Plan RECARGA ELÉCTRICA.
Código de la propuesta: MAD-2015-09-1696
Por el derecho a respirar. El gran veneno viene del coche. Mejorar y abaratar el TRANSPORTE PÚBLICO; verdadero carril bici; y sumar la movilidad eléctrica. Basta con poner PUNTOS DE RECARGA.
Los Madrileños tenemos derecho a respirar un aire que no nos envenene. El principal motivo del veneno atmosférico es el parque móvil. Como medida prioritaria está el mejorar y abaratar (ha subido un 30% en 4 años) el TRANSPORTE PÚBLICO. También debe contribuir la promoción de la bicicleta mediante la creación de auténticos carriles bici.
Con todo, seguirán utilizándose vehículos, bien por verdaderas necesidades particulares, reparto, taxi... Se impone un plan de transición, hoy la tecnología lo permite.
La manera es hoy con vehículos eléctricos, que tienen un rendimiento superior y contribuyen a la reducción global de gases en función de como se genere la electricidad (siempre mejor que el diesel o gasolina).
Para llegar PROGRESIVAMENTE a este cambio hay dos caminos complementarios:
A) Facilitar puntos de recarga; es la clave para superar a los motores térmicos. En uso urbano actualmente solo existe este problema. Hacen falta dos tipos de cargadores:
A1 RÁPIDOS. No adecuados para uso rutinario, van bien para casos puntuales. Instalaría el ayuntamiento cierta cantidad en sus aparcamientos públicos y otros sitios adecuados (puerta de polideportivos, junta municipal, junto algunas parada de taxi...). Se llegaría a un acuerdo con grandes centros comerciales y de ocio para implantar otros.
A2 LENTOS. Ideales para cargar de noche. Hay que potenciar dos vías.
A 2.1 la instalación en la vía pública aprovechando el cableado de las farolas https://decide.madrid.es/proposals/188 (estas plazas y las de los rápidos se reservan para la carga). También en garajes de residentes y aparcamientos disuasorios. Se podría financiar el coste con el beneficio por la venta de la electricidad (al ayuntamiento le sale mucho más barata que a un particular).
A 2.2 Garajes comunitarios. La principal misión que veo en el ayuntamiento es informar y asesorar a las comunidades de vecinos (ITC-REBT-52). Se puede estudiar una línea de financiación para instal. comunitarias (y gestión de ayudas de otras administraciones). También legislar para hacer obligatorios estos puntos en edificios nuevos.
B) Desincentivar paulatinamente el uso de los contaminantes. Es evidente que estas medidas tienen que ir en función de ir logrando los objetivos del punto anterior. Se puede hacer siendo más estricto con las restricciones de circulación que afectan a los autos petroleros. Por ejemplo bajando de 400 a 350 microgramos/m³ NO2 para llegar al nivel de alerta (ver enlace) dentro de dos años y 300 en cuatro años.
Propongo estudiar la viabilidad de imponer una tasa a los surtidores de gasolina y gasóleo, puede empezar en un año, con revisión en tres (sería ideal que la CAM se sumara con una medida similar, incluso inferior en la corona B del Abono Transporte). La finalidad es contribuir a financiar el transporte público.
Los vehículos municipales han de ser un buen ejemplo (https://decide.madrid.es/proposals/1515).
Hay ya propuestas específicas en: taxi (https://decide.madrid.es/proposals/60) y similar en EMT (https://decide.madrid.es/proposals/65).
Por un tema de economía de escala, puede ser interesante coordinarse con otras ciudades.
http://www.boe.es/doue/2014/307/L00001-00020.pdf http://www.madrid.es/UnidadesDescentralizadas/UDCMedios/noticias/2015/09Septiembre/17Jueves/NotasdePrensa/ProtocoloContaminacion/ficheros/ProtocoloContaminacion.pdf

NOTA: La Directiva Europea 2014/94/UE publicada el 22 de octubre de 2014, sobre la implantación de infraestructuras para los combustibles alternativos,exige a los estados miembros de la Unión Europea velar para que se creen un numero apropiado de puntos de recarga de vehículos eléctricos. Artículo 4 Suministro de electricidad para el transporte 1. Los Estados miembros harán lo necesario, a través de sus marcos de acción nacionales, por que se cree un número adecuado de puntos de recarga accesibles al público antes del 31 de diciembre de 2020, a fin de que los vehículos eléctricos puedan circular al menos en las aglomeraciones urbanas o suburbanas y otras zonas densamente pobladas y, en su caso, en las redes determinadas por dichos Estados miembros http://www.boe.es/doue/2014/307/L00001-00020.pdf
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Creado el 20/09/2015 04:46
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