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actualizada el 22 oct 2018
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Las bicicletas, motocicletas y ciclomotores estacionarán en los espacios específicamente reservados al efecto. En el supuesto de que no los hubiera, siempre que esté permitido el estacionamiento, podrán estacionar utilizando el espacio destinado a las bandas de estacionamiento, en forma oblicua a la línea de acera y ocupando un máximo de 2 metros, de forma que no se impida el acceso a otros vehículos o el paso desde la acera a la calzada.
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Jose JL  •  Autor · 28 de junio 2018

se nota que no habeis tenido una moto en la vida. Aparcar así seria tenerla en el suelo cada vez que volvieras a recogerla. El típico toquecito al coche de atrás cuando estas aparcando, hacerlo con una moto supone tirarla al suelo. Que quereis, que los de las motos nos movamos en coche? que incosciencia

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