid
  • Reglamentos de los Comités de Disciplina Deportiva, Competición y Apelación de los encuentros y actividades que se organizan.
  • Reglamentos deportivos oficialmente vigentes para cada una de las disciplinas y modalidades deportivas.
  • Contratos, convenios, acuerdos específicos, etc.
  • Planes de Autoprotección propios de cada instalación.
  • Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo del Deporte de la Ciudad de Madrid aprobado por Acuerdo Plenario de 20 de febrero de 2015.

4. Derechos y responsabilidades de la ciudadanía

Derechos

Quienes participen en las competiciones deportivas del Ayuntamiento de Madrid tienen los derechos reconocidos en la Ley 6/2016 de 24 de Noviembre de la Comunidad de Madrid y con carácter general, los recogidos en el artículo 7 del vigente Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales, entre los que destacan:

  • Tener acceso a la siguiente información sobre los servicios deportivos:

    • La oferta de servicios y su forma de acceso.
    • Las instalaciones y los equipamientos disponibles.
    • Los horarios de prestación del servicio.
    • La lista de los precios públicos vigentes.
    • La suspensión de servicios o cualquier incidencia que se produzca.
  • Disponer de instalaciones y equipamientos deportivos en buenas condiciones de uso y accesibles a personas con alguna discapacidad.

  • Conocer la identidad del personal bajo cuya responsabilidad se presta el servicio y ser atendidos con respeto y cortesía por parte de quien que lo presta.

  • Recibir el servicio por personal con la cualificación adecuada.

  • Utilizar las instalaciones en las condiciones que garanticen la protección de su salud y seguridad, conforme a la normativa reguladora.

  • Conocer las mediciones de calidad del agua y del aire (pH, Cl, temperatura, condiciones bacteriológicas, humedad relativa, CO2 etc.), en el caso de competiciones celebradas en piscinas.

  • Exigir el cumplimiento del presente Reglamento por medio de los empleados y de los responsables de la gestión de los centros.

  • La devolución, del precio público abonado, en caso de incumplimiento de los servicios, en los supuestos y en los términos previstos en su acuerdo regulador.

  • Que se mantenga la programación de las distintas competiciones, salvo circunstancias excepcionales.

  • En caso de suspensión por causas meteorológicas o imputables a la organización, que se celebre el acto suspendido en otra fecha (jornadas de recuperación).

  • Formular cualquier sugerencia, reclamación o queja y ser contestado en el plazo establecido.

  • Ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición respecto a sus datos personales, según lo establecido en la normativa de protección de datos de carácter personal.

Responsabilidades

  • Abonar el precio público que corresponda, en su caso, conservar los títulos de uso de los diversos servicios durante su período de validez y presentarlos a requerimiento del personal de la instalación.
  • Hacer adecuado uso de las instalaciones deportivas municipales, con la indumentaria apropiada y respetando la normativa específica en cada caso.
  • Respetar el material y los equipamientos deportivos de las instalaciones deportivas municipales y demás dependencias, colaborando en su mantenimiento.
  • Respetar los horarios y funcionamiento de los servicios deportivos, atendiendo en cualquier caso a las indicaciones del personal de las instalaciones deportivas municipales.
  • Mantener siempre una actitud correcta y de respeto hacia los demás usuarios y personal de los servicios deportivos.
  • Cumplir lo establecido en la normativa vigente y, en especial, lo relativo al consumo de tabaco, alcohol y sustancias estupefacientes.
  • No acceder a los recintos deportivos con recipientes o envases de vidrio, metal o cualquier otro material que no sea de papel o plástico.
  • Cumplir y respetar las normas generales contenidas en el Reglamento y las instrucciones específicas de uso de los distintos espacios deportivos de cada centro.
  • Las/os acompañantes, espectadores y demás personas que no estén haciendo uso de las instalaciones deberán permanecer fuera de las pistas y terrenos de juego.

