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El Observatorio de la Ciudad nombrará a algunos o algunas de sus vocales
para dar a conocer públicamente las actuaciones y decisiones adoptadas,
los motivos de sus iniciativas, y la repercusión de las mismas en la
política municipal. Las portavocías serán designadas por el Observatorio
de la Ciudad entre quienes se ofrezcan a realizar esta función y sean
elegidos por mayoría simple por el resto de vocales. Ejercerá la
Portavocía una persona distinta en cada sesión y sus miembros rotarán
regularmenteen el ejercicio de sus funciones.
Sobre Portavocía:
Tanto la Portavocía como los Plenarios podrán convocar ruedas de prensa, conceder entrevistas, y comunicar sus resoluciones o actuaciones o sesiones extraordinarias específicas por cualquier medio que vean adecuado, como textos, audiovisuales u otros medios telemáticos.
El Ayuntamiento facilitará sus espacios para esos fines, así como un espacio específico para el Observatorio en la web del Ayuntamiento con vídeos y textos.
Echo en falta que se fije en el reglamento qué se entiende por "regularmente". No es lo mismo 1 semana, 1 mes que 6 meses. No creo muy conveniente dejarlo a la libre interpretación.
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Sobre Portavocía: Tanto la Portavocía como los Plenarios podrán convocar ruedas de prensa, conceder entrevistas, y comunicar sus resoluciones o actuaciones o sesiones extraordinarias específicas por cualquier medio que vean adecuado, como textos, audiovisuales u otros medios telemáticos. El Ayuntamiento facilitará sus espacios para esos fines, así como un espacio específico para el Observatorio en la web del Ayuntamiento con vídeos y textos.
Echo en falta que se fije en el reglamento qué se entiende por "regularmente". No es lo mismo 1 semana, 1 mes que 6 meses. No creo muy conveniente dejarlo a la libre interpretación.
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