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actualizada el 30 nov 2017
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2.2.- En el marco del II Plan de inclusión para personas con discapacidad (Plan Madrid Incluye), y con un enfoque DH-GI98, incluir medidas específicas para garantizar la accesibilidad sin discriminación de las personas con diversidad funcional (y, cuando sea necesario, de las personas que les acompañan) a las políticas y programas municipales, así como medidas especiales de carácter temporal para luchar contra la discriminación de facto que pueden sufrir en especial en el ámbito del empleo, educación, espacios de ocio, etc., con recursos financieros y humanos suficientes para garantizar su sostenibilidad en el tiempo.
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Ana Carralero Montero  •  Autor · 15 de enero 2019

Al igual que en el caso de las minorías étnicas, favorecer el acceso de personas con discapacidad (especialmente las personas con diagnósticos de salud mental, que dentro de ellas son el colectivo con más dificultades a la hora de encontrar un empleo, debido en parte a la gran discriminación a la que se ven sometidos) al empleo municipal y favor su presencia en las entidades de gestión indirecta, a través de criterios valorativos en los pliegos de licitación, etc.

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