En materia de competiciones deportivas se encuentran expresamente prohibidas, entre otras, las siguientes actuaciones, (Artículo 9 del citado Reglamento)

  • Está prohibido introducir o exhibir pancartas, símbolos, emblemas o leyendas que, por su contenido o por las circunstancias en las que se exhiban o utilicen, pueda ser considerado como un acto que incite o fomente los comportamientos violentos, xenófobos, racistas, o como un acto de manifiesto desprecio a las/os participantes en la actividad deportiva.
  • Está prohibido introducir armas, bengalas, petardos explosivos o cualquier producto inflamable, fumígeno o corrosivo.
  • Está prohibido realizar reportajes fotográficos o de vídeo, sin autorización expresa.

El incumplimiento de las responsabilidades y de la reglamentación técnica establecidas dará lugar al correspondiente apercibimiento y/o sanción establecida en la normativa general (régimen disciplinario). Las sanciones tienen por objeto mantener el espíritu deportivo y juego limpio que toda competición exige, salvaguardándose la buena organización y el respeto para con las/os participantes que acatan las normas. Se considerarán sometidos al régimen disciplinario de los Juegos las/os directivas/os de los equipos, deportistas, entrenadores, árbitros, entidades y cualquier persona que desarrolle actividades técnico-deportivas en los Juegos y demás competiciones deportivas, organizadas por el Ayuntamiento de Madrid, que así lo expresen en su normativa, incluidas las personas con una vinculación manifiesta con algún equipo o entidad.

5. Mecanismos y modalidades de participación

Entre los mecanismos, instrumentos y órganos de participación establecidos por el Ayuntamiento de Madrid en su Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana y normativa de desarrollo, destacan:

  • Las propuestas ciudadanas: la ciudadanía realiza propuestas de actuación en asuntos de competencia municipal o interés local. Cuando se alcanzan los apoyos requeridos, pueden someterse a debate y votación final, decidiendo entre todas y todos las que se llevan a cabo (mayoría simple de las/los participantes).
  • Las audiencias públicas: el Ayuntamiento invita a la ciudadanía a participar en cuestiones especialmente significativas de la acción municipal y lo que se decida mayoritariamente, definirá las actuaciones a realizar.
  • Las iniciativas populares: iniciativas normativas e iniciativas ciudadanas para promover actividades de interés público.
  • Las proposiciones al Pleno y a las Juntas de Distrito y los ruegos y preguntas en las sesiones plenarias del Distrito correspondiente.
  • Las sugerencias y reclamaciones: la ciudadanía ejerce su derecho a presentar sugerencias relativas a la creación, ampliación o mejora de los servicios prestados por el Ayuntamiento de Madrid; reclamaciones por tardanzas, desatenciones, incidencias o cualquier otra anomalía en su funcionamiento y felicitaciones, sobre los servicios prestados por el Ayuntamiento.
  • El Consejo Director de la Ciudad, los Consejos Sectoriales y los Foros Locales.
  • Los sondeos de opinión, encuestas de satisfacción, consejos y foros temáticos, y paneles ciudadanos. Entre ellos destaca la Encuesta de Calidad de Vida y Satisfacción con los Servicios Públicos, encuesta presencial de carácter bienal que tiene por objetivo analizar el grado de satisfacción de la ciudadanía madrileña con los servicios públicos municipales, así como conocer su opinión ciudadana respecto a la calidad de vida en la ciudad.

Para avanzar de un modo decidido hacia las fórmulas reales de participación de la ciudadanía que profundicen y den sentido al compromiso de lograr un gobierno abierto, se ha puesto en marcha la web de gobierno abierto del Ayuntamiento de Madrid, destinada a que la ciudadanía pueda promover propuestas de actuación municipal de forma libre y transparente. En ella, a través de la plataforma de participación decide.madrid se pueden presentar propuestas, someter a audiencia pública las cuestiones más relevantes del gobierno de la Ciudad y participar en la elaboración de los Presupuestos del Ayuntamiento.

