Decide Madrid: portal de participación ciudadana del Ayuntamiento de Madrid

En relación a las tres preguntas anteriores, ¿consideras que el Ayuntamiento de Madrid debe regular estas materias lo antes posible, o esperar a que el Estado o la Comunidad de Madrid le atribuya más competencias?

No puede participar porque ha finalizado la consulta.
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Pepa22 · 16 de diciembre 2018

Creo que es URGENTE que el Ayuntamiento regule este caos que están generando las VTCs y que apunta si no se repara pronto a colapsar nuestra ciudad, generar polución, contaminación, enfermedades en los habitantes de Madrid, derivadas de la polución. Los madrileños que vivimos necesitamos que el ayuntamiento nos proteja.

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Guillermo Marquina Estevez · 16 de diciembre 2018

El Ayuntamiento de Madrid no solamente debe, sino que puede regular en todas las siguientes materias: 1. Horarios obligatorios y calendarios de libranzas del servicio VTC. 2. Condiciones de precontratación en cuanto a la solicitud de servicios y la captación de clientes (art.182.1) 3. Establecimiento de recorridos mínimos 4. Especificaciones técnicas del vehículo 5. Regulación del estacionamiento en vía pública, parking público y/o privado, en función de la precontratación. No solamente el Ayuntamiento tiene aquellas competencias propias (art.25 de la LRBRL), sino que es reserva competencial de todos los Ayuntamientos el transporte público (art.86.2 LRBRL), de conformidad con la normativa sectorial aplicable (RDL 13/2018), que de acuerdo con la normativa de nuestra Comunidad Autónoma (art.4.1 20/98), lo habilita en cumplimiento con la legislación básica del Estado.

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LUIS MIGUEL MORENO ACEDO · 16 de diciembre 2018

DEBE REGULAR LO ANTES POSIBLE.

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Ramón Jiménez · 15 de diciembre 2018

El Ayuntamiento de Madrid no solamente debe, sino que puede regular en todas las siguientes materias: 1. Horarios obligatorios y calendarios de libr anzas del servicio VTC . 2. Condiciones de precontratación en cuanto a la solicitud de servicios y la captación de clientes ( art.182.1) 3. Establecimiento de recorridos mínimos 4. Especificaciones técnicas del vehículo 5. Regulación del estacionamiento en vía pública , parking público y/o privado, en función de la precontratación. No solamente el Ayuntamiento tiene aquellas competencias propias ( art.25 de la LRBRL ), sino que es reserva competencial de todos los Ayuntamientos el transporte público (art.86.2 LRBRL) , de conformidad con la norma tiva sectorial aplicable (RDL 13/2018) , que de acuerdo con la normativa de nuestra Comunidad Autónoma (art. 4.1 20/98 ) , lo habilita en cumplimiento con la legislación básica del Estado.

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Fabián Fernández Ballesteros · 13 de diciembre 2018

El taxi tiene del orden de 1.200 a 1.600 de gastos. Solo en su actividad. Gasoil, Autónomos, IVA, mantenimientos, IRPF, gestoria, amortización de vehículo, seguro. Sin contar con averías ni pago de la licencia

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Juan Sánchez · 13 de diciembre 2018

Inmediatamente sin duda

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Javier Palazuelos · 12 de diciembre 2018

Lo antes posible...mejor para ayer que para mañana

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Juan Gomez Aparicio · 12 de diciembre 2018

Si. Lo antes posible

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Juan Gomez Aparicio · 12 de diciembre 2018

Debe regularse lo antes posible

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