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actualizada el 22 oct 2018
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Los monopatines y aparatos similares únicamente podrán utilizarse con carácter deportivo en las zonas específicamente señalizadas en tal sentido, así como en los parques públicos con las mismas limitaciones que las señaladas para patines y patinetes sin motor. Su utilización en determinadas aceras, zonas peatonales, o vías ciclistas podrá ser limitada por motivos de seguridad vial.
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M. A.  •  Autor · 25 de junio 2018

Creo que es necesario regular el tema de los monopatines, no solo en lugares para uso deportivo, sino también incluirlos en ciclo vías o en carriles bici.

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