Además quienes participen en las actividades de competición deportiva, pueden manifestar sus opiniones y comentarios a través de encuestas y hacer llegar avisos relativos a los servicios e instalaciones deportivas, y a través de los Comités Técnicos, y Comités de Disciplina Deportiva, Competición y Apelación (en torneos y competiciones deportivas).

6. Sistema de Sugerencias, Reclamaciones y Felicitaciones

Comités de Competición y procedimientos de reclamaciones.

En el caso de reclamaciones generadas por la propia actividad de competición deportiva:

Cualquier participante (deportista, equipo o entidad) tiene derecho a presentar reclamaciones y solicitar aclaraciones sobre los incidentes que se puedan producir en la competición, ante los Comités Técnico o de Disciplina Deportiva del Distrito, siguiendo el procedimiento establecido al efecto en la normativa general.

En cada Distrito existirá un Comité Técnico o de Disciplina Deportiva y un Comité de Competición, nombrados por el Ayuntamiento de Madrid y compuestos por personas integradas en la organización de las competiciones municipales de ese Distrito. Contra las resoluciones del Comité Técnico o de Disciplina Deportiva, cualquier deportista, equipo o entidad tiene derecho a recurrir ante el Comité de Competición del Distrito en los plazos establecidos.

En ambos casos se realizará, de forma telemática a través de www.madrid.es, mediante la clave de equipo facilitada en el momento de la inscripción. Todos los recursos y comunicaciones dirigidos a los Comités de Disciplina Deportiva y de Competición, deberán formularse en el impreso “Comunicación de incidencias” existente, que podrá descargarse desde www.madrid.es/deportes, y enviarse mediante correo electrónico al Distrito correspondiente.

En todas las Fases de la Competición, las apelaciones contra las resoluciones del Comité de Competición serán atendidas por el Comité de Apelación de las distintas federaciones territoriales, cuyos fallos son inapelables.

Sistema de Sugerencias, Reclamaciones y Felicitaciones.

El Ayuntamiento de Madrid cuenta con un Sistema de Sugerencias, Reclamaciones y Felicitaciones a través del cual la ciudadanía e instituciones públicas o privadas pueden ejercer su derecho a presentar sugerencias relativas a la creación, ampliación o mejora de los servicios prestados por el Ayuntamiento de Madrid y reclamaciones por tardanzas, desatenciones, incidencias o cualquier otra anomalía en su funcionamiento y felicitaciones.

Se podrán presentar sugerencias, reclamaciones y felicitaciones a través de:

  • www.madrid.es/contactar.
  • El Teléfono 010.
  • Las Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid.
  • Las Oficinas de Registro.
  • El Registro electrónico del Ayuntamiento de Madrid.
  • El correo postal dirigido a la unidad responsable o prestadora del servicio objeto de la reclamación (centro deportivo, Distrito, Dirección General de Deportes), cuyos datos de localización y contacto se recogen en el apartado 9 de esta Carta de Servicios.

La unidad responsable contestará de forma adecuada y con la mayor celeridad posible, cumpliendo los compromisos asumidos en la Carta de Servicios de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Madrid, aprobada el 10 de mayo de 2012.

7. Servicios prestados

El Ayuntamiento de Madrid presta servicios deportivos por medio de su red de instalaciones deportivas (544), distribuidas en centros deportivos (72), instalaciones básicas de acceso controlado (97) e instalaciones básicas de acceso libre (375).

El servicio de competiciones deportivas del Ayuntamiento de Madrid, comporta:

-Elaboración de la normativa técnica de cada deporte y general, en colaboración con las Federaciones territoriales correspondientes.
-Difusión de competiciones.
-Gestión de las inscripciones y publicación del calendario, en su caso.
-Planificación de las competiciones deportivas (análisis, diseño, programación, desarrollo y evaluación).
-Gestión de los arbitrajes y los Comités Técnicos, de Disciplina Deportiva y Competición.
-Gestión y difusión de los resultados.
-Atención a los participantes.
-Asesoramiento a clubes, entidades y centros escolares.

