Recaudación del IBI a la Iglesia Católica
Código de la propuesta: MAD-2016-04-10546
Propongo que el Ayuntamiento de Madrid cobre el IBI a la Iglesia Católica por todo el patrimonio que posee en Madrid
Propongo que el Ayuntamiento de Madrid cobre el IBI a la Iglesia Católica por el patrimonio que posee en Madrid, sin perjuicio de que se les compense por las obras sociales que realicen en beneficio de los vecinos de Madrid y que dependan estrictamente de sus haberes.

Existe un problema con esta propuesta, y me explico. El que la Iglesia no pague IBI no es decisión del ayuntamiento, es debido a la redacción de la ley reguladora de haciendas locales, en su artículo 62, establece las exenciones del impuesto. Junto con determinados bienes de la Iglesia católica, hay más casos de exención, e incluyen también el de otras asociaciones confesionales no católicas (otras religiones). Por lo tanto, sólo se puede modificar si lo hace la ley a nivel Estatal; y el Ayuntamiento de Madrid no tiene competencias para modificar este punto.

El Estado permite que la Iglesia no pague IBI. Pero quien no lo cobra es el Ayuntamiento. Y el Ayuntamiento no puede cambiar la Ley Estatal. Y el estado dice que esta transferido a los Ayuntamiento.... "Una pescadilla que se muerde la cola"


Eso tampoco se puede hacer. Si un hecho está gravado y exento de un impuesto; no puede ser gravado por otro impuesto de categoría análoga. Por favor, no busquemos artimañas... El que quiera, con los apoyos requeridos por una reforma legal, que lo ponga encima de la mesa del Congreso, y que se debata. Pero el ayuntamiento tiene las capacidades que tiene... y demasiadas tiene. Sino, esto se convertiría en un reino de Taifas... Y en respuesta a mescolano; yo juraría que los colegios de organismos religiosos, pagan IBI; al menos los de congregaciones. Pero de cualquier modo... insisto, el ayuntamiento no puede alterar la norma estatal. El ayuntamiento recauda este impuesto, pero no tiene capacidad de regularlo.
Contenido relacionado (0)
Creado por

Creado el 18/04/2016 16:40
Inicia sesión para comentar