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2.2.- En el marco del II Plan de inclusión para personas con discapacidad (Plan Madrid Incluye), y con un enfoque DH-GI98, incluir medidas específicas para garantizar la accesibilidad sin discriminación de las personas con diversidad funcional (y, cuando sea necesario, de las personas que les acompañan) a las políticas y programas municipales, así como medidas especiales de carácter temporal para luchar contra la discriminación de facto que pueden sufrir en especial en el ámbito del empleo, educación, espacios de ocio, etc., con recursos financieros y humanos suficientes para garantizar su sostenibilidad en el tiempo.
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Ana Carralero Montero  •  Autor · 15 de enero 2019

La ONU dice que la falta de recursos no puede justificar la violación de los derechos humanos,sin embargo es el argumento que sigue esgrimiéndose para realizar determinadas prácticas, como atar con correas a los menores, ancianos o personas con diagnósticos psiquiátricos.

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