Principales competiciones deportivas:

  1. Juegos Deportivos Municipales de deportes de equipo (baloncesto, balonmano, fútbol, etc.) e individuales (atletismo, judo, natación, tenis, etc.).
  2. Copa de Primavera.
  3. Torneos y circuitos municipales (baloncesto, fútbol sala, tenis, etc.).
  4. Torneos Villa de Madrid.
  5. Carreras, maratones, marchas, etc.
  6. Otros torneos y competiciones de Distritos.
  7. Eventos deportivos de alta competición que integran la agenda municipal.

Competiciones municipales

Temporada de competición:
• Juegos Deportivos Municipales: de septiembre a mayo.
• Copa de Primavera: abril, mayo y junio.
• Torneos y circuitos municipales: abril, mayo y junio.
• Otras competiciones municipales: toda la temporada

Categorías: prebenjamín, benjamín, alevín, infantil, cadete, juvenil, senior y veteranos, si bien existen actividades de competición y modalidades deportivas que no contemplan todas estas categorías.

Organización: la Dirección General de Deportes y los 21 Distritos, en ocasiones en colaboración con las federaciones, clubes, entidades y/o centros educativos.

Celebración: preferentemente en centros deportivos e instalaciones deportivas básicas municipales y también en instalaciones cedidas por federaciones, clubes, entidades y centros educativos. Normalmente los fines de semana, en horario de mañana y tarde.

Programación: el calendario de todas las competiciones será elaborado por el órgano competente (Dirección General de Deportes o Distritos, según el caso), estando a disposición de las/os participantes en el lugar correspondiente según la competición de que se trate y en todo caso en www. madrid.es y a través del Teléfono 010.

Coste del servicio: para inscribirse, las/os usuarias/os deberán abonar las tarifas vigentes establecidas en el Acuerdo de 22 de diciembre de 2010 por el que se aprueba el establecimiento de los precios públicos por la prestación de servicios en centros deportivos y casas de baños cuya última modificación fue aprobada por Acuerdo de 23 de diciembre de 2016.

Comités Técnicos, de Disciplina y Competición: responderán a las reclamaciones formuladas en el plazo máximo establecido en la normativa vigente, de manera que las contestaciones darán respuesta a las cuestiones objeto de reclamación.

Arbitrajes: Los equipos de baloncesto, béisbol, fútbol, fútbol 7, fútbol-sala y voleibol de categorías sénior y veteranas/os, tanto femeninos como masculinos abonarán los derechos de arbitraje a la Federación madrileña correspondiente, que tendrá la responsabilidad de la gestión arbitral en todos sus aspectos. El resto de categorías no abonarán ninguna cantidad por este concepto.

Trámites electrónicos: Alta de deportistas, individuales o de equipo, a través de internet, (previo el pago de los derechos de participación y demás gestiones realizadas en el centro deportivo sede de inscripción).

8. Compromisos de calidad

Los compromisos que se recogen en la Carta de los Servicios Deportivos del Ayuntamiento de Madrid son:

1. Se ofrecerá una red de instalaciones deportivas municipales, de modo que se disponga de una superficie deportiva media por habitante superior a un metro cuadrado y como mínimo de un centro deportivo municipal por Distrito.

2. Se invertirá anualmente en las instalaciones deportivas existentes y sus equipamientos, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria, de modo que la valoración media de la satisfacción de las personas usuarias con los centros deportivos y sus equipamientos sea igual o superior a 7,5 puntos en una escala de 0 a 10. Además, la satisfacción global de la ciudadanía de Madrid será como mínimo de un 6 en una escala de 0 a 10.

3. Se prestarán los servicios deportivos municipales con amplios horarios y adaptados a las necesidades de las/os usuarias/os de modo que la valoración media de la satisfacción sea igual o superior a 7,5 puntos en una escala de 0 a 10: como mínimo los centros deportivos se encontrarán abiertos una media de 12 horas diarias de lunes a viernes, se ofrecerán sesiones de clases y escuelas deportivas infantiles durante al menos 2 horas diarias fuera del horario escolar; así como una media de 2 horas diarias de clases para personas mayores de 65 años; los torneos y competiciones municipales serán organizados durante un mínimo de 40 fines de semana de la temporada deportiva; y los servicios de Medicina Deportiva se prestarán durante una media de 4 horas diarias, en los centros deportivos que disponen de este Servicio.

