Decide Madrid: portal de participación ciudadana del Ayuntamiento de Madrid

Comentarios para la versión

actualizada el 16 ago 2016
¿Cómo puedo comentar este documento? (+)
Avatar de usuario
 •  Autor · 9 de enero 2019

Access Info Europe: El Artículo 36. 1 de la OTCM 1 establece que el Registro de lobbies deberá contener, como mínimo, información relativa a la identidad del lobby y de la persona física que lo represente, de las entidades a las que, a su vez, representa el lobby, la actividad o área de interés vinculada a cada una de ellas y su financiación, sin perjuicio de lo previsto en la disposición final quinta. Por eso entendemos que este punto 4 debe ser obligatorio igual que los anteriores e incorporar la financiación de cada actividad de interés, así como “los gastos dedicados en la actividad del lobby”.

Inicia sesión para comentar

Iniciar sesión

Comparte en las redes

Tu opinión es importante. Comparte esta iniciativa para que
más gente la conozca y participe.