Proceso de consulta pública
< Volver a Consulta pública previa sobre la modificación de la Ordenanza reguladora de la publicidad exterior
¿Cómo calificarías la gestión actual de solicitudes de instalación de los soportes publicitarios/ identificativos regulados en la Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior?
Viendo la tremenda proliferación de todo tipo de soportes publicitarios por toda la ciudad está claro que la gestión actual es totalmente ineficiente, o totalmente permisiva, según se mire: paneles publicitarios en aceras dificultando el tránsito de peatones, cartelería de comercios, pantallas LED en primeros pisos de edificios históricos, lonas de obra en fachadas que se eternizan debido a la alta rentabilidad que generan, carteles de hostales en fachadas históricas, etc. El paisaje urbano requiere urgentemente de un poco de regulación y control. Y no olvidemos la gran cantidad de nuevos "mupis" que han aparecido en calles y plazas de la ciudad, siendo esto responsabilidad directa del Ayto.
Como la mayoría de la gente, desconozco la Ordenanza. Los resultados visibles, sin embargo, son desastrosos para la imagen de la ciudad: pegatinas de cerrajeros y demás en todos los porteros automáticos y buzones, carteles abrazando los bolardos que acaban esparcidos por el suelo, carteles interrumpiendo el paso por las aceras, lonas con publicidad de dudoso gusto recubriendo los andamios, agresivos carteles luminosos, etc.
Insuficiente. Existen numerosas posibilidades no contempladas en la actual Ordenanza Reguladora de Publicidad Exterior o que no están tratadas en profundidad (pantallas, lonas, patrimonio histórico, etc.). Además no resulta clara en muchos aspectos de su interpretación, conduciendo fácilmente a error por parte de los usuarios que intentan aplicarla. En consecuencia, considero totalmente necesario modificarla para adaptarla a las necesidades actuales de la ciudad y de los usuarios, con un redacción que permita una fácil interpretación para lograr una aplicación efectiva y homogénea por parte de usuarios, técnicos y administración.
Excesivamente permisivos, en particular de una intolerable generosidad respecto a la ubicación de los Soportes cuyo pié reposa precisamente sobre las vías publicas -más que en fincas privadas- pretendiendo así USURPAR el propósito que las Autoridades deberían reservarse para la información ó advertencia de sus señalizaciones. Arrogarse supuestas atribuciones jamás conferidas de "servicio" general suele ser una de las EXCUSAS más frecuentes de que vienen haciendo gala esas mismas Agencias de medios, y sobre las que gustan impunemente de construirse todo un tinglado en torno a la libertad de "expresión" para así distraernos sobre la auténtica "agresión" que supone el OCUPAR nuestros espacios generales con su invasión, de carácter puramente comercial.
Si se realizan las gestiones a través de una eclu la respuesta es rápida y el expediente no se pierde, si la gestión es en el agla la respuesta es tardía y en alguna ocasión el expediente no es fácil de encontrar. Supongo que es mucho el volumen de trabajo en la agencia y no hay personal suficiente.
La ordenanza de 2009 apuntaba en la buena dirección, pero en la práctica de estos 8 años ha revelado muchas carencias en la forma de aplicarla, sobre todo para elementos de identificación (las muestras o rótulos). En ese año, desde ASERLUZ intentamos facilitar la comprensión de la ordenanza con un manual gráfico (ver aquí: http://bit.ly/2oHXAY8) que se convirtió en un documento de referencia técnica. La gestión mejoraría con una ordenanza que distinguiera claramente entre IDENTIFICACIÓN de negocios (rótulos, luminosos de comercios, displays electrónicos en locales...) y PUBLICIDAD en vía pública (es decir, lo que de verdad es publicidad exterior, como lonas para andamios, pantallas de LED en mupis o tótems,etc.)