4. Los servicios deportivos se prestarán por un personal debidamente cualificado y profesional que recibirá formación continua, para lo cual se programarán cursos y acciones formativas específicas; de modo que la valoración media de la satisfacción de las/os usuarias/os con la atención y disposición del personal de los centros deportivos sea igual o superior a 7,5 puntos en una escala de 0 a 10.

5. Los servicios deportivos se adecuarán a las características de los distintos grupos de edad (preinfantiles, infantiles, jóvenes y adultos, y mayores), así como a las de las personas con diversidad funcional, por lo que existirá una oferta específica para cada uno de estos sectores de población, de modo que la valoración media de la satisfacción de las/los usuarias/os con la oferta de actividades de los centros deportivos sea igual o superior a 7,15 puntos en una escala de 0 a 10. Se ofertará servicio de asesoramiento técnico personalizado en al menos un 50% de los centros deportivos municipales que tengan el programa de actividad dirigida.

6. Se informará sobre los servicios deportivos municipales (horarios, lugares, programación de actividades, fechas de celebración, etc.), a través de al menos 12 canales informativos y publicitarios diferentes: Web, 010, carteles, folletos electrónicos, revista electrónica, mobiliario urbano, mailing, revistas especializadas, redes sociales, oficinas de atención al ciudadano, cuñas, ruedas de prensa.

7. Se fomentará la integración de buenas prácticas medioambientales y de sostenibilidad en la organización y gestión de instalaciones y eventos deportivos; a cuyo efecto se promocionarán valores y buenas prácticas medioambientales entre usuarias/os, empleadas/os y entidades deportivas: todos los eventos deportivos internacionales patrocinados desde el Ayuntamiento respetarán buenas prácticas medioambientales y de sostenibilidad; en todas las acciones formativas dirigidas al personal de los centros deportivos municipales se incluirán contenidos relativos a la sostenibilidad y buenas prácticas medioambientales; un 25% de los centros deportivos municipales al menos, contarán con sistemas de energías alternativas.

8. Se prestarán unos servicios deportivos de calidad de modo que la valoración media de la satisfacción de las/os usuarias/os sea igual o superior a 7,5 puntos en una escala de 0 a 10; a tal efecto anualmente se realizarán encuestas de satisfacción a las/los usuarias/os (como mínimo seis encuestas anuales).

9. Se diseñarán, organizarán y promoverán actividades deportivo-recreativas en la ciudad de Madrid en al menos tres tipos (Nieve, día del deporte y Navidad). La valoración global de la satisfacción de la ciudadanía con el programa de actividades en la nieve será igual o superior a 7,5, en una escala de 0 a 10.

10. Se recibirán y tramitarán las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones presentadas por la ciudadanía, relativas a servicios deportivos, se contestarán de forma adecuada y con la mayor celeridad posible y a partir de ellas, se pondrán en marcha acciones de mejora del servicio. Se contestarán al menos el 60% de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones en un plazo inferior a 30 días naturales desde su presentación y, en ningún caso, en un plazo superior a 3 meses. Se adoptarán las medidas oportunas para conseguir el continuo aumento de las contestadas dentro de los 15 días naturales siguientes a su presentación. El tiempo medio de contestación de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones será igual o inferior a 30 días naturales desde su presentación.

Los compromisos que se refieren más en concreto al servicio de competiciones deportivas son:

1. Para la promoción y el fomento del deporte aficionado se convocarán cada temporada deportiva, al menos, las competiciones deportivas de:

a) Juegos deportivos municipales.
b) Torneos municipales.

