Decide Madrid: portal de participación ciudadana del Ayuntamiento de Madrid

¿Considera necesario simplificar el procedimiento para justificar la correcta ejecución de las subvenciones?

No puede participar porque ha finalizado la consulta.
Avatar de usuario
Nangas · 7 de abril 2017

Es fundamental justificar el destino y gasto para el objeto de la subvención solicitada. En lo concreto está la simplicidad; con el chequeo documental del gasto invertido sería suficiente

Avatar de usuario
· 23 de noviembre 2016

Sí, urge. Hay que simplificarlo porque el actual, además de un dolor de muelas, es ineficaz porque no demuestra la eficacia de lo que se hace, y disuasorio por complicado. Hay formas de demostrar la eficacia de los proyectos que se ponen en marcha y los gastos que conllevan sin que sea una cuestión de eficacia en la elaboración y aportación de documentos y facturas. Hay que fijarse en el fondo más que en las formas, sin abandonar éstas, pero con más flexibilidad.

Avatar de usuario
Angel Hortelano-Ongawa · 22 de noviembre 2016

Es necesario simplificar la forma de controlar el importe gastado en subvenciones. El control exhaustivo que se realiza sobre las facturas, recibos, etc, no indica que por que pueda faltar una factura la subvención se haya ejecutado mal. Pongo un ejemplo, cuando una persona está realizando el trabajo en terreno, tiene que comer y alojarse en un sitio, y normalmente donde se realiza el proyecto es un sitio de extrema pobreza donde funciona mucho la economía informal, no hay bancos, ni te dan facturas o recibos. Ese voluntario, expatriado, personal local, come y duerme donde puede, y a veces no le pueden facilitar ni un ticket de lo que se ha gastado en comer ni de donde ha dormido. Si esa cantidad gastada es algo razonable, por qué hay que adjuntar esos recibos/facturas, que muchas veces no se tienen, y al final hay que devolver el dinero, aunque realmente se ha gastado? Debería tenerse en cuenta el entorno socioeconómico donde se realiza la intervención de cooperación

Avatar de usuario
· 22 de noviembre 2016

Simplemente verificando por un empleado publico del ayuntamiento, in situ, la actividad subvencionada, y otro vez más en la fecha que finaliza para confirmar el uso adecuado, siendo preciso aportar en ese momento los documentos o facturas que lo justifique.

Avatar de usuario
ESanSan · 22 de noviembre 2016

Sí, además creo importante que se tenga que justificar la parte de los proyectos que se subvenciona, no el 100% del mismo.

Avatar de usuario
· 18 de noviembre 2016

Sí. Sin embargo suprimir el órgano de valoración, sin que se establezcan criterios objetivos de valoración de las solicitudes presentadas, puede contribuir a la arbitrariedad y discrecionalidad, a la hora de conceder subvenciones. Los dos supuestos que se plantean: La prelación y el crédito suficiente, por sí solos, no son criterios objetivos, ya que con respecto al primer criterio, da la impresión de que "el que primero llega se lo lleva". En cuanto al segundo, supone discriminar a las asociaciones que lo hacen bien.

Avatar de usuario
lamartin49@me.com · 17 de noviembre 2016

Me parece imprescindible. Y propongo que se realice ce forma exclusiva por medios electrónicos que sean seguros y fiables. Existe una disposición de la UE que obligará a todas las administraciones a partir de 2018 a licitar de forma electrónica, por que las subvenciones no?.

Avatar de usuario
Juan J. Rico · 17 de noviembre 2016

Simplificar el procedimiento: Si. Reducir las garantías: No

Avatar de usuario
Elena Jiménez · 17 de noviembre 2016

¿De qué forma se simplificaría? Creo que actualmente no se trata de un procedimiento complejo y respaldo el comentario de ManuelGarciaLopez.

Avatar de usuario
Mercedes Morillo · 17 de noviembre 2016

Trabajo desde el 2002 justificando subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y su normativa es una de las más complejas e ilógicas en muchos aspectos. No en todos. Te pongo un ejemplo de una lista muy larga de cuestiones que se pueden hacer para simplificar. A día de hoy hay documentación original, que es original como archivo electrónico, es decir, ya no hay un original en papel sino que el documento original está en soporte informático. El Ayuntamiento sigue exigiendo cotejar la copia que se le presenta con el papel original, cuando en realidad no hay papel original. En estos casos, debería eliminarse la necesidad de compulsa. El dinero que ahorraría el Ayuntamiento en tinta y tiempo de un funcionario compulsando a veces cientos de documentos de pago con estas características lo podría invertir en desplazarse al lugar del proyecto y comprobar in situ que se ha realizado

Avatar de usuario
vambira · 17 de noviembre 2016

No, la realización de la justificación ha de ser exhaustiva siempre tanto por parte de los/as subvencionados/as como por parte de quien subvenciona. Es dinero de todos/as.

Comparte en las redes

Tu opinión es importante. Comparte esta iniciativa para que
más gente la conozca y participe.