Indicadores asociados:

1.1. Participantes en competiciones deportivas municipales.
1.2. Competiciones deportivas municipales ofertadas anualmente desde la Dirección General de Deportes.
1.3. Disciplinas deportivas convocadas en competiciones deportivas.

2. Las inscripciones a cada una de las competiciones se realizarán en los propios centros deportivos municipales designados al efecto; si bien se trabajará progresivamente para que el mayor número de gestiones del proceso de inscripción pueda realizarse a través de la web municipal, www.madrid.es.

Indicadores asociados:

2.1. Centros deportivos municipales donde se realizan inscripciones a las competiciones deportivas municipales.
2.2. Alta de deportistas, equipos y/o entidades realizadas por la web municipal, www.madrid.es en las competiciones deportivas municipales.

3. Cada disciplina deportiva se regirá por una normativa específica en el marco de la normativa general de los juegos deportivos municipales, que contendrán todos los aspectos técnicos y organizativos, publicándose ambas en www.madrid.es , tras Resolución del Director/a General de Deportes, antes del inicio del periodo de inscripción de cada temporada.

Indicadores asociados:

3.1. Porcentaje de disciplinas deportivas con normativa específica para competiciones municipales publicadas en www.madrid.es antes del inicio del periodo de inscripción de cada modalidad deportiva, sobre el total de las disciplinas con normativa específica.

4. El Ayuntamiento de Madrid facilitará, en la medida que lo permita la disponibilidad de espacios en cada instalación, reservas de temporada a los equipos participantes en Juegos Deportivos Municipales para sus entrenamientos, mediante acreditación de su inscripción en dicha competición y siempre que carezcan de instalaciones deportivas adecuadas o suficientes para el desarrollo de las actividades objeto de la reserva, de acuerdo a lo previsto en el Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales, de modo que la valoración media de la satisfacción con la facilidad para realizar reservas de temporada para los entrenamientos en las instalaciones deportivas municipales será igual o superior a 5 puntos en una escala de 0 a 10.

Indicadores asociados:

4.1. Valoración media de la satisfacción de las/os participantes en las competiciones deportivas con la facilidad para realizar reservas de temporada para los entrenamientos en las instalaciones deportivas municipales.

5. Las instalaciones en las que se celebrarán las competiciones deportivas serán seleccionadas teniendo en cuenta sus características (cerramiento, vestuarios, iluminación, estado de pavimento, entorno, etc.), dando preferencia a las de naturaleza pública, entre aquellas que reúnan las condiciones más adecuadas del Distrito; de modo que la valoración media de la satisfacción con las instalaciones deportivas utilizadas en las actividades de competición será igual o superior a 7 puntos en una escala de 0 a 10. El porcentaje de instalaciones municipales (instalaciones deportivas, colegios públicos, parques, vías públicas, etc.) utilizadas será igual o superior al 60 %.

Indicadores asociados:

5.1. Porcentaje de instalaciones deportivas utilizadas para las Competiciones Deportivas, según su titularidad (propias, centros educativos, privadas, etc.).
5.2. Valoración media de la satisfacción de las/os participantes en las competiciones deportivas con las instalaciones deportivas utilizadas en las Competiciones Deportivas.

6. La programación, resultados, clasificaciones y sanciones de las competiciones municipales, en las modalidades de deportes de equipo, serán publicados en la página web municipal www.madrid.es, de modo que la valoración media de la satisfacción con ésta sea igual o superior a 7 en una escala de 0 a 10.

Indicadores asociados:

6.1. Valoración media de la satisfacción de las/os participantes en las competiciones deportivas con la página web municipal www.madrid.es.

7. En cada uno de los 21 distritos se convocarán las competiciones deportivas municipales, organizadas desde la Oficina de Promoción Deportiva por un equipo coordinado en cada Distrito por un promotor deportivo, que garantizará su correcta organización; de modo que la valoración media de la satisfacción con las competiciones, su desarrollo y organización sea igual o superior a 7 puntos en una escala de 0 a 10, a cuyo efecto se realizarán encuestas de satisfacción a las/os participantes anualmente (como mínimo una encuesta).

Indicadores asociados:

7.1. Promotores Deportivos destinados en los Distritos.
7.2. Encuestas de satisfacción realizadas en actividades de competición.
7.3. Valoración media de la satisfacción global con las competiciones deportivas municipales.
7.4. Valoración media de la satisfacción con su desarrollo y organización.
7.5. Valoración media de la satisfacción con la comunicación con el profesional responsable de coordinar la organización de la competición en su Distrito.

8. Se recibirán y tramitarán las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones presentadas por la ciudadanía relativas a los Servicios Deportivos, se contestarán de forma adecuada y con la mayor celeridad posible y a partir de ellas, se pondrán en marcha acciones de mejora del servicio.
Se contestarán al menos el 60% de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones en un plazo inferior a 30 días naturales desde su presentación y, en ningún caso, en un plazo superior a 3 meses. Se adoptarán las medidas oportunas para conseguir el continuo aumento de las contestadas dentro de los 15 días naturales siguientes a su presentación. El tiempo medio de contestación de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones será igual o inferior a 30 días naturales desde su presentación.

Indicadores asociados:

8.1. Sugerencias, reclamaciones y felicitaciones tramitadas relativas a los servicios prestados en Competiciones Deportivas Municipales.
8.2. Porcentaje de Sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los servicios prestados en Competiciones Deportivas Municipales contestadas en 15 días o menos desde su presentación.
8.3. Porcentaje de Sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los servicios prestados en Competiciones Deportivas Municipales contestadas en 30 días o menos desde su presentación.
8.4. Porcentaje de Sugerencias, reclamaciones y felicitaciones relativas a los servicios prestados en Competiciones Deportivas Municipales contestadas en menos de tres meses.
8.5. Tiempo medio de contestación de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones desde su presentación en Competiciones Deportivas Municipales.

Medidas de subsanación: quienes consideren que se ha incumplido alguno de los compromisos anteriormente recogidos, podrán comunicarlo a través del Sistema de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Madrid (apartado 6 de esta Carta de Servicios). En caso de incumplimiento, se les enviará un escrito informando de las causas por las que el compromiso no pudo cumplirse, así como, de las medidas adoptadas para corregir la deficiencia detectada, si fuera posible.

Seguimiento y evaluación: los resultados de los indicadores establecidos para medir el cumplimiento de los compromisos de esta Carta de Servicios, se pueden consultar en www.madrid.es, en Ayuntamiento /Observatorio de la Ciudad /Sistema de Cartas de Servicios. Estos resultados son evaluados anualmente.

9. Datos de carácter complementario

Horario de servicio
Los horarios de apertura y cierre de las instalaciones deportivas, de prestación de los distintos servicios y de atención al público, serán los fijados y asignados por el órgano competente, estando expuestos en lugar visible para información pública en las instalaciones y disponibles en www. madrid.es y a través del Teléfono 010.

Los encuentros y jornadas de las Competiciones Municipales se celebrarán, de forma general, durante los fines de semana, jugándose indistintamente en sábado o domingo, en horario de mañana o tarde.

Coste del servicio Para inscribirse, las/os usuarias/os deberán abonar las tarifas vigentes establecidas en el Acuerdo de 22 de diciembre de 2010 por el que se aprueba el establecimiento de los precios públicos por la prestación de servicios en centros deportivos y casas de baños cuya última modificación fue aprobada por Acuerdo de 23 de diciembre de 2016.

Órganos directivos responsables de la CS:
* Dirección General de Deportes
Sede: Alfonso XI nº 3
28014 - Madrid
Tfnos.: 915 889 400 y 915 889 401
Correo Electrónico: dgdeportes@madrid.es

Unidades prestadoras del servicio:
* Dirección General de Deportes
Departamento de Programas Deportivos
Sección Competiciones Municipales
Sede: Alfonso XI nº 3
28014–Madrid
Correo Electrónico: jdm@madrid.es
Tfnos.: 915 888 548//915 888 547//915 888 545

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